Dudas de Peces-Barba
Aunque a estas alturas ya casi nada sorprende, las declaraciones de Gregorio Peces-Barba manifestando que tiene dudas sobre la constitucionalidad de algunos art¨ªculos de la ley antiterrorista, especialmente con el plazo de los d¨ªas de incomunicaci¨®n de los detenidos, no s¨®lo me han causado sorpresa, sino estupor y verg¨¹enza... ajena.A¨²n recuerdo c¨®mo, siendo ponente socialista en la comisi¨®n constitucional del Congreso, Peces-Barba, el 18 de mayo de 1978, le dec¨ªa a Jes¨²s Sancho Rof, a la saz¨®n subsecretario de Interior: "?Para qu¨¦ se necesita que un detenido est¨¦ m¨¢s de 24 horas o m¨¢s de 48 horas en poder de la autoridad policial? Si es verdad que la autoridad policial no puede ni siquiera obligarle a declarar, ?por qu¨¦ tiene que estar el detenido en las dependencias policiales? ?Qu¨¦ se pretende ha cer con ¨¦l? ?Es que vamos a volver a las pr¨¢cticas el franquismo en las cuales los detenidos su b¨ªan seis y siete veces a recibirles declaraci¨®n sin que eso constase en ning¨²n sitio, y luego, de esas siete declaraciones, o las que fueran, se produc¨ªa una ¨²nica declaraci¨®n posterior por escrito?". (V¨¦ase EL PA?S de 3 de febrero de 1985).
El se?or Peces-Barba ha pasado de la contundencia verbal de 1978 a la duda de 1987, pasando por la mudez del per¨ªodo 1982-1986.
Es reconfortante que el se?or Peces-Barba vuelva a incorporarse al grupo de los que tenemos dudas muy fundadas sobre la constitucionalidad del plazo de 10 d¨ªas de incomunicaci¨®n que la actual ley antiterrorista permite.-
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