Hacienda reclama una deuda tributaria a La Caixa de 8.295 millones de pesetas
![Andreu Miss¨¦](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2F688b5330-4cda-458a-b022-71ef6e1f9545.png?auth=e64bcdfae2887c55681a1ad0bd09595bfedaf839019b608f0f2b8a51612e8726&width=100&height=100&smart=true)
La deuda tributaria que Hacienda reclama a La Caixa por no practicar las retenciones que considera adecuadas en pensiones vitalicias asciende a 8.295 millones de pesetas, seg¨²n fuentes de la Secretar¨ªa de Estado de Econom¨ªa y Hacienda. Esta cuant¨ªa es el total de los cinco expedientes resueltos por el Tribunal Econ¨®mico Administrativo Central (TEAC) e incluye las cantidades que estaban pendientes de determinar en una informaci¨®n anterior.
Seg¨²n la Secretar¨ªa de Estado, "La Caixa lanz¨® al mercado, en su d¨ªa, un producto financiero que instrumentaba a trav¨¦s de una libreta llamada PTI (Pensi¨®n Temporal Inmediata) que, en realidad, era un conjunto de tres contratos de seguro que permit¨ªan garantizar al impositor la devoluci¨®n de lo aportado a La Caixa, tanto si sobreviv¨ªa al plazo contratado como si fallec¨ªa (se le devolv¨ªa a sus herederos), y, adem¨¢s, obten¨ªa una renta por la imposici¨®n efectuada".La Inspecci¨®n de Hacienda consider¨® que el resultado final de la combinaci¨®n de las tres operaciones de seguro citadas era el mismo que el de una imposici¨®n a plazo y, en consecuencia, el rendimiento que deb¨ªa ser objeto de retenci¨®n era el importe ¨ªntegro percibido por el cliente, sin deducci¨®n alguna por amortizaci¨®n de capital, por lo que se practicaron varias liquidaciones.
La entidad de ahorro interpuso las correspondientes reclamaciones ante el Tribunal Econ¨®mico Administrativo Provincial de Barcelona y, posteriormente, recurri¨® en alzada ante el TEAC, el cual desestim¨® recientemente las alegaciones formuladas por La Caixa. Seg¨²n el TEAC, no debe aplicarse el r¨¦gimen tributario de rentas temporales o vitalicias, sino el de cualquier otra renta de capital mobiliario y, en consecuencia, no procede deducir cantidad alguna en concepto de amortizaci¨®n de capital. Sin embargo, fuentes de Hacienda han precisado que "el Tribunal Central no estima que exista infracci¨®n tributaria en la conducta de La Caixa, puesto que la controversia planteada responde a dudas interpretativas razonables".
Fuentes de La Caixa se?alaron que la entidad plante¨® una consulta vinculante a la Direcci¨®n General de Tributos, que ¨¦sta resolvi¨® favorablemente a la entidad de ahorro al admitir que se trataba de operaciones de seguro que La Caixa pod¨ªa continuar realizando siempre que lo comunicase a sus clientes o las contabil¨ªzase de forma separada en sus balances. No obstante, el Tribunal no apreci¨® esta resoluci¨®n por haberse formulado la consulta vinculante cuando ya hab¨ªan comenzado las actuaciones de la Inspecci¨®n de Tributos.
Por otra parte, el TEAC ha retirado las sanciones interpuestas al considerar que no se hab¨ªa producido ninguna omisi¨®n, ya que La Caixa hab¨ªa actuado con absoluta transparencia.
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