La universidad Aut¨®noma de Madrid, cuestiona la constitucionalidad de los acuerdos con el Vaticano
Los servicios jur¨ªdicos de la universidad Aut¨®noma de Madrid (UAM) pedir¨¢n a la Audiencia Territorial de Madrid que plantee cuesti¨®n de constitucionalidad en relaci¨®n a dos art¨ªculos del Acuerdo del Estado Espa?ol con la Santa Sede suscrito en 1979. La presunta inconstitucionalidad de los art¨ªculos 3 y 4 de dicho acuerdo constituye uno de los argumentos de la defensa de la UAM frente a la demanda interpuesta por el arzobispado de Madrid-Alcal¨¢ por la no inclusi¨®n de la ense?anza de la doctrina cat¨®lica y su pedagog¨ªa en el plan de estudios de la escuela de magisterio Santa Mar¨ªa.
La universidad del campus madrile?o de Cantoblanco encomend¨® la defensa frente a la demanda del Arzobispado al catedr¨¢tico de Derecho Administrativo, Santiago Mu?oz Machado, quien esta misma semana ultim¨® su contestaci¨®n a la misma. En ella se opone a todos y cada uno de los argumentos del Arzobispado demandante y sostiene que los art¨ªculos 3 y 4 del Acuerdo del Estado Espa?ol con la Santa sede, de 3 de febrero de 1979, se encuentran en "abierta contradicci¨®n con la autonom¨ªa universitaria", reconocida en el art¨ªculo 27.10 de la Constituci¨®n.En su escrito de alegaciones a la demanda, el profesor Mu?oz Machado argumenta que la universidad no podr¨ªa ejercitar su autonom¨ªa (definida por el Constitucional en sentencia reciente como un "derecho fundamental") si, como pretende el demandante, y a tenor de lo establecido en el citado Acuerdo con la Santa Sede, la ense?anza religiosa ha de ser incluida en las escuelas de magisterio, aunque con car¨¢cter voluntario, e impartida por personas designadas por la autoridad acad¨¦mica "entre aquellas que el ordinario diocesano proponga".
La defensa de la UAM frente a la pretensi¨®n del Arzobispado de Madrid se basa en la competencia que la Constituci¨®n otorga a la universidad tanto para el establecimiento de sus planes de estudio como para la designaci¨®n de su profesorado. En este mismo sentido, la Aut¨®noma considera inadecuado que la demanda se formule contra el rectorado, puesto que es la universidad y no el rector quien tiene reconocidas por la Constituci¨®n tales competencias.
En su informe, el profesor Mu?oz Machado se?ala textualmente: "Los preceptos transcritos (se refiere a los reiterados art¨ªculos 3 y 4 del Acuerdo) no requieren, seg¨²n me parece, muchas explicaciones; resulta de ellos que frente a la competencia universitaria -¨ªnsita en la autonom¨ªa- para aprobar los planes de estudio, un acuerdo interestatal aspira a imponer una asignatura como obligatoria en dichos planes (n¨®tese que, seg¨²n el tenor del art¨ªculo 29.1 de la LRU es indiferente que las asignaturas a incluir en los planes sean optativas; la decisi¨®n es siempre de la Universidad) marginando cualquier opini¨®n a este prop¨®sito de la Universidad misma".
Selecci¨®n de profesores
"Por otro lado", sigue argumentando la defensa de la UAM, "resulta que frente a la competencia de la universidad para convocar vacantes de profesorado, frente a los procedimientos de selecci¨®n minuciosamente establecidos en la LRU, se pretende, marginando completamente cualquier decisi¨®n de la universidad misma, aplicar un procedimiento de designaci¨®n de profesores absolutamente incompatible con todas esas regulaciones y, desde luego, con la autonom¨ªa universitaria".
Al margen del argumento acerca de la presunta inconstitucionalidad del Acuerdo con la Santa Sede, la oposici¨®n de la UAM a la demanda del Arzobispado de Madrid-Alcal¨¢ se basa, entre otros fundamentos de Derecho, en la inexistencia en este caso, de acto administrativo que posibilite el control jurisdiccional, as¨ª como la extemporaneidad del recurso, ya que fue interpuesto en relaci¨®n con unos hechos -la no inclusi¨®n en la ¨²ltima revisi¨®n del plan de estudios de la escuela de Magisterio Santa Mar¨ªa- que se produjeron varios a?os antes de la interposici¨®n de la demanda, concretamente en el curso 1981-1982.
El Arzobispado de Madrid Alcal¨¢, que interpuso su demanda ante la Sala Cuarta de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid, basa fundamentalmente su recurso en los acuerdos entre el Estado Espa?ol y el Vaticano. El demandante alega tambi¨¦n la presunta vulneraci¨®n de las libertades de ense?anza y de c¨¢tedra, as¨ª como del derecho al acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos p¨²blicos.
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