Defensa asegura que dar¨¢ cobertura contra accidentes a quienes se incorporen al servicio militar en 1990
Los 230.309 j¨®venes que iniciar¨¢n el servicio militar en 1990 tendr¨¢n por vez primera un completo sistema de cobertura asistencial para caso de accidente, seg¨²n el subsecretario de Defensa, Gustavo Su¨¢rez Pertierra. Los destinos de los 215.589 mozos de reclutamiento forzoso (14.720 corresponden a voluntariado normal y milicias universitarias) se sortean hoy en Sevilla. La mili de la quinta del 90 durar¨¢ un a?o, pues la reducci¨®n de tres meses se iniciar¨¢ en 1991.
El Ministerio de Defensa y el de Econom¨ªa y Hacienda tienen ya ultimado un decreto que prev¨¦ el pago de pensiones e indemnizaciones a los j¨®venes que resulten lesionados en accidentes "de car¨¢cter militar", durante la realizaci¨®n del servicio en filas, as¨ª como a los familiares de quienes fallezcan o desaparezcan en dichos accidentes.La intenci¨®n de Defensa es que este decreto, al que actualmente se dan los ¨²ltimos retoques antes de que pase a dictamen del Consejo de Estado, sea aprobado por el Gobierno en una de sus ¨²ltimas reuniones de este a?o. Aunque la tramitaci¨®n impidiera su entrada en vigor para el 1 de enero de 1990, una cla¨²sula permitir¨¢ aplicarlo, con car¨¢cter retroactivo, a los accidentes ocurridos a partir de esa fecha e incluso a los expedientes iniciados desde el 1 de enero de 1985.
Este decreto, seg¨²n el subsecretario del Ministerio, Gustavo Su¨¢rez Pertierra, ser¨¢ la primera medida adoptada por Defensa en desarrollo de la ley Reguladora del R¨¦gimen del Personal Militar Profesional, cuya entrada en vigor se producir¨¢ el primer d¨ªa del ano pr¨®ximo. La disposici¨®n adicional 14? de la citada ley, introducida como enmienda por el Grupo Socialista del Senado, recoge el derecho a pensi¨®n de los j¨®venes que se inutilicen para todo tipo de trabajo durante el servicio militar, o de los familiares de quienes fallezcan o desaparezcan, "siempre que sea en acto de servicio o como consecuencia del mismo". La misma disposici¨®n extiende el derecho a percibir pensi¨®n o indemnizaci¨®n a quienes sufran Iesiones permanentes no invalidantes o no determinantes de inutilidad absoluta para todo trabajo".
Vac¨ªo desde 1985
La novedad de la enmienda socialista radicaba en ampliar el derecho a pensi¨®n o indemnizaci¨®n, a quienes sufran una lesi¨®n no invalidante para todo trabajo, pues tanto la muerte como la inutilidad absoluta ven¨ªan ya recogidas, por la ley de Clases Pasivas. Hasta el 1 de enero de 1985, los lesionados en el servicio militar pod¨ªan incorporarse al Cuerpo de Mutilados, y as¨ª lo hicieron 169 j¨®venes en 1983 y 163 m¨¢s en 1984. Sin embargo, a partir de esa fecha desparecieron tanto esta posibilidad, como el derecho a una indemnizaci¨®n de 100.000 pesetas y una ayuda de 10.000 pesetas por fallecimiento.Defensa podr¨ªa haber regulado s¨®lo las nuevas ayudas, pero ha preferido agrupar en un ¨²nico decreto todas las pensiones e indemnizaciones derivadas de las lesiones o muertes que se produzcan como consecuencia del servicio militar, fijando el derecho a percibir unas u otras y la cuant¨ªa de las mismas. Figurar¨¢ en una tabla espec¨ªfica que se negocia con Hacienda, en funci¨®n del grado de incapacidad.
Seg¨²n Su¨¢rez Pertierra, "no es que exista ahora un problema de desprotecci¨®n, sino que resulta muy dificil que funcionen en la pr¨¢ctica elementos de protecci¨®n que pertenecen a diferentes reg¨ªmenes de una manera correcta". Uno de los objetivos del decreto es, precisamnete, "agilizar los procedimientos de concesi¨®n" de las ayudas, reduciendo el n¨²mero de documentos exigidos.
La aplicaci¨®n del nuevo sistema a. los expedientes iniciados a partir del 1 de enero de 1985 pretende paliar el vac¨ªo legal que existe desde que se suprimieron el ingreso en el Cuerpo de Mutilados y las indemnizaciones.
Fuentes de Defensa cifran en unos 500 los casos que podr¨ªan beneficiarse de la aplicaci¨®n retroactiva del decreto. Sin embargo, en una respuesta parlamentaria fechada en julio de 1988, el Ministerio limitaba a 18 el n¨²mero de expedientes por inutilidad f¨ªsica que se estaban tramitando.
400 millones
El decreto de pensiones e indemnizaciones no dar¨¢, sin embargo, cobertura a las v¨ªctimas de accidentes ocurridos durante el servicio militar cuya causa no est¨¦ directamente relacionada con el mismo, que son mayor¨ªa, seg¨²n los datos de Defensa. Para hacer frente a estas situaciones, el departamento prev¨¦ la contrataci¨®n de un p¨®liza de seguros que garantice determinadas ayudas en caso de muertes o lesiones fuera. de acto de servicio.La contrataci¨®n de la p¨®liza no se llevar¨¢ a cabo hasta despu¨¦s de la aprobaci¨®n del decreto, pero Defensa pretende que sus beneficios se apliquen a todo accidente que tenga lugar a partir del pr¨®ximo 1 de enero. Desde hace dos ejercicios el Ministerio cuenta en sus presupuestos con una partida de 400 millones de pesetas destinada a este fin y ya ha iniciado conversaciones con la Direcci¨®n General de SDeguros para su puesta en pr¨¢ctica.
La existencia de dos clases de cobertura, una para accidentes de car¨¢cter militar, con cargo al sistema de clases pasivas del Estado, y otra para accidentes de car¨¢cter no militar, mediante la contrataci¨®n de una p¨®liza de seguros, obligar¨¢ a determinar con mayor precisi¨®n la causa de los siniestros. Su¨¢rez Pertierra reconoce que "uno de los temas t¨¦cnicos que hay que matizar todav¨ªa" es si el accidente sufrido por un soldado en el desplazamiento del domicilio al cuartel se considera o no de car¨¢cter militar.
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