Justicia elabora un proyecto para despenalizar el accidente de tr¨¢fico leve
Desde finales del pasado mes de julio, el Ministerio de Justicia tiene en su poder un borrador para reformar el art¨ªculo 600 del C¨®digo Penal, que comportar¨ªa la despenalizaci¨®n del accidente de tr¨¢fico leve, seg¨²n medios jur¨ªdicos. Con esta modificaci¨®n se lograr¨ªan dos objetivos prioritarios: descongestionar los juzgados por la v¨ªa de sustraerles la competencia sobre este tipo de accidentes y adecuar la legislaci¨®n a la de los pa¨ªses de la Comunidad Europea (CE).
La existencia de este borrador ha sido confirmada oficiosamente por un portavoz del Ministerio de Justicia, quien asegura que desde hace tiempo existe por parte del Gobierno la voluntad pol¨ªtica de despenalizar el accidente de tr¨¢fico leve, aunque todav¨ªa no se han acabado de solucionar los problemas t¨¦cnicos que comportar¨ªa la medida. La reforma de este art¨ªculo del C¨®digo Penal conllevar¨ªa tambi¨¦n, paralelamente, la despenalizaci¨®n de los da?os producidos involuntariamente en las cosas, como por ejemplo los destrozos involuntarios en las viviendas de los vecinos o los perjuicios que puede causar la ca¨ªda de cualquier objeto desde un piso a la calle, siempre que sus repercusiones fueran de car¨¢cter leve.Esta reforma del C¨®digo Penal no significar¨¢ en sentido estricto una despenalizaci¨®n total del accidente de tr¨¢fico, seg¨²n el portavoz del ministerio. Se continuar¨¢n juzgando en los tribunales penales aquellas accidentes en los que se produzcan da?os en las personas o en los que se presuma una conducta dolosa por parte del conductor. En los dem¨¢s casos, las atribuciones sancionadoras, recaer¨¢n probablemente sobre los ayuntamientos o la Guardia Civil.
Las funciones que actualmente vienen realizando los tribunales penales, como establecer y controlar el pago de las indemnizaciones de los accidentados, las dirimir¨¢n las mismas compa?¨ªas aseguradoras a trav¨¦s de unos tribunales u organismos de conciliaci¨®n y arbitraje espec¨ªficos. La introducci¨®n en Espa?a del denominado "parte europeo", mediante el cual la compa?¨ªa aseguradora adelante el dinero de la indemnizaci¨®n a su asegurado accidentado mientras ella negocia con la parte contraria el abono de la compensaci¨®n econ¨®mica, podr¨ªa -en opini¨®n de los t¨¦cnicos- solucionar uno de los aspectos m¨¢s conflictivos de esta materia.
Sectores sociales, pol¨ªticos y profesionales han reivindicado en los ¨²ltimos a?os la despenalizaci¨®n del accidente leve de tr¨¢fico y la reforma del C¨®digo Penal en este punto.
La petici¨®n m¨¢s insistente ha sido la que han venido planteando la UNESPA, patronal del seguro, que engloba a la practica totalidad de compa?¨ªas aseguradoras de Espa?a. Fernando Ezquerra, uno de los responsables de la patronal del seguro, afirma que aproximadamente un 80% de las causas que se tramitan en los juzgados de distrito de las ciudades importantes son temas relativos a accidentes de tr¨¢fico, seg¨²n sus c¨¢lculos, y que una reforma del art¨ªculo 600 del C¨®digo Penal en el sentido de lo indicado significar¨ªa detraer del ¨¢mbito judicial el 60% de estos temas.
Sin embargo, se mostr¨® cr¨ªtico respecto a la forma en que se est¨¢ gestando la reforma. Tambi¨¦n se muestra cr¨ªtico el sector mayoritario de los abogados vinculados a las compa?¨ªas aseguradoras. Para estos profesionales, la actual instancia penal y el procedimiento de faltas es una f¨®rmula que garantiza la soluci¨®n de estos conflictos de una manera agil y sin excesivas dilaciones.
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