Entra en vigor el nuevo reglamento de inversiones extranjeras en Espa?a
El Bolet¨ªn Oficial del Estado public¨® ayer el nuevo reglamento de las inversiones extranjeras en Espa?a, que desarrolla y concreta el decreto legislativo por el que las normas espa?olas quedaron adaptadas el pasado mes de julio a los principios y criterios de la Comunidad Europea (CE) sobre movimientos de capital.La nueva reglamentaci¨®n deroga las normas refundidas de 1974 y los tres decretos posteriores de liberalizaci¨®n, entre ellos el promovido en mayo de 1985 por el anterior ministro de Econom¨ªa, Miguel Boyer.
Su contenido consolida el alto nivel de apertura de Espa?a a los capitales extranjeros, aunque introduce algunas cautelas en dos direcciones: evitar la evasi¨®n fiscal y de capitales al amparo de las inversiones extranjeras y posibilitar la intervenci¨®n de los ministerios sectoriales en defensa de empresas ya establecidas.
Entre las novedades que afectar¨¢n a los titulares figura que los espa?oles no residentes perder¨¢n la condici¨®n de inversores extranjeros si recuperan la residencia en territorio espa?ol.
El nuevo reglamento confirma los ¨²ltimos pasos liberalizadores para las inversiones directas, libres si no exceden el 50%. del capital de una empresa y s¨®lo sometidas con car¨¢cter general al tr¨¢mite de verificaci¨®n administrativa cuando superen el 50%. Tambi¨¦n refuerza la liberalizaci¨®n de las inversiones de cartera, tanto para las acciones cotizadas o no en bolsa como para otros t¨ªtulos o participaciones en fondos de inversi¨®n. Igualmente los capitales dirigidos a inmuebles quedan absolutamente libres si proceden de personas f¨ªsicas y s¨®lo sometidos a verificaci¨®n administrativa si provienen de personas jur¨ªdicas, siempre que en ningun caso se dirigan a zonas estrat¨¦gicas no declaradas de inter¨¦s tur¨ªstico. Cualquier otra forma de inversi¨®n requerir¨¢ autorizaci¨®n administrativa.
Entre las restricciones introducidas destacan las de a?adir a los cinco sectores de regulaci¨®n espec¨ªfica, sometidos a autorizaci¨®n administrativa -juego, actividades relacionadas con la defensa nacional, televisi¨®n, radio y transporte a¨¦reo- la explotaci¨®n de minerales de inter¨¦s estrat¨¦gico y la explotaci¨®n de los servicios de telecomunicaciones, y en concreto toda participaci¨®n extranjera que supere el 25% en la explotaci¨®n de juegos y en la Compa?¨ªa Telef¨®nica.
Otra restricci¨®n se refiere a las inversiones que "puedan tener consecuencias perjudiciales para la econom¨ªa nacional" Adem¨¢s, los ministerios sectoriales dispondr¨¢n de un plazo de dos d¨ªas para proponer que cualquier inversi¨®n superior a los 250 millones de pesetas sea informada por la Junta de Inversiones.
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