Justicia no paga
La suscrita y otros cinco compa?eros fuimos en su d¨ªa empleados administrativos de las magistraturas de Trabajo n¨²meros 1 y 2 de Tarragona, mediante contratos temporales que, a su vencimiento el 31 de marzo de 1985,no fueron legalmente resueltos por nuestro superior, el Ministerio de Justicia, por lo que nos vimos obligados a recurrir, por despido improcedente, ante la Magistratura de Trabajo, y en otra demanda, formular reclama.ci¨®n de cantidad por la ¨²ltima mensualidad de salario que todav¨ªa se nos adeuda, correspondiente a abril de 1985.La Magistratura de Trabajo n¨²mero 1 de Tarragona dict¨® sentencia declarando improcedente dicho despido, que devino firme al no ser recurrida, y en fecha 4 de noviembre del mismo a?o, la propia Magistratura dict¨® auto mediante el cual, al no haber sido readmitidos, se condenaba al propio ministerio a satisfacer a cada uno de nosotros la indemnizaci¨®n de 79.867 pesetas m¨¢s otras 267.394 de salariso de tramitaci¨®n.
Al no hacernos efectivas dichas cantidades solicitamos laejecuci¨®n de las sentencias, que fue remitida mediante los exhortos n¨²meros 88 y 89 de la Magistratura n¨²mero 18 de Madrid, que tuvieron entrada en el registro general del Ministerio de Justicia el 4 de abril del presente a?o 1986.
A pesar de haber enviado fotocopia de las sentencias en dos ocasiones al ministerio, efectuando visitas personales, llamadas telef¨®nicas y haber sido atendidos por ftincionarios del minister¨ªo, hasta. la fecha no hemos percibido las cantidades a las que tenemos derecho, recibiendo explicaciones incluso contradictorias acerca de la situaci¨®n de los tr¨¢mites- Isabel B¨¢ncora y Mar¨ªa Nieves Puente.
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