El Gobierno decidir¨¢ los principales ascensos y destinos militares al margen de la antig¨¹edad en el escalaf¨®n
Los ascensos de los militares a los empleos m¨¢s elevados se realizar¨¢n por "elecci¨®n" o "selecci¨®n", mientras los principales destinos en las Fuerzas Armadas ser¨¢n decididos por "libre designaci¨®n" o "por concurso de m¨¦ritos". El factor "antig¨¹edad", en contra de lo que ocurre ahora, jugar¨¢ un papel poco decisivo en ambos casos. Los ascensos m¨¢s importantes en los tres tipos de escalas que habr¨¢ en los ej¨¦rcitos y los destinos de mayor relieve ser¨¢n decididos, en ¨²ltimo caso, por el ministro de Defensa o por el Gobierno.
La Ley de la Funci¨®n Militar, que ser¨¢ remitida por el Gobierno a las Cortes en septiembre u octubre pr¨®ximos, prev¨¦ unos cambios fundamentales con respecto a los cl¨¢sicos sistemas de ascensos y concesi¨®n de destinos que han estado vigentes en Espa?a en las ¨²ltimas d¨¦cadas. En ambos terrenos, la antig¨¹edad o n¨²mero obtenido en el escalaf¨®n al concluir los estudios en la correspondiente academia militar marcaba de manera definitiva la carrera profesional de los militares.S¨®lo en los ¨²ltimos a?os, el Gobierno introdujo algunas variantes, de manera que era el Ejecutivo, por ejemplo, el que controlaba los ascensos al generalato al margen de la antig¨¹edad. A partir de la aprobaci¨®n de la ley, los sistemas para la promoci¨®n profesional deber¨¢n estar basados en la val¨ªa y m¨¦ritos de los aspirantes, y los elegidos subir¨¢n puestos en el escalaf¨®n correspondiente.
Las diferentes escalas existentes en los ej¨¦rcitos han sido divididas en tres grandes grupos: Escalas Superiores (sus miembros pueden alcanzar los m¨¢ximos empleos), Escalas Medias -t¨¦cnicas, por ejemplo- (sus integrantes podr¨¢n llegar hasta teniente coronel) y Escalas B¨¢sicas (o de suboficiales, cuyo empleo m¨¢ximo ser¨¢ el de Suboficial Mayor).
El historial iridividual del militar ser¨¢ el factor determinante de la carrera. Ese historial estar¨¢ basado en las hojas de servicio (cursos hechos, destinos, ascensos, medallas o, t¨ªtulos ... ), informes personales (realizados anualmente por los jefes directos), expediente acad¨¦mico (calificaciones de cursos civiles o militares) y espediente psicofisico (resultados de reconocimientos y pruebas que deben ser superadas).
Ministro o Gobierno
A la hora de decidir los ascensos, los sistemas a emplear ser¨¢n los de "selecci¨®n", "elecci¨®n" o "antig¨¹edad". Los empleos m¨¢ximos en cada escala -general en la superior, teniente coronel en la media y suboficial mayor en la b¨¢sica- se decidir¨¢n por "elecci¨®n" y siempre ser¨¢ el ministro de Defensa o el Gobierno el que tenga la ¨²ltima palabra. Los empleos inmediatamente inferiores en cada escala -coronel y teniente coronel en la superior, comandante en la media y subteniente en la b¨¢sica- ser¨¢n decididos por "selecci¨®n", atendiendo a los m¨¦ritos adquiridos por los aspirantes, una vez clasificados. S¨®lo en el resto de ascensos, primar¨¢ la antig¨¹edad.
En cuanto a los destinos, ser¨¢n clasificados, de acuerdo con su importancia o responsabilidad, en destinos "de libre designaci¨®n", "de concurso de m¨¦ritos" y "de provisi¨®n de vacantes". Los destinos de generales siempre ser¨¢n por libre designaci¨®n, como ocurre ahora. En la actualidad, sin embargo, la antig¨¹edad es factor fundamental a la hora de decidir otros destinos. Con la nueva ley, la libre designaci¨®n o el concurso de m¨¦ritos ser¨¢n determinantes para decidir los destinos de coronel, teniente coronel y suboficial mayor.
Pese a que los principales ascensos y destinos ser¨¢n decididos por las autoridades civiles, en todos los procesos habr¨¢ intervenci¨®n de alg¨²n ¨®rgano militar y, adem¨¢s, existir¨¢n mecanismos para que la decisi¨®n ¨²ltima est¨¦ basada en criterios objetivos. As¨ª, el ascenso a subfoficial mayor deber¨¢ estar basado en evaluaciones -listas con aptos y no aptos para el ascenso- y clasificaciones -listas con el orden de preferencia para el ascenso- de una junta especial, cuyos documentos ser¨¢n informados por el correspondiente consejo superior del ej¨¦rcito y, a propuesta del jefe del ej¨¦rcito, ser¨¢ el ministro el que apruebe la clasificaci¨®n definitiva
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