Acuerdo entre juristas y periodistas contra la ley que obliga a indemnizar por informaciones veraces
Magistrados, fiscales y abogados coincidieron con los periodistas en la conveniencia de un cambio sustancial en la ley de 5 de mayo de 1982, que acabe con la posibilidad de obtener ante los tribunales altas indemnizaciones de los medios de comunicaci¨®n social por la publicaci¨®n de informaciones verdaderas y de inter¨¦s p¨²blico. El acuerdo se produjo durante el curso sobre Libertad informativa y derecho a la imagen, celebrado la semana pasada en La Granda, en Avil¨¦s (Asturias).
Los participantes en el curso de La Granda, organizado por la Escuela Asturiana de Estudios Hisp¨¢nicos, analizaron en profundidad durante tres jornadas la ley de 5 de mayo de 1982 sobre Protecci¨®n Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen. Como se recordar¨¢, el pasado mes de julio el Instituto Internacional de Prensa (IPI) pidi¨® la derogaci¨®n o cambio sustancial de dicha ley, a ra¨ªz del seminario sobre La ley y los medios informativos, celebrado en la Universidad Internacional Men¨¦ndez Pelayo, en Santander.
El magistrado Agust¨ªn Azparren suscit¨® el m¨¢ximo consenso en torno a sus propuestas de modificaci¨®n de la ley. Frente al precepto seg¨²n el cual para obtener la protecci¨®n legal basta con que las expresiones divulgadas, aunque sean ciertas, hagan "desmerecer en la consideraci¨®n ajena", el juez Azparren propuso que si el medio de comunicaci¨®n social demuestra que lo publicado es verdad, no pueda ser condenado.
Asimismo, propugn¨® que se except¨²e de la aplicaci¨®n de la ley la divulgaci¨®n de hechos "de inter¨¦s p¨²blico", junto a los de "inter¨¦s hist¨®rico, cient¨ªfico o cultural relevante", ya reconocidos. Estas propuestas fueron muy bien acogidas por el senador socialista Juan Gonz¨¢lez Bedoya, asistente al curso.
La informaci¨®n, prevalente
El debate se centr¨® sobre la configuraci¨®n de los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen como limitadores de la libertad de expresi¨®n y del derecho a la informaci¨®n, de acuerdo con lo que la Constituci¨®n establece en su art¨ªculo 20.4 y con lo que prev¨¦ la ley de 5 de mayo de 1982. Los abogados Mariano Mu?oz Bouzo e Ignacio Alvarez Buylla se mostraron a favor de la protecci¨®n que la ley hace del honor y la privacidad de las personas, como no traspasables por los periodistas. En cambio, los profesionales de la informaci¨®n defendieron, con distintos matices, la prevalencia de la libertad de expresi¨®n e informaci¨®n, por lo que propugnaron el cambio sustancial de la ley, para que no sea invocable -seg¨²n las conclusiones aprobadas- "contra las informaciones verdaderas y de inter¨¦s p¨²blico". En apoyo de esta tesis se esgrimi¨® la sentencia del Tribunal Constitucional de 17 de Julio de 1986, que desvirt¨²a la apariencia de que el derecho a la informaci¨®n resulte limitado por los derechos al honor, intimidad y propia imagen. En esa sentencia, el alto tribunal consider¨®, por el contrario, que a las libertades de expresi¨®n e informaci¨®n que garantizan la opini¨®n p¨²blica libre y requisito de la legitimidad democr¨¢tica, corresponde "una valoraci¨®n que trasciende a la que es com¨²n y propia de todos los derechos fundamentales".
Esta interpretaci¨®n no fue aceptada por todos los juristas asistentes al curso. Francisco Tuero, magistrado del Tribunal Supremo, afirm¨® que "el Tribunal Constitucional incurre en inconstitucionalidad". Por su parte, Rafael Estevez, magistrado excedente y en la actualidad consejero de administraci¨®n de RTVE, estim¨¦, que el car¨¢cter prevalente del derecho a la informaci¨®n s¨®lo se da cuando se comunican hechos de trascendencia p¨²blica, necesarios para la participaci¨®n ciudadana en la vida colectiva, pero no cuando se trata de saciar la mera curiosidad popular.
Dos personajes p¨²blicos asistentes al curso -los actores Sancho Gracia y ?lvaro de Luna, c¨¦lebres por su interpretaci¨®n en Curro Jim¨¦nez- se mostraron m¨¢s comprensivos con la curiosidad popular y menos pusil¨¢nimes que algunos juristas e informadores. Justificaron la persecuci¨®n a la que pudieran someterles los periodistas en funci¨®n de su popularidad. Relataron varias an¨¦cdotas sobre la manipulaci¨®n de su imagen para ser utilizada en relatos pornogr¨¢ficos, hechos que todos condenaron.
Periodismo de investigaci¨®n
En las conclusiones elaboradas por los informadores se considera la libertad de expresi¨®n e informaci¨®n como derecho prevalente frente al derecho al honor, intimidad y propia imagen. En defensa del derecho de los ciudadanos a la informaci¨®n se estima conveniente tambi¨¦n que "las empresas period¨ªsticas dediquen mayores medios econ¨®micos a mejorar la calidad de la informaci¨®n y a promover el periodismo de investigaci¨®n". Asimismo, se hace un llamamiento a los profesionales del periodismo, "en aras del rigor de la informaci¨®n y el respeto a los derechos individuales de los ciudadanos".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.