El lucro privado de la fe p¨²blica
Hacer un asiento en el registro de la propiedad -inscribir por primera vez un inmueble, realizar una anotaci¨®n, cancelar una inscripci¨®n, efectuar una nota marginal- u obtener una informaci¨®n -en forma de certificaci¨®n, nota simple o mera exhibici¨®n de libros registrales- cuesta dinero al contribuyente. El ciudadano que acude a inscribir un piso o a informarse de las cargas que pesan sobre una finca desconoce que el dinero que entrega en el registro por ese servicio p¨²blico no revierte al Estado, sino que va al peculio privado del registrador y sus empleados, en una proporci¨®n del 60% al 65% para el primero y del 40% o 35% restante para los segundos.Seg¨²n c¨¢lculos de toda solvencia, ning¨²n registrador obtiene unos rendimientos limpios mensuales inferiores a las 700.000 pesetas, cantidad que en algunos casos se eleva a varios millones de pesetas, lo que permite hallar una media aproximada de un mill¨®n de pesetas al mes. Fuentes jur¨ªdicas ofrecen el dato de registradores como los de Granadilla de Abona (Tenerife), La Bisbal (Gerona) o Marbella (M¨¢laga), que ganan m¨¢s de cuatro millones de pesetas al mes. La palma se la lleva precisamente el registrador de Palma de Mallorca, con m¨¢s de cinco millones mensuales.
Esta situaci¨®n no fue siempre as¨ª. Algunos profesionales del Derecho de edad avanzada clonservan la imagen de aquellas primeras generaciones de registradores de finales del siglo XIX y principio del actual, integradas por hombres cargados de sabidur¨ªa en una rama cr¨ªptica del Derecho como el Hipotecario.De la 'congrua' al 'boom'
Aquellos registros de una sociedad preindustrial o casi rural apenas daban para el sustento econ¨®mico de su titular y deb¨ªan ser subvencionados mediante la denominada congrua, pero, no obstante, eran atendidos celosamente. En aquel contexto, la percepci¨®n de remuneraciones mediante arancel no resultaba en absoluto escandalosa. La propiedad inmueble inscrita no pasaba del 5% y apenas exist¨ªa tr¨¢fico inmobiliario. Las pocas hipotecas que se constitu¨ªan eran por r¨¦stamos entre particulares. Y los derechos que acced¨ªan al registro eran los propios de una sociedad agfaria -censos, servidumbres prediales, foros- sin apenas valor econ¨®mico.
Este panorama no se parece en casi nada al negocio actual de los registros de la propiedad, que han experimentado una formidable expansi¨®n durante la etapa franquista y en los 12 a?os democr¨¢ticos. A partir de los planes de desarrollo de finales de los a?os 50 y principio de los 60, el boom econ¨®mico producido con el despegue del sector industrial y de servicios se tradujo en un incremento espectacular del tr¨¢fico inmobiliario, de obvia repercusi¨®n en los registros de la propiedad.
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