La 'independencia' del Tribunal Supremo
Un an¨¢lisis de 630 sentencias de la dictadura muestra la ideolog¨ªa 'ultra' impuesta a los espa?oles
A lo largo de 630 sentencias analizadas por un trabajo del profesor Francisco J. Bastida, el Tribunal Supremo (TS) proclama la inmutabilidad de la ley divina, as¨ª como la fidelidad y obediencia del legislador espa?ol a la doctrina de la Iglesia Cat¨®lica hasta que un procesado -Marcelino Camacho, l¨ªder de CC OO- invoca la doctrina de la Iglesia en materia de derechos humanos. El TS estima que tal doctrina es inaplicable directamente por los tribunales. Igualmente, resuelve que los deberes pastorales de un sacerdote no le autorizan a tener propaganda contra el cr¨¦dito del Estado, ya que, afirma en este caso, la ley es "de absoluta primac¨ªa a los deberes morales o religiosos".La 'naturaleza' y el biquini
Seg¨²n Bastida, el TS hace continuas referencias a la naturaleza "para justificar y generalizar sus particulares creencias o las del legislador sobre determinadas cuestiones". Y pone el ejemplo de la sanci¨®n por la publicaci¨®n de la fotograf¨ªa de una modelo en bikini, que el TS justifica as¨ª en una sentencia de 1969: "Es natural que el Estado (...) organice tambi¨¦n la defensa contra los actos que p¨²blicamente y a trav¨¦s de la Prensa se realicen contra la honestidad, el pudor y el decoro de las personas". Para el TS, la libertad de expresi¨®n es un "derecho natural" y sus l¨ªmites legales "contornos naturales" tambi¨¦n.
Se trata, en todo caso, de una naturaleza nacionalizada, porque, como recuerdan otras sentencias del TS, mientras que las costumbres espa?olas est¨¢n orientadas "por un sentido de pudor sincero", la moral de otros pa¨ªses ampara "desviaciones sexuales, contrarias al derecho natural". As¨ª y todo, el empuje extranjerizante del bikini fue de tal entidad que una sentencia de 1970 falla que las fotograf¨ªas de mujeres en bikini publicadas en la revista El Pito no son un atentado a la moral. He aqu¨ª un p¨¢rrafo de aquella sentencia hist¨®rica: "siendo indudable, aunque censurable en puros principios de moral, que la sociedad viene admitiendo y tolerando desde hace algunos a?os el uso p¨²blico de tan trivial atuendo femenino, no puede considerarse que las fotograf¨ªas insertas en la referida publicaci¨®n constituyan una ofensa a la moral con relevancia suficiente para configurar la infracci¨®n del art¨ªculo 2? de la ley de Prensa e Imprenta".
Cuando el TS enjuicia la promoci¨®n por los Testigos de Jehov¨¢ de la objeci¨®n de conciencia y de determinadas cr¨ªticas al R¨¦gimen, el TS afirma que se trata de objetivos pol¨ªticos "totalmente ajenos y naturalmente impropios de una mera confesi¨®n religiosa". Igualmente sostiene que el matrimonio es una instituci¨®n "natural y fundamental, m¨¢xime en Espa?a donde se considera un sacramento".
La moderada defensa del divorcio realizada por la revista Triunfo, le vali¨® a mediados de 1973 una dura sanci¨®n, justificada por el TS con argumentos tales como que el art¨ªculo period¨ªstico significaba "una exposici¨®n intelectual en contra de la moral", que buscaba "la instauraci¨®n del divorcio en Espa?a (...), como medio para acabar con el matrimonio" y que preconizaba "la desaparici¨®n del v¨ªnculo familiar en sentido netamente nihilista". Adentr¨¢ndose en m¨¢s filosorias, el TS reprocha a Triunfo la "falta de estudio de la dimensi¨®n espec¨ªfica de la pareja humana" y asegura que la conflictividad "pertenece a la esencia misma del matrimonio (...), que se hace preciso una y otra vez superar...".
La moral social y sexual que los magistrados del TS tratan de imponer, desde sus sentencias, al resto de los espa?oles abarca un conjunto de valores, entre los que destacan la honestidad, el decoro, las buenas costumbres, el honor, la decencia, el pudor, el recato, la morigeraci¨®n y, hasta 1970, incluso el buen gusto. En una sentencia de 1970, el TS admite, a rega?adientes, que el mal gusto no es sancionable. El TS dice de "las absurdas sinonimias" de determinados vocablos de "mal gusto" que, "adem¨¢s de ser arcaicas y trasnochadas, son ordinarias y con la ¨²nica intenci¨®n de hacer sonre¨ªr, aunque carecen de gracia".
Moral y pol¨ªtica
El TS es un decidido defensor de la moral, desde la sexual a la pol¨ªtica, aunque les aplica distintos patrones. A veces, el TS, antes de calificar de "descarado" el cuerpo del delito, hace descripciones detalladas. Una sentencia de 1969 se refiere a la foto de la portada de la revista sancionada, que representa, dice, "a una artista de cine con un escote tan ancho a la par que tan largo que permite ver gran parte de su seno", o a la reproducci¨®n de "escenas de una pel¨ªcula en la que aparece desnuda de medio cuerpo hacia arriba, cubierta simplemente con un escas¨ªsimo sost¨¦n estampado que permite ver por encima y por debajo de esa prenda lo que incompletamente intenta ocultar", o a la foto de otra artista "completamente desnuda en la parte superior de su cuerpo, aunque se cubra perfectamente el pecho con ambos brazos enlazados sobre ¨¦l, teniendo un reloj de pulsera en la mu?eca".
El TS estima contrario a la moral "todo lo que propenda al triunfo de las pasiones corporales sobre el esp¨ªritu, a la ofuscaci¨®n de la inteligencia por la sensualidad". No en vano defiende, con la moral cat¨®lica, "el fin espiritual de la especie humana". En cambio, en materia de moral pol¨ªtica desestima "rotundamente" las alegaciones del procesado de obrar por motivos altruistas, morales o patri¨®ticos, por considerar que los tribunales "deben ce?irse ¨²nicamente a la realidad concreta". Otras veces, el TS dice que "lo ilegal no puede ser nunca moral". Las asociaciones pol¨ªticas fuera del Movimiento Nacional -y las no pol¨ªticas, como los Testigos de Jehov¨¢- son "contrarias a la moral p¨²blica".
El orden p¨²blico
La noci¨®n del orden p¨²blico es uno de los ejes ideol¨®gicos del TS, seg¨²n el estudio de Bastida. Al mantenimiento del orden p¨²blico han de supeditarse las libertades. El TS considera que el Estado, "en una l¨®gica e imperiosa actitud de autodefensa", no puede tolerar que se socave al Estado y su unidad. Lo real, lo legal y lo oficial coinciden en una ¨²nica realidad verdadera. De ah¨ª que cuando el semanario Signo informa sobre la "situaci¨®n de esc¨¢ndalo para los esclavos de las 84 pesetas" [importe del salario m¨ªnimo en 1967], el TS atribuye a la citada revista, ¨®rgano de la Juventud de Acci¨®n Cat¨®lica, un "deliberado prop¨®sito demoledor".
Para el TS, el PCE "es antiespa?ol y por ello Espa?a lo tiene declarado fuera de la ley". Parecidas opiniones se dedican al resto de los partidos ilegales, desde el PSOE al PNV, a todos los cuales atribuye la pretensi¨®n de la subversi¨®n violenta del Estado y la destrucci¨®n de la unidad nacional.
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