El Tribunal Constitucional niega la pensi¨®n de viudedad a los no casados
El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de amparo presentado por una mujer contra la sentencia del Tribunal Central de Trabajo que le neg¨® el derecho a obtener una pensi¨®n de viudedad despu¨¦s de convivir m¨¢s de 40 a?os con su compa?ero, con el que tuvo tres hijos.El alto tribunal considera que la actual legislaci¨®n sobre pensiones no viola el principio constitucional de igualdad, entre otras razones por entender que "el matrimonio y la convivencia en una relaci¨®n extramatrimomal no son situaciones equivalentes".
Desde sectores laboralistas se ha destacado que con esta actitud el Tribunal Constitucional avala la existencia de una discriminaci¨®n por raz¨®n del estado civil de las personas, con lo que se produce un retroceso en esta materia. En aplicaci¨®n de una disposici¨®n adicional de la ley de divorcio de 1981 se han venido concediendo pensiones de viudedad a personas que con anterioridad a la vigencia de dicha ley no tuvieron la oportunidad de divorciarse para contraer nuevo matrimonio.
El problema que, seg¨²n dichas fuentes, subsiste es el de la equiparaci¨®n, a efectos de la pensi¨®n de viudedad, de quienes no quisieron contraer matrimonio, aunque mantuvieron una relaci¨®n de hecho asimilable a la matrimonial. Otras fuentes jur¨ªdicas han explicado que el Tribunal Constitucional no quiere sustituir al Parlamento, que cumple la funci¨®n de legislador.
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