?Un Parlamento an¨¦mico? / 1
El d¨¦cimo aniversario de la democracia espa?ola, que se cumple en junio, coincide, seg¨²n el autor, con un per¨ªodo de inquietud por lo que se estima que es una ¨¦poca an¨¦mica de la columna vertebral del propio sistema: el Parlamento. ?ste es el primero de dos art¨ªculos en los que se aborda la base de la citada anemia.El pr¨®ximo mes de junio, la democracia espa?ola cumple 10 a?os. Es el per¨ªodo de vida democr¨¢tica aut¨¦ntica m¨¢s dilatado de nuestra conflictiva historia. Por otra parte, las minor¨ªas de derecha, centro e izquierda en el Congreso de los Diputados se re¨²nen para coordinar la b¨²squeda de los medios de ensanchar y flexibilizar el cors¨¦ al que la actitud de la mayor¨ªa, apoyada en el r¨ªgido reglamento de la C¨¢mara, ha sometido la discusi¨®n parlamentaria y las iniciativas de control de los grupos de la oposici¨®n.
La salud de un r¨¦gimen pol¨ªtico se mide por el grado de aceptaci¨®n que experimenta en la sociedad en la que impera; es decir, por la intensidad y extensi¨®n de su legitimidad. Legitimidad significa, en el orden de los valores, que un sistema de poder es digno de reconocimiento, y en el orden de los hechos, que, por gozar de reconocimiento generalizado, obtiene la obediencia de los miembros de la colectividad de manera normal e institucionalizada, sin recurso a la fuerza. Desde esta perspectiva puede afirmarse que, alejado el riesgo de golpe militar nost¨¢lgico, la democracia espa?ola disfruta de una robusta salud.
La mera verificaci¨®n de esta situaci¨®n de hecho no dilucida de una vez por todas la cuesti¨®n. ?Hay en la organizaci¨®n social y pol¨ªtica de nuestro pa¨ªs hechos, tendencias en curso o trabas institucionales con virtualidad para producir una gradual o dr¨¢stica deslegitimaci¨®n del r¨¦gimen democr¨¢tico? Unas consideraciones, por fuerza esquem¨¢ticas, sobre las elecciones, el Parlamento, los partidos pol¨ªticos y el poder judicial -como instituciones esenciales de la democracia- pueden ser un punto de partida ¨²til para introducir el di¨¢logo o la pol¨¦mica sobre el rumbo que sigue el sistema pol¨ªtico por el que nos regimos.
No es preciso insistir mucho en la conveniencia de que, en una democracia parlamentaria, el Parlamento, ¨®rgano que define el r¨¦gimen pol¨ªtico, goce de prestigio en la opini¨®n p¨²blica como centro pol¨ªtico de la vida nacional y de elaboraci¨®n de las decisiones fundamentales. Seg¨²n las encuestas disponibles, no parece ser tal el caso entre nosotros. A primera vista puede ello explicarse por la anemia de nuestra vida parlamentaria, perceptible en particular desde octubre de 1982, en que el partido socialista gan¨® por abrumadora mayor¨ªa las elecciones.
Salud democr¨¢tica
Es evidente que no fortalece la salud de la democracia ni contribuye, por tanto, a su legitimaci¨®n que el Parlamento carezca del aprecio de los ciudadanos. La valoraci¨®n cr¨ªtica del parlamentarismo espa?ol debe, no obstante, incardinarse en los l¨ªmites de lo que es en realidad el parlamentarismo moderno. Con frecuencia se enjuicia la actuaci¨®n del Congreso de los Diputados tomando como punto de referencia un patr¨®n o paradigma -el del parlamentarismo cl¨¢sico- inexistente en la actualidad. En el pasado, los grupos parlamentarios eran agrupaciones sueltas y flexibles de diputados que discut¨ªan y votaban en conciencia, a t¨ªtulo individual. El sufragio universal y la democracia de masas generaron cambios fundamentales, tales como, de una parte, la imposici¨®n de la disciplina de voto a los diputados en garant¨ªa de cumplimiento del programa sometido por el partido a los electores, y de otro lado, la emanaci¨®n parlamentaria directa del Gobierno. De este modo, el papel del Parlamento, concebido como contrapeso del Ejecutivo, se diluye y se transforma el sentido y la manera de ejercer sus funciones cardinales. Es la mayor¨ªa parlamentaria quien legisla, y la oposici¨®n quien fiscaliza los actos gubernamentales, funciones antes ejercidas por el Parlamento en su totalidad. Se ha pasado de un parlamentarismo de notables a un parlamentarismo de partidos en el que las relaciones entre los ¨®rganos constitucionales se determinan por y a trav¨¦s de los partidos pol¨ªticos, que son quienes comparecen ante el electorado para, primero, solicitar su apoyo, y despu¨¦s, rendirle cuentas. La mayor o menor democracia en el seno de los partidos principales tiene por eso repercusi¨®n inmediata sobre la riqueza de la din¨¢mica parlamentaria.
Es esta concepci¨®n del Parlamento la que debe inspirar el examen cr¨ªtico de las Cortes Generales y de la que ha de partirse para impulsar una evoluci¨®n conducente a dignificar su papel e incrementar la legitimaci¨®n de la democracia parlamentaria.
Que las Cortes languidecen sumidas en la ineficacia pol¨ªtica es un sentir com¨²n. Legislan mal y controlan poco. Las causas de semejante situaci¨®n son, en principio, conocidas: la vigencia de un reglamento en exceso formalista, la actitud prepotente de la mayor¨ªa, la fragilidad de la propia oposici¨®n, el casi nulo debate sobre problemas sustantivos en los partidos pol¨ªticos y en sus grupos parlamentarios, as¨ª como su falta de inserci¨®n en la sociedad. Tampoco ayuda a realzar la imagen de las Cortes la ambigua levedad de la posici¨®n del Senado en el sistema constitucional, pero esta cuesti¨®n es harina de otro costal.
El vigente reglamento del Congreso, elaborado durante la presidencia de Landelino Lavilla, naci¨® bajo la influencia del parlamentarismo moderno al servicio de estos objetivos: permitir la ordenaci¨®n de los trabajos de la C¨¢mara; racionalizar la din¨¢mica parlamentaria, dando preeminencia pol¨ªtica y funcional a los grupos sobre los diputados, y cubrir en lo posible la vulnerabilidad de los Gobiernos minoritarios de la ¨¦poca. De tales prop¨®sitos, cumplidos con eficacia, tales rasgos: en primer lugar, rigidez formal y lentitud en la tramitaci¨®n de las iniciativas de control y en los procedimientos legislativos y de debate, con el doble fin de atajar el eventual exceso de parlamentarismo y de garantizar el control del grupo sobre sus miembros; en segundo t¨¦rmino, centralizaci¨®n del poder en la Junta de Portavoces para, entre otras cosas, facilitar el acuerdo en cuestiones procesales o sustantivas que, de no ser resueltas por esta v¨ªa, dejar¨ªan en situaci¨®n insostenible ante el Pleno de la C¨¢mara a un Gobierno sin mayor¨ªa; por ¨²ltimo, concentraci¨®n de las competencias de ordenaci¨®n en la Mesa, aunque quedando las m¨¢s importantes condicionada, en su ejercicio al acuerdo de la Junta de Portavoces.
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