El Constitucional ampl¨ªa el derecho a int¨¦rprete de dos presos extranjeros
El Tribunal Constitucional ha suspendido la tramitaci¨®n de una causa judicial seguida contra dos extranjeros que se encuentran en prisi¨®n preventiva a la espera de juicio, hasta tanto el alto tribunal resuelva si ambos procesados tienen derecho a que se les nombre un int¨¦rprete para poder comunicarse con su abogado. El Tribunal Constitucional justifica la suspensi¨®n en el derecho de defensa invocado por los dos recurrentes de amparo contra la denegaci¨®n de int¨¦rprete por la Audiencia Provincial de Madrid.
Seg¨²n fuentes jur¨ªdicas, en caso de que la sentencia que resuelva ¨¦ste recurso de amparo confirme el criterio inicial del alto tribunal, se habr¨¢ dado un paso adelante en la interpretaci¨®n de la amplitud del derecho de defensa. Hasta el momento, la utilizaci¨®n de int¨¦rprete s¨®lo se contemplaba para las actuaciones ante los ¨®rganos judiciales o policiales, pero no para la comunicaci¨®n con el abogado, que algunos ¨®rganos jurisdiccionales estiman de car¨¢cter privado. Benaisa Abu Benyoncef y Mohamed Kroun se encuentran procesados por un presunto delito de robo con intimidaci¨®n. El 23 de marzo de 1987, la Secci¨®n Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid dio traslado de la causa al abogado de oficio para el tr¨¢mite de calificaci¨®n provisional. El letrado, Ricardo Gonz¨¢lez ?lvaro, solicit¨® que se nombrase un int¨¦rprete de lengua francesa, a fin de poder entrevistarse con los procesados y preparar la defensa para el juicio oral.
La Audiencia Provincial de Madrid no accedi¨® a la petici¨®n por entender que, seg¨²n la ley de Enjuiciamiento Criminal, "el nombramiento de int¨¦rprete s¨®lo procede en las declaraciones que procesados o testigos que no supieren el idioma espa?ol deban prestar ante los ¨®rganos jurisdiccionales, no pudi¨¦ndose extender a las conversaciones privadas entre los procesados y su letrado, a las que es ajeno el tribunal".
El letrado defensor solicit¨® entonces de la Comisi¨®n del Turno de Oficio del Colegio de Abogados de Madrid que se nombrara un int¨¦rprete para preparar la defensa de los procesados. La respuesta fue negativa. Formulado recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, el fiscal se opuso a la suspensi¨®n de la tramitaci¨®n de la causa, por estimar esta medida desproporcionada.
Suspendido el procedimiento
Sin embargo, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, que preside Gloria Begu¨¦ -vicepresidenta del alto tribunal-, ha acordado -suspender el procedimiento seguido contra los dos extranjeros hasta tanto resuelva sobre el fondo del recurso de amparo. En su resoluci¨®n, razona que, de no acordarse esta suspensi¨®n, podr¨ªa producirse un perjuicio que har¨ªa perder al recurso de amparo su finalidad. El alto tribunal se?ala que, en este caso, "el recurso se conecta con la garant¨ªa plena del derecho a la defensa en juicio de dos extranjeros a quienes-, tanto por la Audiencia como por el Colegio de Abogados, se les ha negado el nombramiento de int¨¦rprete que coadyuve con el abogado designado de oficio para elaborar la defensa previa a la celebraci¨®n del juicio oral". El m¨¢ximo int¨¦rprete de la Constituci¨®n resalta "la trascendencia" del nombramiento de int¨¦rprete para el ejercicio del derecho constitucional a la defensa por parte de los extranjeros, "independientemente de que en el acto del juicio oral se les haya de proveer de int¨¦rprete".
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