Seis millones de espa?oles podr¨¢n reclamar una parte de la contribuci¨®n urbana
El Tribunal Constitucional anul¨® ayer, por inconstitucional, el art¨ªctdo 13.1 de la ley de 21 de diciembre de 1983 sobre medidas urgentes de saneamiento de las haciendas locales. El precepto anulado habilitaba a los ayuntamientos a fijar "librernente" el tipo de gravamen de la contribuci¨®n territorial urbana, r¨²stica y pecuaria.
Unas 1.300 corporaciones: locales hicieron uso de esta autorizac¨ª¨®n, por un importe aproximado a los 35.000 millones de pesetas, seg¨²n fuentes del Ministerio de Hacienda. El n¨²mero de contribuyentes afectados se calcula en unos 6 millones.La sentencia del alto tribunal -que ha contado con el voto particular disidente del magistrado Eugenlo D¨ªaz Elmil- considera subsistentes, hasta tanto se establezca un marco legal adecuado, los grav¨¢menes del 20% para la contribuci¨®n territorial y del 10% para la r¨²stica y pecuaria. Las cantidades que excedan de estos porcentajes podr¨¢n ser reclamadas por los contribuyentes. Seg¨²n fuentes del Tribunal Constitucional, la sentencia no impone la devoluci¨®n de las cantidades percibidas indebidamente, pero se puede invocar esta sentencia para pedirla.
La declaraci¨®n de inconstitucionalidad se fundamenta en que el precepto impugnado no cumple la exigencia de establecer por ley criterios o l¨ªmites al tipo del impuesto a aplicar por los ayuntamientos.
Precisamente ayer mismo, el Gobierno present¨® a la com¨ªsi¨®n ejecutiva de la Federaci¨®n Espa?ola de Municipios el borrador de un proyecto de ley de financiaci¨®n de las corporaciones locales, en el que se establecer¨¢ para el futuro el marco legal adecuado para la contribuci¨®n urbana y r¨²stica.
En cuanto a la devoluci¨®n de las cantidades indebidamente cobradas, la mayor¨ªa de estas percepciones corresponden a los ayuntamientos de Madrid y Barcelona, mientras que en pesetas por contribuyente destacan Valladol¨ªd, Teruel y jerez de la Frontera. La imposici¨®n por el ayuntarniento de esta ¨²ltirr¨ªa ciudad (le tipos del 40% en la contribuci¨®n urbana desencaden¨® el proceso que ha concluido en esta sentencia.
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