Moscoso ordena a los fiscales que promuevan la libertad de los enajenados mentales
El fiscal general del Estado, Javier Moscoso, ha ordenado a todos los fiscales que eviten la permanencia en establecimientos psiqui¨¢tricos penitenciarios de "personas que pudieran reintegrarse a la sociedad". Moscoso recuerda que "existen todav¨ªa internamientos de larga duraci¨®n que no est¨¢n justificados actualmente", y ordena que insten ante los jueces el cumplimiento de la norma que prev¨¦ la sustituci¨®n del internamiento por el tratamiento ambulatorio.
Mediante una instrucci¨®n dirigida el pasado 14 de diciembre a todos los fiscales jefes, el fiscal general del Estado reitera la vigencia del art¨ªculo 8.1 del C¨®digo Penal, que establece que podr¨¢ sustituirse el internamiento psiqui¨¢trico ordenado para los enajenados condenados.Seg¨²n fuentes de la Fiscal¨ªa General del Estado, son numerosos los casos de personas internadas inadecuadamente y que no pueden salir de los establecimientos psiqui¨¢tricos penitenciarios por falta de la oportuna orden judicial y, en ocasiones, por la oposici¨®n tambi¨¦n de los fiscales. En palabras de Moscoso, de acuerdo con la relaci¨®n de personas internadas que cada seis meses remiten las distintas fiscal¨ªas, no se cumple el mencionado precepto citando el internamiento psiqui¨¢trico se prolonga indefinidamente, sin respetar las garant¨ªas legales.
Moscoso insiste en la necesidad de que los fiscales hagan un especial seguimiento, "mediante la apertura de fichas individuales, de las personas ingresadas en los establecimientos psiqui¨¢tricos penitenciarios por causas tramitadas en el territorio de cada fiscal¨ªa, con el fin", explica, "de evitar la permanencia en esos establecimientos de personas que pudieran reintegrarse a la sociedad", seg¨²n lo dispuesto en el propio C¨®digo Penal.
Dos a?os despu¨¦s
El fiscal del Estado remite a lo fiscales una sentencia del Tribunal Constitucional de 8 de junio de 1988, que reconoci¨® el derecho de una mujer a no ser privada de su libertad por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que, contra el criterio de los facultativos, mantuvo su internamiento.En aquel caso, que se remonta a 1977, una acusada de homicidio frustrado fue absuelta por concurrir la eximente de enajenaci¨®n mental e internada en el hospital Psiqui¨¢trico de Tenerife. M¨²ltiples informes m¨¦dicos emitidos dos a?os despu¨¦s reiteraron la normalidad ps¨ªquica, carencia de peligrosidad y necesidad de reincorporaci¨®n de la interna a la vida familiar con medicaci¨®n ambulatoria. Sin embargo, en 1987 prosegu¨ªa su internamiento, por la oposici¨®n del fiscal a la concesi¨®n de libertad.
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