A vueltas con el aborto
EL RECURSO presentado por el fiscal del Estado ha dejado sin efecto las consecuencias pr¨¢cticas de la decisi¨®n del Tribunal Supremo que suspend¨ªa, el pasado 30 de diciembre, la vigencia del mal llamado decreto liberalizador del aborto, considerado como una ampliaci¨®n de las normas despenalizadoras de la interrupci¨®n del embarazo. La intervenci¨®n del ministerio p¨²blico ha impedido la vigencia del auto del alto tribunal hasta que no se pronuncie sobre el fondo del recurso presentado contra ese decreto por la asociaci¨®n Acci¨®n Familiar.El decreto cuya suspensi¨®n ha pretendido Acci¨®n Familiar incluye en su normativa la posibilidad de ampliar los centros donde se practique el aborto para evitar riesgos a las embarazadas, de acuerdo con los dict¨¢menes de la Organizaci¨®n Mundial de la Salud. Abre el camino a las cl¨ªnicas privadas al hacer desaparecer la barrera que significaba la llamada comisi¨®n de evaluaci¨®n, y permite que se practiquen abortos de bajo riesgo sin necesidad de quir¨®fano.
Normalmente, las controversias jur¨ªdicas a?aden, para el com¨²n de los ciudadanos, poca claridad a la sustancia de los asuntos que socialmente se debaten. Y por eso el resumen, expresado por el director de una cl¨ªnica afectada, de este toma y daca jur¨ªdico no puede ser m¨¢s expresivo: "En 15 d¨ªas hemos pasado de la clandestinidad a la legalidad para pasar de nuevo a otra situaci¨®n ilegal". No es extra?o que desde la perspectiva conserv¨¢dora de una asociaci¨®n como Acci¨®n Familiar, entidad creada en 1979 y que cuenta con unos 300 socios dedicados a la defensa de los valores de la familia, se asegure que la suspensi¨®n del decreto no producir¨ªa perjuicio grave para el inter¨¦s general, "que es la defensa de la vida". Pero s¨ª asombra que una asociaci¨®n de escasa implantaci¨®n sea capaz de provocar la revocaci¨®n de un decreto como el del aborto usando para ello argumentos que son dogmas que no tiene por qu¨¦ compartir todo el colec.tivo social.
Tampoco debe asombrar que los cinco magistrados del Supremo parezcan aplicar en su decisi¨®n esquemas morales a un problema que dificilmente se compadecen con las razones sociales que se han puesto de manifiesto durante el largo debate suscitado en Espa?a con respecto a la legalidad o no de la interrupci¨®n del embarazo.
Lo que resulta m¨¢s decepcionante en esta nueva incursi¨®n de la justicia en la normalizaci¨®n del comportamiento social de los espa?oles es que unos juristas
de la veteran¨ªa de los que ahora se han pronunciado, en principio, en contra de la aplicaci¨®n del mencionado decreto se hayan mostrado reacios a aplicar lo que
ser¨ªa un concepto verdaderamente social de lo que es el inter¨¦s general, contrariado ahora seriamente por quien - es convierten los dogmas propios en el horizon
te de los dem¨¢s. Parece obvio que en el desarrollo del concepto jur¨ªdico del inter¨¦s general no han de caber prejuicios ideol¨®gicos de ese g¨¦nero, que son los que
har¨ªan pensar que el voluntario seguimiento de una norma legal obliga por principio a todos los ciudadanos. Resulta claro que ni la ley de despenalizaci¨®n del
aborto aprobada el 12 de julio de 1985 ni el decreto de aplicaci¨®n publicado el pasado 24 de noviembre de 1986 hacen otra cosa que solucionar t¨ªmidamente el
problema de las numerosas mujeres . que se ven obli gadas a acogerse a las normas que les permiten interrumpir sus embarazos. La suspensi¨®n de estas nor
mas s¨ª constituye un atentado al inter¨¦s general de quienes se ven forzadas a vivir en el sobresalto de la amenaza de la clandestinidad y de la persecuci¨®n.
La tentaci¨®n judicial de suspender el decreto que ampl¨ªa las posibilidades legales de la despenalizaci¨®n parcial del aborto, que sigue tipificado como delito en el C¨®digo Penal, responde a la propia actitud timorata de los poderes p¨²blicos, que reiteradamente han despreciado la posibilidad de adecuar las leyes a la realidad de la sociedad espa?ola. En primer lugar, por no ser sensible a la realidad, que manifiestan lacerantes indicadores s¨®lo permitidos por el Cinismo social, y resistirse a elaborar una ley que responda a las necesidades actuales y al entorno europeo, en el que pretendemos desenvolvernos. Y en segundo lugar, porque la defensa del decreto no se ha realizado con la contundencia jur¨ªdica necesaria, lo que ha hecho posible la cr¨ªtica que el propio Tribunal Supremo hace en su auto del 30 de diciembre a los representantes del Estado, quienes, seg¨²n el mencionado tribunal, r¨ªo aportaron en su defensa "ning¨²n documento que acredite la existencia y certeza de los datos, an¨¢lisis y recomendaciones de los que la Administraci¨®n parte en sus alegaciones". Si esa cr¨ªtica respondiese a la realidad del caso, los letrados del Estado habr¨ªan mostrado escaso inter¨¦s en sustentar con la fuerza que les da el consenso social los argumentos que hay detr¨¢s de una liberalizaci¨®n ampliamente sentida por los ciudadanos espa?oles. De nuevo un tema como la interrupci¨®n voluntaria del embarazo sit¨²a a ciudadanos en la frontera de la posible persecuci¨®n.
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