Econom¨ªa estudia la modificaci¨®n de la cuota de comercio para fomentar operaciones de trueque
La Secretar¨ªa de Estado de Comercio ha elaborado una propuesta de modificaci¨®n del actual sistema de cuota de comercio, de forma que se convierta en un verdadero instrumento de fomento a la exportaci¨®n. Para ello se propone la creaci¨®n de una comisi¨®n de compras y de una entidad gestora cuyo objetivo ser¨¢ planificar y llevar a cabo operaciones de trueque y compensaci¨®n, ligadas a la cuota de comercio. Esta entidad gestora tomar¨ªa la forma de sociedad mixta al 50% entre la Secretar¨ªa de Estado de Comercio, a trav¨¦s de la empresa p¨²blica de comercio exterior Focoex, y el Ministerio de Industria y Energ¨ªa, a trav¨¦s del INH y el INI, para desempe?ar el papel que ahora juega Hispanoil como gestor de la cuota.
En la actualidad, la cuota de comercio -Espa?a compra crudo mediante contratos con algunos pa¨ªses suministradores y, ocasionalmente, lo liga a operaciones comerciales- tiene contratados 105.000 barriles de petr¨®leo al d¨ªa, lo que supone aproximadamente unos cinco millones de toneladas de crudo al a?o. Los pa¨ªses que tienen este acuerdo con Espa?a son Arabia Saud¨ª, M¨¦xico, Irak y la URSS. La cuota de comercio supone aproximadamente el 20% del mercado del monopolio de petr¨®leo y el 15% del mercado total.Durante 1986 se han contratado por este sistema algo m¨¢s de 70.000 millones de pesetas, unos 500 millones de d¨®lares, excluidos los crudos nacionales y de Hispanoil, que doblan esta cifra. En a?os anteriores, con un d¨®lar m¨¢s alto, los precios del barril de petr¨®leo m¨¢s que duplicados y contratos m¨¢s fuertes, el resultado de estas cifras era muy superior en pesetas.
La modificaci¨®n que ahora se plantea pretende cambiar la actual utilizaci¨®n de la cuota de comercio. En las pasadas crisis energ¨¦ticas, la cuota ha servido como garant¨ªa de suministro a precios fijos, ¨²ltimamente, se ha utilizado en contadas ocasiones como arma de presi¨®n para conseguir contratos internacionales, para obtener yacimientos y para acelerar el pago de deudas. Este ha sido el caso de Libia, cuando a finales de 1984 se suspendi¨® el contrato de suministro de crudo, al no llegar a un acuerdo con este pa¨ªs para el pago de sus deudas, mayoritariamente a empresas constructoras espa?olas.
Venta de armas
En otros pa¨ªses, sin embargo, la cuota se utiliza mucho m¨¢s como moneda de cambio para sus exportaciones. En la situaci¨®n actual, dada la falta de liquidez y solvencia de muchos pa¨ªses suministradores, ¨¦stos fuerzan operaciones de trueque (barter) y de compensaci¨®n (counter-trade) como contrapartida de compras al exterior y adjudicaci¨®n de contratos internacionales.Pa¨ªses como Estados Unidos, Reino Unido y Francia utilizan sus contratos de suministro de crudo compensando con venta de armas, seg¨²n se afirma en un documento de la Direcci¨®n General de Comercio Exterior que engloba esta propuesta. Otros pa¨ªses como Brasil, Austria, Australia y Jap¨®n fuerzan su capacidad de compra para la venta de bienes de consumo e inversi¨®n. Por otra parte, pa¨ªses como Nigeria, Libia, Argelia e Ir¨¢n han elaborado normas jur¨ªdicas para compensar sus importaciones y deudas con exportaciones de crudo.
En Espa?a, la utilizaci¨®n de la cuota de comercio se considera como muy escasa, dado el vac¨ªo legal que existe en estos momentos a ra¨ªz de la integraci¨®n de Espa?a en la CE, y las reticencias que tradicionalmente la Administraci¨®n espa?ola ha mostrado ante las operaciones de trueque y compensaci¨®n. La cuota tiene adem¨¢s algunos detractores, pues se considera que los precios del crudo comprado por este sistema son m¨¢s caros. Adem¨¢s, a pesar de que el Tratado de Adhesi¨®n de Espa?a a la CE reconoce legalmente la cuota, organismos como el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) no ven con buenos ojos acuerdos de este tipo, aunque una mayor¨ªa de pa¨ªses consumidores los utilizan.
El vac¨ªo legal reside en el hecho de que falta a¨²n por aprobar el real decreto que desarrolle el contenido del art¨ªculo 48 del Tratado de Adhesi¨®n de Espa?a a la CE y el art¨ªculo 8 del decreto de Adaptaci¨®n del Monopolio de Petr¨®leos. En el proyecto de real decreto se contempla la creaci¨®n de una comisi¨®n de compras y de una entidad gestora entre Comercio e Industria.
Como instrumento de fomento a la exportaci¨®n, el documento de Comercio afirma que, mientras exista la renta de petr¨®leos, "la cuota de comercio puede encubrir una subvenci¨®n a la exportaci¨®n del 10% al 15% del volumen contratado en sus compras exteriores". En principio, m¨¢s de 10.000 millones de pesetas.
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