El tribunal est¨¢ dispuesto a obligar a comparecer a Barbie cuando lo crea necesario
La negativa de Klaus Barbie a comparecer ante el tribunal que le juzga por cr¨ªmenes contra la humanidad ha suscitado las protestas de los abogados de la acusaci¨®n particular, que quisieran forzar al anciano nazi a enfrentarse con sus v¨ªctimas. El tribunal no se ha plegado a estas peticiones para no romper una vieja tradici¨®n liberal francesa, pero ha manifestado que no descarta obligarle a comparecer cuando lo crea necesario. Algunos acusadores temen que Barbie acceda a comparecer cuando le convenga, despu¨¦s del testimonio de sus v¨ªctimas, por ejemplo. Ma?ana se reanuda el juicio con la declaraci¨®n de los testigos de una de las razzias antijud¨ªas realizadas por Barbie.
M¨¢s de 40 a?os han transcurrido desde que el nombre del ex comandante de la Gestapo Klaus Barbie apareciera por primera vez en una lista francesa de criminales nazis. Desde entonces hasta el actual proceso, Barbie ha conseguido sortear multitud de esfuerzos por darle caza. Las dificultades jur¨ªdicas que ha sido necesario resolver se expresan con rotundidad en los m¨¢s de 50 meses empleados en la terminaci¨®n del auto de procesamiento.Klaus Barbie fue juzgado en 1952 y en 1954 por tribunales militares, que le impusieron sendas penas de muerte por contumacia. Los delitos por los que fue juzgado entonces no pueden ser objeto de juicio ahora, ni siquiera a trav¨¦s de una nueva calificaci¨®n como la de crimen contra la humanidad, pues a un mismo delito no puede corresponder m¨¢s de una pena. La condena de muerte por contumacia qued¨® extinguida en 1974, cuando los cazadores de nazis Serge y Beate Klarsfeld estaban ya sobre su pista, por prescripci¨®n de la pena a los 20 a?os.
Su expulsi¨®n de Bolivia y su llegada a Francia plante¨® la necesidad de buscar unos delitos que no hubieran sido juzgados en 1952 y 1954 y una calificaci¨®n que superara el principio de la prescripci¨®n de los delitos, establecida en 10 a?os en la tradici¨®n jur¨ªdica francesa. Los nuevos delitos se centraron al principio en tres casos de deportaciones masivas de jud¨ªos. La calificaci¨®n como cr¨ªmenes contra la humanidad, no prescriptibles, fue lo que permiti¨® procesarle 40 a?os despu¨¦s de los hechos. El procesamiento de Barbie, en su primera fase, era, pues, una causa en la que s¨®lo se inclu¨ªan las deportaciones de jud¨ªos. En la instrucci¨®n y en posteriores tr¨¢mites de casaci¨®n se reconoc¨ªa que "s¨®lo las persecuciones contra los jud¨ªos ejecutadas por motivos raciales y religiosos" [del estatuto del Tribunal de Nuremberg] en vistas a la soluci¨®n final concertada, es decir, su exterminaci¨®n, constituyen cr¨ªmenes contra la humanidad.
Las asociaciones de resistentes no cejaron en su acci¨®n de recurso hasta conseguir que el Tribunal Supremo, en diciembre de 1985, incluyera en los cr¨ªmenes contra la humanidad los perpetrados contra quienes se resisten a un Estado que efect¨²a persecuciones por motivos raciales y religiosos.
Buena parte de las asociaciones jud¨ªas aceptaron a rega?adientes la ampliaci¨®n de la instrucci¨®n a los resistentes, pues consideraban que la asimilaci¨®n entre ambas categor¨ªas era una forma de atenuar la defensa de los civiles inocentes ante la acci¨®n de un Estado totalitario.
Cr¨ªmenes contra la humanidad
La corte lyonesa que ahora juzga a Barbie cuenta, a partir de las distintas sentencias producidas por el caso, con una definici¨®n muy matizada de los cr¨ªmenes contra la humanidad. Su autor debe "actuar en el cuadro de su adhesi¨®n a una pol¨ªtica de hegemon¨ªa ideol¨®gica" y "su m¨®vil debe ser especial, mientras que el crimen de guerra exige s¨®lo la intenci¨®n culpable". Los actos que lo conforman son el asesinato, la exterminaci¨®n, la esclavitud, la deportaci¨®n y otros actos inhumanos y persecuciones, mientras que los cr¨ªmenes de guerra son "cr¨ªmenes o delitos de derecho com¨²n no justificados por las leyes y costumbres de la guerra". Las v¨ªctimas, finalmente, "deben pertenecer a una colectividad racial o religiosa perseguida en nombre de una pol¨ªtica de hegemon¨ªa o entrar en la categor¨ªa de adversarios de esta pol¨ªtica", caso este ¨²ltimo el de los resistentes.Las matanzas, torturas y deportaciones perpetradas en guerras coloniales o poscoloniales, por ejemplo, s¨®lo podr¨ªan entrar en la categor¨ªa de cr¨ªmenes contra la humanidad" si se consiguiera demostrar que responden a estas caracter¨ªsticas. El defensor de Barbie, Jacques Verg¨¦s, por el momento, ha seguido un camino distinto, atacando el principio de no prescripci¨®n de los cr¨ªmenes contra la humanidad establecido por una ley francesa de 1964.
La tradici¨®n del derecho romano, en la que se incluye Francia, es la de la prescripci¨®n, seg¨²n Verg¨¦s, y, en cualquier caso, s¨®lo ser¨ªa aplicable para delitos posteriores a 1964, pues ninguna ley puede ser retroactiva. A este ¨²ltimo argumento el fiscal replica que Francia ha firmado convenios internacionales al final de la guerra mundial, de rango superior a su tradici¨®n, que implican la no prescripci¨®n de este tipo de delitos. Todo lleva a pensar, en consecuencia, que deber¨¢ intentar demostrar que en las guerras de Argelia o de Vietnam tambi¨¦n se produjeron cr¨ªmenes contra la humanidad, que no han sido juzgados, han prescrito o han sido amnistiados.
No deja de ser curioso, en cualquier caso, que los cr¨ªmenes contra la humanidad por los que se pide cadena perpetua al carnicero de Ly¨®n son fundamentalmente las deportaciones, pues se consideran ya juzgados en 1954 y prescrita la pena por los asesinatos y las torturas. A trav¨¦s de esta discusi¨®n bizantina, que parece versar sobre el sexo de los diablos, Francia ha conseguido, m¨¢s de 40 a?os despu¨¦s de empezar la persecuci¨®n, dar caza a uno de los criminales de mayor notoriedad de su historia contempor¨¢nea.
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