Moscoso instruye a los fiscales para que no persigan a las mujeres que se autoinculpan
El fiscal general del Estado, Javier Moscoso, ha dirigido una instrucci¨®n a los fiscales de las distintas audiencias para que en los casos de denuncias de autoinculpaci¨®n de ahortos que, en realidad, son infundadas soliciten el archivo o sobreseimiento de las actuaciones y no inicien diligencias por denuncia falsa.
La instrucci¨®n parte de que en la mayor¨ªa de estas autoinculpaciones de delitos de aborto, "a veces masivas, se es consciente desde un principio de que en realidad son infundadas" y pueden taponar la actividad de los juzgados. El fiscal general dice que no pro ceder¨¢ en estos casos aplicar a las personas que se autoinculpen el art¨ªculo 338 del C¨®digo Penal, que castiga con arresto mayor y multa la simulaci¨®n de delito.La instrucci¨®n de Javier Moscoso considera que las autoinculpaciones masivas van encaminadas a tratar de ampliar la despenalizaci¨®n del aborto existente en Espa?a y que "tales conductas son, en s¨ª, poco congruentes con las reglas de un Estado social y democr¨¢tico de derecho en el que, evidentemente, existen mecanismos pol¨ªticos, jur¨ªdicos y sociales para adecuar la realidad legislativa a la social".
El fiscal general a?ade que, sin embargo, las citadas conductas "no evidencian una voluntad expresa de perturbar la funci¨®n jurisdiccional, si bien en algunos casos pueda llegar a producir ese efecto negativo".
Moscoso da una serie de pistas a los fiscales sobre cu¨¢ndo deben entender que la denuncia es manifiestamente falsa y, junto a las "autoinculpaciones colectivas sin especificaci¨®n de lugar, tiempo ni persona que contribuyeran a la realizaci¨®n de las pr¨¢cticas abortivas", cita la "edad y sexo de los autoinculpados" y el hecho de que la autoinculpaci¨®n se haya verificado "mediante escritos o impresos formularios o a trav¨¦s de manifestaciones verbales coincidentes".
Indicios reales
Para aceptar una autodenuncia por haber abortado, el fiscal general del Estado afirma que es necesario que se aporten "indicios reales de pruebas suficientes, como podr¨ªan ser los certificados m¨¦dicos acreditativos del embarazo de la mujer o partes sanitarios en los que conste haberse atendido a una mujer por haber sido objeto de pr¨¢cticas abortivas". Fuentes de la Fiscal¨ªa General del Estado manifestaron que es, asimismo, criterio de su titular que el hecho de figurar en fichas cl¨ªnicas de un centro de planificaci¨®n no constituye motivo suficiente para que una mujer sea inculpada de un presunto delito de aborto y citada a declarar.
El hecho de que el juez Carlos Valle haya hecho caso omiso a la petici¨®n fiscal de que agote la investigaci¨®n antes de citar a declarar a los presuntos autores del posible delito, se interpreta como una muestra de la independencia del poder judicial.
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