La Audiencia Nacional condena a 1.588 a?os de c¨¢rcel a los autores del atentado contra Hipercor
La Audiencia Nacional conden¨® ayer a penas que suman 1.588 a?os de c¨¢rcel a Domingo Troiti?o y Josefina Mercedes Ernaga, miembros del comando Barcelona de ETA, que el 19 de junio de 1987 hicieron estallar una potente bomba en los almacenes Hipercor, causando la muerte de 21 personas y lesiones a otras 45, adem¨¢s de cuantiosos da?os materiales. El tribunal ha considerado que los hechos constituyen delitos de asesinatos, lesiones y estragos, y ha se?alado que los etarras actuaron "con frialdad de ¨¢nimo".
La pena para cada uno de los dos etarras -794 a?os- es la mayor jam¨¢s impuesta a un activista de la banda armada. Troiti?o y Ernaga han sido condenados como autor material y autora por cooperadora necesaria de los diversos delitos de asesinatos, respectivamente, pero a pesar de la elevada condena impuesta no pasar¨¢n m¨¢s de 30 a?os en prisi¨®n, el m¨¢ximo previsto en la legislaci¨®n espa?ola. Ninguno de los dos terroristas podr¨¢ volver a Barcelona durante los seis a?os siguientes a partir de la fecha en que cumplan su condena.La sentencia no menciona al tercer miembro del comando, Rafael Caride, acusado de ser la persona que estacion¨® el coche bomba en el aparcamiento de Hipercor, ni a Santiago Arr¨®spide, Santi Potros, considerado como el dirigente de ETA que orden¨® la acci¨®n.
Los magistrados consideran que la utilizaci¨®n de 200 litros de una sustancia incendiaria que se adhiere a los cuerpos sin que se pueda desprender ni apagar determina que las muertes causadas se califiquen de asesinatos. El artefacto era de enorme potencia y fue utilizado con la finalidad de matar, seg¨²n la sentencia.
Los terroristas, a?ade el fallo, asumieron "las m¨²ltiples v¨ªctimas que podr¨ªan producirse". "La previsi¨®n de muertes, era perfectamente clara, habida cuenta del medio empleado, absolutamente apto para producir este resultado. Todo ello", agrega la sentencia, "coincide con criterios l¨®gicos, perfectamente asumidos por la opini¨®n general, consistente en que si no se hubiera querido el resultado letal, no se hubiera utilizado el explosivo".
"Los autores del crimen", puntualiza el texto, "no pueden excluir su responsabilidad con una pretendida voluntad de no desear las muertes que se hubieran producido".
Desalojo
Respecto a la excusa esgrimida por los acusados de que no se' desaloj¨® el edificio, el tribunal se?ala que el supuesto de la no evacuaci¨®n no es nada excepcional y que los integrantes del comando hab¨ªan aceptado al colocar el explosivo el resultado que se produjo. Los magistrados agregan que la voluntad de matar de los etarras era clara, ya que si se hubieran desalojado los almacenes, se hubiera producido la muerte de los artificieros, previsiblemente, se hubieran quedado dentro.
El tribunal ha considerado pertinente hacer uso de la facultad de elevar las penas de los delitos a su grado m¨¢ximo debido a la acusada brutalidad de la acci¨®n. "El peligro", dice la sentencia, "se produjo en forma potencial, adem¨¢s de la real dem¨²ltiples muertos y heridos, porque el incendio pretendido, podr¨ªa haber provocado una cat¨¢strofe de todav¨ªa m¨¢s pavorosas proporciones, si hubiera alcanzado la planta textil, en la que exist¨ªan gran cantidad de materiales inflamables. Este riesgo podr¨ªa haber ocasionado centenares de v¨ªctimas por quemaduras y asfixia e incluso la propagaci¨®n a otros edificios".
En el cap¨ªtulo de hechos probados se destaca que el atentado se produjo dento de una campa?a de terror emprendida por ETA en Catalu?a que caus¨® dram¨¢ticos resultados.
Tambi¨¦n est¨¢ probado que el artefacto fue confeccionado a base de amonal, gasolina, escamas de jab¨®n y pegamento en un piso de Casteldefels. La mezcla fue introducida en bidones que fueron situados en la parte posterior de un coche robado. Troitiflo y el tercer miembro del comando estacionaron el veh¨ªculo en la primera planta de aparcamiento, y despu¨¦s de hacer tres llamadas de aviso de bomba al propio Hipercor, un diario local, y a la guardia urbana, huyeron al piso donde les esperaba Emaga. El explosivo fue activado mediante un temporizador a las 16.10 horas.
La sentencia condena adem¨¢s a Troiti?o y Ernaga a indemnizar con m¨¢s de mil millones a los herederos de los fallecidos y a los lesionados. Por cada v¨ªctima mortal se ha fijado una indemnizaci¨®n de 25 millones de pesetas. Hipercor deber¨¢ ser resarcida con 293 millones.
[El ministro de Justicia, Enrique M¨²gica, consider¨® ayer en C¨®rdoba que la sentencia dictada era la adecuada", informa la agencia Efe.]
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