Absueltos de un delito de injurias cinco periodistas valencianos
Los periodistas Emilia Bolinches, Rosa Solhes, Jes¨²s Sanz, Miguel ?ngel Villena y Ferr¨¢n Belda han sido absueltos de un delito de injurias relacionado con la publicaci¨®n de un reportaje sobre las agresiones a las autoridades democr¨¢ticas con ocasi¨®n del traslado de la senyera el 9 de octubre de 1979, D¨ªa del Pa¨ªs Valenciano. Los cinco informadores eran miembros del colectivo period¨ªstico que firmaba en la desaparecida revista Valencia Semanal con el seud¨®ninio de B. P¨¦rez.
Contra ellos se querellaron por presuntas injurias Facundo Rosaleny C¨¢rdena y Facundo Rosaleny Martorell, dos vecinos de Alfafar (Valencia), citados como integrantes del grupo que insult¨® y agredi¨® aquel d¨ªa al alcalde y concejales de Valencia y al presidente de la Diputaci¨®n Provincial, acusados de catalanistas. Los querellantes, al igual que el ministerio fiscal, hab¨ªan solicitado penas de un mes y un d¨ªa de arresto mayor y multa de 30.000 pesetas a cada procesado e indemnizaci¨®n conjunta de 100.000 pesetas.La defensa, encargada a Jos¨¦ Luis P¨¦rez de los Cobos, pidi¨® la absoluci¨®n.
Facundo Rosaleny y su hijo, junto con diversos miembros del Grup d'Acci¨® Valencianiste (GAV) y Uni¨®n Regionalista Valenciana (URV), ocupaban las primeras filas del gent¨ªo que atac¨® a las autoridades. En el reportaje, titulado Derecha, derecha, en blau la vertadera (de azul la verdadera), los periodistas citaban por su nombre a algunos de ellos, que identificaban como integrantes del grupo agresor y calificaban de ultraderechistas. En el pie de una fotograr¨ªa que ilustraba el reportaje de los querellantes se dec¨ªa que hab¨ªan sido "exportados desde Alfafar, donde viven, a armar bronca a Valencia", frase que les molest¨® especialmente.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado de la Secci¨®n Tercera Mariano Ferrando Marzal, tras reconocer el derecho constitucional a informar y ser informado de forma veraz, afirma que el derecho al honor es uno de los l¨ªmites de esa libertad de expresi¨®n.
Pero recuerda que para condenar por injurias es necesario que haya habido intenci¨®n de da?ar el honor de los querellantes. El tribunal entiende que el reportaje se limita a hacer constar que los querellantes estuvieron entre los que profirieron insultos, sin que Se les impute cualquier agresi¨®n, verbal o fisica. De ello colige la sala que en los periodistas firmantes de la informaci¨®n hab¨ªa solamente ¨¢nimo de informar o criticar.
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