Los m¨¦dicos de la polic¨ªa dicen que carecen de "credibilidad" para reconocer a los detenidos
Los m¨¦dicos de la polic¨ªa no quieren efectuar reconocimientos a los detenidos en las comisar¨ªas, ya que en casos de malos tratos sus declaraciones no son tenidas en cuenta judicial ni socialmente en la misma medida que las de los profesionales independientes, precisamente por raz¨®n de su pertenencia al citado cuerpo". ?sta es una de las conclusiones suscritas por el Grupo de Trabajo de Asistencia a Detenidos, perteneciente al colectivo de m¨¦dicos de la polic¨ªa.
Las conclusiones fueron aprobadas en una jornada de trabajo, promovida por el subdirector general de la Polic¨ªa, Alfonso Calv¨¦, que se celebr¨® en el pasado mes de febrero. "Los reconocimientos que se vienen efectuando no cumplen la finalidad perseguida de detectar malos tratos con eventuales lesiones", afirma una de esas conclusiones.Seg¨²n manifest¨® a EL PA?S uno de los participantes, el reconocimiento m¨¦dico "no debe ser realizado por nosotros, ya que no tenemos ni la independencia ni la credibilidad necesaria, al ser funcionarios policiales y, por tanto, sujetos a la disciplina de la autoridad policial correspondiente".
En coherencia con estas conclusiones, el mencionado grupo de trabajo solicit¨® de la Direcci¨®n General de la Polic¨ªa que se realizasen gestiones para que "los m¨¦dicos forenses asuman de hecho las competencias que les atribuye la ley en materia de reconocimiento m¨¦dico a detenidos".
Esta petici¨®n coincide con el an¨¢lisis hecho p¨²blico en las mismas fechas por la Asociaci¨®n Pro Defensa de la Salud P¨²blica, el Grupo Vasco de M¨¦dicos contra la Tortura y la asociaci¨®n Salhaketa sobre la inexistencia de "las m¨ªnimas condiciones de confianza" para que los detenidos sean reconocidos por los m¨¦dicos de la polic¨ªa o de la Guardia Civil.
Contradicen a Barrionuevo
Una de las conclusiones del grupo de trabajo antes citado contradice los criterios del ministro del Interior, Jos¨¦ Barrionuevo, quien en respuesta al informe de Amnist¨ªa Internacional de 1983 se?al¨® que la instrucci¨®n dada por su departamento sobre la obligaci¨®n de efectuar reconocimientos m¨¦dicos es "garant¨ªa de la integridad f¨ªsica del detenido". Los m¨¦dicos de la polic¨ªa se?alan en una de sus conclusiones que tal instrucci¨®n contraviene lo establecido en el art¨ªculo 18.1 de la Constituci¨®n, y a?aden que "los reconocimientos efectuados contra la voluntad del detenido son ilegales", por vulnerar dicho art¨ªculo, que garantiza, entre otros, el derecho "a la intimidad personal" y "a la propia imagen".El reconocimiento m¨¦dico es un derecho del detenido y como tal "solamente deber¨ªa practicarse cuando el detenido, al serle le¨ªdos sus derechos, manifieste su deseo de ser reconocido", afirma el grupo de trabajo. Cuando el reconocimiento se efect¨²e a petici¨®n de un funcionario de polic¨ªa, s¨®lo deber¨ªa realizarse "si el detenido consiente en ello".
En tanto no se consiga que los m¨¦dicos forenses asuman de hecho las competencias que les atribuye la ley en materia de reconocimiento a detenidos, "parece aceptable que los m¨¦dicos del Cuerpo Nacional de Polic¨ªa sigan desempe?ando transitoriamente tal funci¨®n", a?ade el grupo de trabajo citado, pero de manera que sus actuaciones "tuvieran la calidad de, peritos y no la de testigos".
Menos de cien m¨¦dicos
Los m¨¦dicos de la polic¨ªa son funcionarios del Cuerpo Nacional y su n¨²mero es inferior, al centenar en toda Espa?a. Esa circunstancia contribuye a que las ¨®rdenes del Ministerio del Interior, para que todo detenido sea reconocido al ingresar en dependencias policiales, se cumplan de manera "irregular" seg¨²n reconoce un alto cargo de la Polic¨ªa. ?sta prevista la contrataci¨®n de facultativos ajenos al cuerpo, aunque a¨²n no se ha tomado la decisi¨®n definitiva ni existe dotaci¨®n presupuestaria para ello.Los forenses, por el contrario, son profesionales que dependen del Ministerio de Justicia y est¨¢n adscritos a juzgados y tribunales. Al margen de los ¨®rganos judiciales, dichos m¨¦dicos s¨®lo prestan servicios en centros bajo responsabilidad judicial, como el Instituto Anat¨®mico Forense o el Centro de Toxicolog¨ªa y An¨¢lisis. No hay forenses, por tanto, en las comisar¨ªas de Polic¨ªa. El reconocimiento de los detenidos por los m¨¦dicos forenses se produce, entonces, a partir del momento en que aquellos pasan a disposici¨®n judicial.
La reforma de la legislaci¨®n antiterrorista, cuya derogaci¨®n fue aprobada ayer por el Congreso de los Diputados, ha introducido cambios en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para reforzar las facultades de los jueces en la protecci¨®n de las garant¨ªas de los detenidos. Transcurridas 72 horas desde la detenci¨®n, la eventual prolongaci¨®n de este plazo debe ser autorizada expresamente por el juez, que puede ordenar de inmediato la intervenci¨®n de un forense.
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