Renfe, condenada a pagar 12 millones de pesetas por la muerte de un ni?o en el barrio de Canillas
Un juez de distrito ha condenado a Renfe a pagar 12 millones de pesetas a la familia del ni?o Ricardo Naude Hurtado, muerto el 28 de agosto de 1987, a los ocho a?os de edad, al ser atropellado por un tren que circulaba a gran velocidad, aunque por debajo de lo permitido. El juez consider¨® que, dado que en ese tramo de la v¨ªa, en curva, hab¨ªa poca visibilidad, el maquinista deb¨ªa haber circulado con mayor precauci¨®n.
Los hechos ocurrieron el pasado 28 de agosto. Ricardo Naude y varios ni?os m¨¢s de su edad, se encontraban jugando en un tramo la v¨ªa que discurre cerca del domicilio familiar, en la calle Zipaquir¨¢, 10, en el barrio de Canillas. A unos 150 o 200 metros de donde jugaban los ni?os, la v¨ªa hace una curva pronunciada, por lo que el maquinista que conduc¨ªa el tren no ten¨ªa visibilidad.Cuando el tren apareci¨®, a 110 kil¨®metros por hora, seg¨²n consta en la sentencia judicial, todos los ni?os, menos Ricardo Naude, se apercibieron de la llegada del convoy y se apartaron. El ni?o no tuvo tiempo de hacer lo mismo y, aunque el maquinista fren¨®, no pudo evitar el atropello mortal.
Los ni?os accedieron a la v¨ªa por un camino de tierra que discurre entre dos f¨¢bricas. El camino, como denunciaron los familiares de la v¨ªctima y la asociaci¨®n de vecinos del barrio, no conduc¨ªa a ninguna parte, puesto que estaba interrumpido por la v¨ªa. Sin embargo, la v¨ªa no contaba con valla de protecci¨®n en ese punto, circunstancia que fue el argumento central de la familia en su demanda contra Renfe.
A su vez, la compa?¨ªa present¨® un documento en el juzgado en el que hac¨ªa constar los datos del accidente (d¨ªa y hora, itinerario del tren, clase de accidente y causa del mismo ... ). En dicho documento, Renfe responsabiliza al ni?o de la tragedia.
La sentencia del juzgado de distrito n¨²mero 14, fechada el 16 de noviembre, considera probado que "en el lugar de autos existen diferentes unidades escolares, con pasos viciosos que acceden a la v¨ªa, sin que existiera medida de seguridad alguna que impidiera el acceso por donde entraron los menores".
Car¨¢cter sagrado
La sentencia considera probado que, aunque el tren circulaba a menor velocidad que la permitida, que es de 120 kil¨®metros horas, pero a?ade que el maquinista, Juan Rivero Ord¨®?ez, sab¨ªa perfectamente, por haber hecho viajes anteriores, que la curva por la que circulaba a esa velocidad no ten¨ªa visibilidad, por lo que no sab¨ªa qu¨¦ pod¨ªa encontrarse al otro lado. La sentencia a?ade que el tren no dispone de un sistema de frenado que garantice la seguridad del convoy ante un posible evento, incluso de los propios pasajeros del mismo". De hecho, el maquinista no pudo frenar por completo hasta recorrer una distancia de 400 metros.En definitiva, el juez considera que el tren no pod¨ªa ir a tal velocidad, aunque estuviera dentro de lo permitido, al atravesar una zona urbana, llena de colegios, y tener por delante una curva sin visibilidad alguna a su salida. Lo contrario, dice la sentencia, "ser¨ªa tanto como atribuir un car¨¢cter absolutamente sagrado a la v¨ªa del tren, prescindiendo absolutamente de cualquier tipo de principio de seguridad y de protecci¨®n civil".
En base a estos argumentos, el juez condena al conductor a una multa de 10.000 pesetas, m¨¢s los costes del proceso, y a Renfe, como responsable civil subsidiario, a abonar a la familia la cantidad de 12 millones de pesetas.
La direcci¨®n de Renfe no quiso decir ayer si pensaba recurrir la sentencia. Un portavoz de la compa?¨ªa afirm¨® que a¨²n no la hab¨ªan recibido la notificaci¨®n. La familia tampoco quiso hacer valoraciones sobre los hechos: "Pusimos la denuncia para evitar que sucedan casos similares. La vida de nuestro hijo no se puede calcular en dinero", afirm¨® la madre.
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