La Comisi¨®n Europea estima que Espa?a viol¨® el Convenio de Derechos Humanos en el 'caso Bult¨®"
BONIFACIO DE LA CUADRALa Comisi¨®n Europea de Derechos Humanos ha dictaminado por unanimidad de sus 13 miembros, en un informe reservado remitido al Comit¨¦ de Ministros del Consejo de Europa, que Espa?a viol¨® el art¨ªculo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos cuando conden¨® a Xavier Barber¨¢, Antoni Messegu¨¦ y Ferr¨¢n Jabardo como autores del asesinato de Jos¨¦ Mar¨ªa Bult¨®. La comisi¨®n estima que ha sido desconocido el derecho de los tres condenados "a beneficiarse un juicio justo". Si el caso no es remitido al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo, en los tres meses a partir de su recepci¨®n por el Comit¨¦ de Ministros, ser¨¢ este organismo, por una mayor¨ªa de 14 de sus 21 miembros, el que decidir¨¢ si ha habido violaci¨®n del convenio.
El informe confidencial contiene la opini¨®n de la comisi¨®n sobre la controversia entablada por los tres condenados por el caso Bult¨® contra el Gobierno espa?ol.- Los -demandantes estimaron que no se beneficiaron de un juicio justo ante un tribunal independiente e imparcial y que igualmente fue desconocido el principio de la presunci¨®n de inocencia. Por su parte, el Gobierno espa?ol ' representado por Jos¨¦ Mar¨ªa Morenillas, neg¨® ante la comisi¨®n que en el enjuiciamiento del caso Bult¨® se hubiera producido ninguna violaci¨®n del convenio europeo.La opini¨®n de la comisi¨®n es que s¨ª se ha violado el articulo 6.1 del convenio, que dice as¨ª: "Toda persona tiene derecho a que su causa sea o¨ªda equitativa, p¨²blicamente y dentro de un plazo razonable, con un tribunal independiente e imparcial, establecido por la ley, que decidir¨¢ los litigios sobre sus derechos y obligaciones de car¨¢cter civil o sobre el fundamento de cualquier acusaci¨®n en materia penal dirigida contra ella...".El Gobierno espa?ol neg¨® que no se cumplieran estas exigencias y, en concreto, que la sustituci¨®n del presidente y de un magistrado del tribunal constituyera una irregularidad. La comisi¨®n se?ala que la Audiencia Nacional es una jurisdicci¨®n ordinaria con competencia sobre delitos de terrorismo, entre otros. En cuanto a la sustituci¨®n del presidente, por enfermedad de un cu?ado, la comisi¨®n resalta que "el magistrado presidente reemplazado hab¨ªa ya reunido a los abogados de los demandantes para solucionar ciertos detalles referentes al desarrollo del Juicio oral" y estima que Ia sustituci¨®n de este magistrado, sobrevenida poco tiempo antes de que empezara el juicio oral, no pod¨ªa contribuir a que el juicio se desarrollara en una atm¨®sfera de apropiada serenidad".
En cuanto a la conducci¨®n de los procesados, desde Barcelona, en cuya prisi¨®n se encontraban, hasta Madrid, a las cuatro de la madrugada del mismo d¨ªa en que fueron juzgados, la comisi¨®n estima "que para que una defensa sea verdaderamente adecuada, los acusados deben estar en condiciones de prepararse para el juicio oral y seguirlo con atenci¨®n".La valoraci¨®n de las pruebas
Por lo que se refiere a la valoraci¨®n de las pruebas, los demandantes sostuvieron que su condena se fundament¨® solamente en las declaraciones hechas a la polic¨ªa. La comisi¨®n recuerda que s¨®lo tiene competencia para examinar errores de hecho o de derecho pretendidamente cometidos por una jurisdicci¨®n ordinaria, en la medida en que estos errores "puedan atentar contra los derechos y libertades garantizados por el convenio". De ah¨ª que la comisi¨®n recuerda que, "en materia penal, pertenece al Ministerio Fiscal mantener la acusaci¨®n, aportar las pruebas del delito y demostrar la culpabilidad del acusado".
En relaci¨®n con el caso Bult¨®, la comisi¨®n se?ala que "el Ministerio Fiscal no propuso m¨¢s que el interrogatorio de tres testigos". Por otro lado, indica que "el ¨²nico testigo de cargo que fue o¨ªdo en el juicio oral, en, este caso el cu?ado de la v¨ªctima que se encontraba en el lugar en el momento de los hechos, no reconoci¨® a ninguno de los demandantes". En cuanto al testimonio de Jaime Mart¨ªnez Vendrell, cuyas declaraciones acusaban a los demandantes, la comisi¨®n observa que "no fue citado como testigo por el Ministerio Fiscal".La comisi¨®n ha examinado las resoluciones sobre el caso Bult¨® del Tribunal Supremo -confirmatoria de la de la Audiencia Nacional- y del Tribunal Constitucional -denegatoria del amparo solicitado- y ha constatado que Ios demandantes negaron siempre ante las autoridades judiciales su parficipaci¨®n en el asesinato del se?or Bult¨®".
Conclusiones
"En estas condiciones, la com¨ª si¨®n no puede declarar", dice cu¨¢les han sido las pruebas sufl cientes aportadas durante la vis ta, sobre las que el tribunal se fund¨® para demostrar la culpabilidad de los demandantes".
Por ¨²ltimo, "teniendo en cuenta el conjunto de estas consideraciones, la comisi¨®n estima que el derecho de los demandantes de beneficiarse de un juicio j¨²sto ha sido desconocido en este caso concreto". Tras estos razonamientos, que figuran en 13 folios, la comisi¨®n incluye esta conclusi¨®n: Ia comisi¨®n concluye por unanimidad que hubo en este caso concreto violaci¨®n del art¨ªculo 6, p¨¢rrafo 1 del convenio". Sobre la violaci¨®n del articulo 6.2, relativo a la presunci¨®n de inocencia, la comisi¨®n estima que "no hay motivos para examinar por separado la cuesti¨®n del articulo 6, p¨¢rrafo 2". Este ¨²ltimo acuerdo fue adoptado por 12 votos y una abstenci¨®n.
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