Seis meses de prisi¨®n para tres de los acusados por las transfusiones con SIDA en Bellvitge
La Audiencia de Barcelona ha condenado a penas de seis meses de prisi¨®n y siete de arresto al ex director m¨¦dico del hospital de Bellvitge (Barcelona) Josep, Mar¨ªa Capdevila y a Carme Ferran, jefa de hematolog¨ªa del centro, por las transfusiones de sangre con SIDA realizadas entre octubre de 1986 y febrero de 1987. La pena impuesta al ex gerente Fortunato Fr¨ªas es de seis meses de prisi¨®n y dos de arresto. El Instituto Catal¨¢n de la Salud (ICS) -equivalente auton¨®mico del Insalud- ha sido condenado a pagar una indemnizaci¨®n de 10 millones de pesetas a cada uno de los dos afectados y otra de 15 millones si desarrollan la enfermedad. ?sta es la primera sentencia en Espa?a por un error m¨¦dico de este tipo.
La sentencia, dictada por la Secci¨®n Novena de lo Penal, absuelve a los facultativos Antoni Rubi¨® y Roberto Ram¨®n Sans, ambos adscritos al banco de sangre de Bellvitge. Por el contrario, la sentencia mantiene las mismas tres acusaciones formuladas por el fiscal Jos¨¦ Mar¨ªa Mena contra los otros tres procesados: un delito de despacho de medicamentos deteriorados, otro de despacho de medicamentos sin cumplir las formalidades reglamentarias, y el de imprudencia temeraria con resultado de lesiones.El fallo no admite la reclamaci¨®n de indemnizaci¨®n para un tercer afectado, que es portador del virus del SIDA tras recibir una transfusi¨®n de sangre en Bellvitge antes de octubre de 1986, fecha en que la Generalitat dict¨® una orden que obligaba a practicar las pruebas de detecci¨®n del virus en la sangre de los donantes.
M¨¢s de 6.000 donaciones
El tribunal considera que Capdevila, Fr¨ªas y Ferran tienen responsabilidad directa en que Bellvitge no practicase las pruebas de detecci¨®n del SIDA en las 6.226 donaciones que recibi¨® el hospital entre noviembre de 1986 y el 26 de febrero de 1987, una vez ya hab¨ªa entrado en vigor la orden de la Generalitat. La falta de control provoc¨® que se realizaran 2.284 transfusiones de sangre sin el control preceptivo.
La sentencia, cuyo ponente ha sido la presindenta del tribunal, Margarita Robles, recoge las tesis del fiscal del caso, Jos¨¦ Mar¨ªa Mena, de que la sangre es un medicamento, consideraci¨®n imprescindible para poder condenar a los acusados. As¨ª, el tribunal hace referencia a las distintas definiciones m¨¦dicocient¨ªficas de medicamento y concluye que ¨¦ste "no puede ser interpretado desde un estricto punto de vista farmacol¨®gico, sino en funci¨®n del bien jur¨ªdico que se pretende proteger".
Los magistrados se han acogido a las definiciones que hacen los diccionarios de la palabra medicamento, a la que identifican con "los agentes o substancias simples o compuestas que se administran al exterior o interior con fines terape¨²ticos". Por ello, el tribunal entiende que "la sangre, en cuanto a objeto de transfusi¨®n cuyo fin curativo o terape¨²tico es evidente, debe reputarse medicamento".
La sentencia afirma que el ex gerente del centro, Fortunato Fr¨ªas, ten¨ªa conocimiento de la orden de la Generalitat y de su incumplimiento. "No realiz¨® [Fr¨ªas] ninguna de las medidas tendentes a evitar que se transfundiera la sangre sin practicar los oportunos tests". Como ejemplo, la sentencia relata que el ex gerente fue a donar sangre al banco del hospital, en noviembre de 1986, y que all¨ª le comentaron que no se efectuaban los an¨¢lisis preceptivos.
La responsabilidad del ex director m¨¦dico, Josep Maria Capdevila, est¨¢ demostrada, seg¨²n la sentencia, ya que paraliz¨® el expediente de compra de los reactivos necesarios para la prueba del SIDA. El 6 de noviembre de 1986, el jefe de suministros present¨® al ex director m¨¦dico el expediente de los reactivos para su aprobaci¨®n y "el se?or Capdevila, sin dar ninguna explicaci¨®n, dijo: ¨¦ste no ", precisa la sentencia.
La responsable del servicio de Hematolog¨ªa del centro, Carme Ferran, ha sido condenada por no haber- evitado que el banco de sangre siguiera admitiendo donaciones y administrando transfusiones sin la prueba del SIDA. "Sin necesidad de cerrar el banco de sangre del hospital, hubiera podido remitirse la sangre a otros centros para la pr¨¢ctica de las oportunas pruebas serol¨®gicas, lo que no hizo la doctora Ferran a pesar del conocimiento del peligro", se?ala el fallo.
El tribunal se?ala que se ha ce?ido, estrictamente, a enjuiciar la actuaci¨®n de los acusados en las irregularidades. ?sta precisi¨®n responde a las cr¨ªticas vertidas a lo largo del juicio por jefes de servicio de Bellvitge contra el ex director m¨¦dico. "No se est¨¢ haciendo", dice el fallo, "un juicio global a la actuaci¨®n del se?or Capdevila como director m¨¦dico del hospital, sino todo lo contrario". 'Ta direcci¨®n de un hospital como Bellvitge fue en l¨ªneas generales perfectamente llevada por Jos¨¦ Maria Capdevila, aunque es cierto que pudieran existir discrepancias entre ¨¦l y otras personas que prestaban servicios en el centro", a?ade.
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