El Estado deber¨¢ pagar 20 millones de indemnizaci¨®n a un ni?o herido por ETA
El Estado deber¨¢ pagar una indemnizaci¨®n superior a los 20 millones de pesetas al ni?o Alberto Mu?agorri, quien perdi¨® una pierna al estallarle una bomba colocada por ETA en Renter¨ªa en 1982, cuando ten¨ªa 10 a?os, seg¨²n una setencia dictada por el Tribunal Supremo. La sentencia declara la responsabilidad del Estado "al no haberse adoptado, por parte de los servicios policiales, las medidas cautelares que las circunstancias exigieron", seg¨²n ?lvaro Navajas, abogado de la familia del ni?o.
La Sala Quinta del Supremo ha estimado el recurso interpuesto por los familiares del ni?o y fijado en un total de 20.620.320 pesetas la indemnizaci¨®n que deber¨¢ pagar la Administraci¨®n como resarcimiento por los da?os corporales causados por integrantes de bandas armadas, as¨ª como por funcionamiento anormal de los servicios p¨²blicos.El atentado motiv¨® una demanda de la familia de Alberto ante la Audiencia Nacional, cuya sentencia fue recurrida ante el Tribunal Supremo, que ahora ha estimado el recurso.
Los hechos se remontan al 26 de junio de 1982, cuando Alberto Mu?agorri, entonces de 10 a?os, golpe¨® con el pie una mochila que se encontraba en las proximidades de la oficina de Iberduero en Renter¨ªa, provocando el estallido del explosivo que conten¨ªa. La colocaci¨®n de la bomba fue asumida por ETA.
A causa de la explosi¨®n, el ni?o perdi¨® la pierna izquierda y el ojo derecho, adem¨¢s de sufrir p¨¦rdida de visi¨®n en el ojo izquierdo y otras lesiones en todo el cuerpo. Alberto tuvo que someterse a cuatro operaciones quir¨²rgicas y en septiembre de 1987 segu¨ªa padeciendo problemas psicol¨®gicos.
La sentencia se?ala que "en la noche del 25 al 26 de junio de 1982 fue observada la presencia de una mochila de aspecto sospechoso ante las oficinas de Iberduero, en el centro de Renter¨ªa, por lo que fue avisada la Polic¨ªa Municipal de esas localidad, que acordon¨® la zona". Ante la sospecha de que se tratase de un artefacto explosivo, la Guardia Urbana avis¨® a la Polic¨ªa Nacional y vigil¨® el lugar hasta la madrugada, abandon¨¢ndolo despu¨¦s "al no haberse constituido en el lugar los servicios de desactivaci¨®n de la Polic¨ªa estatal, a pesar de haberse insistido en su reclamaci¨®n".
El Supremo estima que "no cabe duda" que las lesiones del ni?o "se produjeron con ocasi¨®n de la actuaci¨®n de bandas armadas y, a la vez, ha quedado patente que las Fuerzas de Seguridad del Estado, que eran las que ten¨ªan a su alcance los medios t¨¦cnicos para la prevenci¨®n de los delitos descritos, no actuaron como les era norrnalmente exigible", a pesar de que se les alert¨®.
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