Un juez de M¨¢laga obliga a prorrogar el alquiler de varios apartamentos a un hotel
Veintitr¨¦s propietarios de apartamentos de las urbanizaciones Tamarindo II y III, de Torremolinos, construidas por Sofico, han recurrido ante la Audiencia Territorial de Granada la sentencia de juez n¨²mero 2 de M¨¢laga que les obliga a prorrogar el arrendamiento de sus viviendas con la cadena de hoteles Mallorquines Asociados, SA. Seg¨²n el abogado de los propietarios, Ildefonso Arenas, ¨¦stos desean recuperar los apartamentos -ahora explotados como hotel- liquidando una supuesta deuda con la cadena hotelera.
El caso se remonta al a?o 1974, cuando Sofico fue declarada en quiebra. Los edificios Tamarindo II y III, que hab¨ªan sido vendidos sobre plano, quedaron a medio terminar. La comunidad de propietarios decidi¨® entonces llegar a un acuerdo con Hoteles Mallorquines por el que ced¨ªan los casi 400 apartamentos en arrendamiento durante seis a?os a cambio de la terminaci¨®n de las obras. La valoraci¨®n que se hizo entonces de las obras a realizar ascend¨ªa a 47 millones de pesetas. Cuando termin¨® el arrendandamiento, se revis¨® la deuda, y se estim¨® que ¨¦sta ascend¨ªa a 230 millones de pesetas, por lo que se hizo un nuevo contrato de seis a?os.Finalizado el nuevo periodo, el 30 de octubre de 1986, los propietarios consideran saldada la deuda y pretenden recuperar los apartamentos. El 18 de julio de 1987 se celebra u?a junta extraordinaria, en la que el presidente de la comunidad de propietarios, el ciudadano alem¨¢n Rolf Hanno, somete a aprobaci¨®n una nueva renovaci¨®n del contrato, alegando, seg¨²n el abogado, que a¨²n no se ha terminado de pagar la deuda, que se vuelve a estimar en unos 300 millones de pesetas. Los 23 propietarios que ¨¦l representa se oponen y votan en contra, pero se aprueba por mayor¨ªa.
Sin poderes
Ildefonso Arenas - asegur¨® que el contrato se hab¨ªa renovado ya antes de someterlo a la aprobaci¨®n de la junta. Asimismo, explic¨® que en ning¨²n momento el presidente de la comunidad ha mostrado los poderes por los que dice tener la representaci¨®n de un 50% de los propietarios, con lo que consigue la aprobaci¨®n con mayor¨ªa, y a?adi¨® que tampoco ha mostrado nunca la contabilidad con la que se pretende que la deuda a¨²n persiste.Arenas calific¨® la sentencia del juez Jos¨¦ Garc¨ªas Martos, titular del juzgado de Primera Instancia n¨²mero 2 de M¨¢laga, de sorprendente, ya que, en su opini¨®n, el nuevo contrato de arrendamiento ten¨ªa que haber sido aprobado por unanimidad, al afectar a la propiedad y a la posesi¨®n, por lo que consider¨® que el acuerdo de la junta extraordinaria fue nulo. El juez, en su sentencia ha estimado que la existencia de una comisi¨®n negociadora para concertar los contratos de arrendamiento nunca vincula a los propietarios.
"Esta comisi¨®n", a?adi¨®, "fue creada en 1974 para establecer el primer contrato. En la actualidad est¨¢ s¨®lo formada por cuatro extranjeros, aparte de Hanno, que tienen relaciones de negocios con ¨¦ste". Seg¨²n explic¨® los propietarios espa?oles se fueron saliendo de ella porque no se consideraban representados sus intereses. Arenas consider¨® que una comisi¨®n negociadora no es vinculante, "sobre todo si negocia antes de conocer los deseos de sus representados".
Los propietarios que ¨¦l representa, la mayor¨ªa espa?oles y algunos portugueses, quieren recuperar los apartamentos para su uso y abonar la deuda si se demuestra que existe.
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