El Banco de Espa?a obliga a la banca a reconocer en su contabilidad los fondos para complemento de pensiones
El Banco de Espa?a aprob¨® el pasado d¨ªa 23 enviar una circular a los bancos y cajas de ahorro por la que se hace obligatorio reconocer en la contabilidad de estas entidades los compromisos contra¨ªdos para garantizar el total de las pensiones a sus trabajadores jubilados. Hasta ahora, las indicaciones de la autoridad monetaria -en este sentido no hab¨ªan pasado de simples recomendaciones. Las entidades de cr¨¦dito tiene asumidos compromisos de complemento de pensiones por m¨¢s de 120.000 millones de pesetas, mientras que las reservas para este fin son poco m¨¢s del 25% de esta cantidad. El plazo para hacer provisiones suficientes finaliza en diciembre del pr¨®ximo a?o.
La circular que, en los pr¨®ximos d¨ªas, remitir¨¢ el Banco de Espa?a a todos los bancos y cajas de ahorro, esta vez de car¨¢cter obligatorio, viene a sustituir las recomendaciones hechas en meses pasados en el mismo sentido. La propia autoridad monetaria admite que las indicaciones anteriores han servido para que "un n¨²mero importante" de entidades haya comenzado a aplicar este criterio para reflejar el riesgo contra¨ªdo y cubrirlo con reservas suficientes.Sin embargo, "la experiencia adquirida aconseja establecerlo con car¨¢cter obligatorio" para conocer y hacer frente a los compromisos por pensiones causadas. Con motivo de anteriores recomendaciones, hace meses, los expertos cifraron en una cantidad superior a los 120.000 millones de pesetas las necesidades de fondos de bancos y cajas para garantizar el pago de esos compromisos adquiridos en convenio, lo cual permite a sus pensionistas el cobro del 100% del salario que ten¨ªan cuando estaban en activo. Fuentes de algunos bancos reconocieron ayer que los compromisos actuales pueden sobrepasar en bastante esos 120.000 millones de pesetas.Los c¨¢lculos sobre el montante de asegurar esas cantidades a todos los trabajadores superaban el bill¨®n de pesetas, aunque los bancos lograron convencer a la autoridad monetaria de que las dotaciones de fondos deb¨ªan dirigirse s¨®lo a los ya jubilados. "Esta obligaci¨®n", seg¨²n la circular, "no se extiende en este momento a los compromisos potenciales por pensiones no causadas, en atenci¨®n a las modificaciones legales y reglamentarias en estudio, ( ... ) sin perjuicio de que sea conveniente que las entidades vayan dotando, por su propia iniciativa, la parte devengada de tales compromisos potenciales por servicios prestados por su personal en activo".
Tipos m¨¢s bajos
Al margen queda la pol¨¦mica suscitada por la nueva ley de pensiones, ya que la banca ha anunciado su intenci¨®n de no asumir la diferencia entre el sistema antiguo y el nuevo, debido a que la Seguridad Social se har¨¢ cargo en la pensi¨®n de un porcentaje menor sobre el salario que el trabajador percib¨ªa en activo. ?ste, junto al tema de la jornada partida, sigue siendo el punto m¨¢s pol¨¦mico a resolver en el convenio del sector.El Banco de Espa?a obliga asimismo a actualizar con tipos del 8% como m¨¢ximo el valor de los fondos para complementos de pensiones ya constituidos. Anteriormente, frente a valores muy superiores aplicados por algunos bancos, la autoridad monetaria hab¨ªa planteado un 9%. Medios bancarios hicieron ayer referencia al efecto de esta medida, porque "cuanto m¨¢s alto sea el tipo permitido para valorar las reservas menor es la obligaci¨®n que hay que reconocer".
Para el reconocimiento de los compromisos por las pensiones ya vigentes, el Banco de Espa?a obliga a crear en las cuentas de orden del balance confidencial de bancos y cajas los ep¨ªgrafes de "compromisos por pensiones causadas" y "compromisos asegurados por pensiones causadas". El primero reflejar¨¢ el valor actualizado de "la totalidad de los compromisos de pago por pensiones o complementos de pensiones asumidos". Adem¨¢s, este valor "se estimar¨¢ con criterios actuariales y ser¨¢ certificado, al menos en los balances de junio y diciembre, por un actuario independiente". Cuando en el c¨¢lculo de estas cantidades intervengan hechos futuros desconocidos o inciertos, se aplicar¨¢n "criterios de prudencia tendentes a asegurar la Solvencia de la entidad".
La circular entrar¨¢ en vigor en la cuenta y balance de resultados de diciembre de 1986. Las dotaciones de fondos para cubrir los d¨¦ficit existentes se har¨¢n semestralmente por tercios, desde diciembre de 1986 a diciembre de 1987. Sin embargo, excepcionalmente, el Banco de Espa?a podr¨¢ conceder, a t¨ªtulo individual, planes de adaptaci¨®n especiales.
Estos plazos extraordinarios se conceder¨¢n a las entidades que lo soliciten, "en funci¨®n de sus circunstancias especiales, y en particular de la debilidad de su cuenta de resultados", teniendo en cuenta los programas de saneamiento que hayan emprendido. Fuentes de algunos bancos declararon ayer que les parec¨ªa una "medida prudente", sobre todo si se permit¨ªan per¨ªodos m¨¢s largos para las entidades en dificultades.
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