Rechazado el recurso contra la expropiaci¨®n de una finca de la familia Falc¨®
La Audiencia Territorial de C¨¢ceres ha rechazado recurso interpuesto por Roc¨ªo Falc¨®, condesa de Berantevilla y hermana de Carlos Falc¨®, marqu¨¦s de Gri?¨®n, contra el decreto de expropiaci¨®n de la finca Valero, de su propiedad, dictado por la Junta de Extremadura el pasado 12 de mayo. La sentencia abre al Gobierno aut¨®nomo de Extremadura el camino de la expropiaci¨®n de hecho de la propiedad en base a la ley de Fincas Manifiestamente Mejorables.
La sentencia de la Audiencia Territorial de C¨¢ceres, cuyo fallo fue emitido el pasado lunes, estima que el decreto de expropiaci¨®n de la Junta de Extremadura no ha sido dictado con violaci¨®n de los derechos constitucionales especialmente protegidos", e impone las costas a la recurrente y propietaria de la finca, Roc¨ªo Falc¨®.Contra esta sentencia cabe recurso de apelaci¨®n en el plazo de cinco d¨ªas, lo que en opini¨®n de fuentes pr¨®ximas a la Consejer¨ªa de Agricultura de la Junta de Extremadura "no impide llevar a efecto de inmediato la expropiaci¨®n de hecho de la finca". Se trata de una expropiaci¨®n de uso por un per¨ªodo de 12 a?os, dictada de acuerdo a la ley de Fincas Manifiestamente Mejorables. El Gobierno aut¨®nomo extreme?o proyecta arrendar la propiedad a una cooperativa agr¨ªcola durante ese plazo, en el que la propietaria recibir¨¢ una renta en consonancia al valor catastral, que es muy bajo. Al cabo de ese per¨ªodo, la propietaria podr¨¢ recuperar la finca, aunque para ello tendr¨¢ que compensar las mejoras introducidas.
La sentencia desestima los argumentos esgrimidos en el recurso sobre presunta violaci¨®n de los art¨ªculos 24 y 25 de la Constituci¨®n por parte del decreto expropiador, con lo cual la propietaria de la finca habr¨ªa quedado indefensa y se habr¨ªa conculcado el principio de presunci¨®n de inocencia.
Un a?o de litigio
Aunque la v¨ªa judicial no est¨¢ agotada y cabe un recurso sobre la legalidad y oportunidad del decreto de la Junta, la decisi¨®n de la Audiencia Territorial de C¨¢ceres parece dar v¨ªa libre a una expropiaci¨®n paralizada durante m¨¢s de un a?o. La expropiaci¨®n de la finca Valero fue decidida inicialmente el 2 de junio de 1986. Entonces, el recurso de la propietaria prosper¨® ante el Tribunal Supremo porque no se hab¨ªan cumplido los tr¨¢mites de audiencia previa a la interesada.A ra¨ªz de esa decisi¨®n, la Junta de Extremadura aprob¨® un nuevo decreto expropiador el pasado 12 de mayo, que qued¨® paralizado por el recurso fallado ahora. La expropiaci¨®n de la finca Valero form¨® parte de un paquete junto con otras dos propiedades mal explotadas (Las Aguijuelas y El Verdugal).
Estas tres expropiaciones -las ¨²nicas hasta el momento decididas en Extremadura- fuer¨®n dictadas al amparo de. una ley apr obada por el Gobierno de UCID, la de Fincas Manifiestamente Mejorables, y no, como en, el caso de Andaluc¨ªa, al amparo de un cuerpo legislativo nuevo de reforma agraria.
La finca Valero es una enorme extensi¨®n de 3.781 hect¨¢reas de dehesa pobre extreme?a, situada en el t¨¦rmino municipal de Torrej¨®n el Rubio (C¨¢ceres) y repleta de encinas y monte bajo, cuyo mayor rendimiento actual proviene de las monter¨ªas para la caza del ciervo y el jabal¨ª.
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