Espa?a no logra la extradici¨®n de Palaz¨®n desde Uruguay por problemas jur¨ªdicos
El ex diplom¨¢tico Francisco Javier Palaz¨®n, procesado por un supuesto delito de evasi¨®n de divisas, no podr¨¢ ser entregado a Espa?a por problemas jur¨ªdicos, asegur¨® a EL PA?S un alto funcionario del Ministerio de Asuntos Exteriores de Uruguay. Este diagn¨®stico coincide con un dictamen de la representaci¨®n diplom¨¢tica espa?ola en Montevideo, elaborado a petici¨®n de la Audiencia Nacional espa?ola, que se interes¨® por la posibilidad de lograr la extradici¨®n. Adem¨¢s, como Palaz¨®n dispone de residencia suiza, tiene cobertura legal en Uruguay, con independencia de las autoridades espa?olas.
ENVIADO ESPECIAL, Un dato importante para este caso es el hecho de que el tr¨¢fico de divisas no constituye delito en Uruguay, por ser zona de libre cambio. Adem¨¢s, el tratado de extradici¨®n actualmente vigente entre Espa?a y Uruguay no prev¨¦ la figura delictiva de evasi¨®n de divisas. Por ello, en opini¨®n de los expertos, es inviable que se acceda a una petici¨®n de extradici¨®n de Francisco Javier Palaz¨®n.Otro factor jur¨ªdico complementario es la propia din¨¢mica futura de lo que en Espa?a se califica como delito de evasi¨®n de divisas, que quedar¨¢ pr¨¢cticamente abolido el 1 de enero de 1992 cuando entre en vigor el Acta ¨²nica Europea, que coincidir¨¢ con el final del proceso de integraci¨®n de Espa?a en la Comunidad Europea.
Uruguay carece de datos oficiales fidedignos de tipo estad¨ªstico sobre los procedimientos de extradici¨®n, dada su peculiar estructura administrativa. El poder judicial es un cuerpo plenamente aut¨®nomo, dependiente de la Corte Suprema de Justicia, y no existe un Ministerio de Justicia similar al de otros pa¨ªses (el nuevo r¨¦gimen democr¨¢tico aboli¨® el departamento de Justicia). El ¨²nico registro oficial sobre extradiciones es el que posee el Ministerio de Asuntos Exteriores, pero se trata de un banco de datos incompleto y confuso. Los juristas coinciden en asegurar que este pa¨ªs es reacio a conceder extradiciones a no ser que se refieran a asuntos muy claros, sin ninguna complicaci¨®n legal, y que est¨¦n perfectamente fundamentados.
Las antecedentes
El ¨²ltimo caso de extradici¨®n planteado por Espa?a a Uruguay se produjo en 1983, cuando fue detenido en Montevideo un ciudadano, Jaume Grau, que hab¨ªa sido procesado en Barcelona por supuesta apropiaci¨®n indebida. Jaume Grau era directivo de la empresa Financing, vinculada al Banco de los Pirineos, y huy¨® de? pa¨ªs en 1982 junto con otros dos directivos de la compa?¨ªa.
Jaume Grau fue detenido el 26 de mayo de 1983, pocos d¨ªas despu¨¦s de que los Reyes visitaran Uruguay. La polic¨ªa le localiz¨® con facilidad, pues hab¨ªa dado de alta a su esposa y sus cuatro hijos en el consulado. Las autoridades uruguayas no ordenaron, sin embargo, la detenci¨®n de los otros dos huidos, a pesar de que conviv¨ªan con ¨¦l en un mismo chal¨¦ situado cerca de la playa de Carrasco, en Montevideo. Uruguay deneg¨® oficialmente la extradici¨®n d¨¦ este detenido, pero Grau decidi¨® regresar voluntariamente a Espa?a y ponerse en manos de la justicia. Luego fue juzgado y absuelto por la Audiencia de Barcelona.
El caso anterior al de Grau fue planteado contra Samuel Mateu en 1974. Mateu, natural de Balaguer (L¨¦rida), se encontraba reclamado por un delito de alzamiento de bienes. Los tribunales de Uruguay no concedieron la extradici¨®n, basados en el argumento de que se trataba de un delito que no estaba incluido en el convenio suscrito con Espa?a.
Hace pocos d¨ªas, el Gobierno espa?ol solicit¨® la extradici¨®n de Ricardo P¨¦rez Llobet, nacido en Uruguay, pero en la actualidad nacionalizado espa?ol. Se le acusa de haber inducido a una muchacha a lanzar vitriolo sobre el rostro de una azafata, en un suceso que acab¨® con la muerte de ¨¦sta.
El tratado de extradici¨®n vigente con Urugay data de 1885. Portavoces del Ministerio de Justicia consideran que este convenio deber¨ªa modificarse con la m¨¢xima urgencia. Sin embargo, las autoridades consulares aseguran que todav¨ªa constituye un instrumento eficaz.
Renovaci¨®n de papeles
Sea cual sea la modificaci¨®n que pudiera efectuarse sobre este convenio, todo indica que no podr¨¢ afectar a Palaz¨®n, seg¨²n las diversas fuentes jur¨ªdicas consultadas en Montevideo. Las razones por las que, al parecer, la Audiencia Nacional no ha solicitado la extradici¨®n del ex diplom¨¢tico radican en que nunca hasta ahora se ha tenido la certeza de que Palaz¨®n estuviera instalado en Uruguay y en las dudas jur¨ªdicas sobre el ¨¦xito que pudiera tener la demanda. De esta forma, ni la polic¨ªa uruguaya ni la Interpol han desarrollado ninguna actuaci¨®n sobre el pr¨®fugo.
Francisco Javier Palaz¨®n tiene residencia suiza, y esta condici¨®n le ha sido renovada recientemente, por lo que su situaci¨®n tiene cobertura legal en Montevideo. El ex diplom¨¢tico hab¨ªa sido c¨®nsul general de Espa?a en Ginebra, por lo que adquiri¨® la residencia en dicha ciudad, en 1983, antes de estallar el asunto judicial. Posteriormente, las autoridades suizas le renovaron los papeles, seg¨²n fuentes cercanas al interesado.
El ¨²nico procedimiento judicial susceptible de provocar la extradici¨®n del ex diplom¨¢tico espa?ol ser¨ªa el que se sigue contra ¨¦l por delitos monetarios en la Audiencia Nacional, pero la inexistencia del delito monetario en Uruguay y su residencia suiza le protegen.
Otra demanda que podr¨ªa haberle provocado problemas ha sido abandonada. Hace pocos meses, la banca Rotschild, de Suiza, decidi¨® retirar la querella que hab¨ªa presentado en 1985 contra Palaz¨®n, interpuesta por los supuestos delitos de falsedad, apropiaci¨®n indebida y estafa.
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