Las SAL no tienen que cargar con las deudas de las empresas a las que sustituyen
El defensor del pueblo, Alvaro Gil-Robles, ha emitido una recomendaci¨®n en la que establece que no hay sucesi¨®n entre las sociedades an¨®nimas laborales (SAL) creadas por los trabajadores y las empresas en crisis a las que sustituyen. Comisiones Obreras afirma que, siguiendo esa recomendaci¨®n, las SAL no tendr¨ªan por qu¨¦ cargar con las deudas de las empresas anteriores.
El Defensor del Pueblo expone que los trabajadores de esas SAL tienen derecho a las prestaciones del Fondo de Garant¨ªa Salarial. "Desde este an¨¢lisis [expuesto anteriormente por el Defensor]", afirma el dictamen, "tan acreedores son los trabajadores que deciden, con posterioridad a la declaraci¨®n de su deuda, constituir una nueva empresa utilizando para ello los bienes del anterior empresario, como aquellos trabajadores que opten por otras alternativas".S¨®lo en Catalu?a hay unos 1.000 trabajadores en esa situaci¨®n, que cobrar¨ªan del Fogasa unos 5.000 millones de pesetas, seg¨²n el presidente de la Federaci¨®n de SAL catalanas, Armand Vilaplana.
Armand Vilaplana se?al¨® que la Administraci¨®n "tendr¨¢ que modificar su pol¨ªtica, ya que hab¨ªa dado por supuesto que las SAL se hac¨ªan cargo de todas las deudas de las empresas anteriores. Hasta ahora, el Ministerio de Trabajo trataba de cobrar a las SAL las deudas de las empresas anteriores con la Seguridad Social".
Por su parte, el secretario de Pol¨ªtica Institucional de CC OO en Catalu?a, Joan Coscuviela, afirm¨® que las SAL "podr¨¢n operar a partir de ahora con mayor tranquilidad, al quitarse de encima la amenaza de deudas pasadas".
Dos sentencias de la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a, referentes a sendos procesos iniciados por CC OO, coinciden tambi¨¦n en que no hay sucesi¨®n entre la empresa en crisis y la SAL subsiguiente. Una de ellas estima: "Cuando el adquirente es una sociedad an¨®nima laboral, a la que algunos trabajadores aportan el importe capitalizado de sus respectivas prestaciones por desempleo junto con sus cr¨¦ditos, para obtener una posible viabilidad de tal actividad ( ... ) indudablemente quiebra la idea de la sucesi¨®n empresarial". El conflicto entre las SAL y el Fogasa empez¨® en 1987.
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