El pleno del Constitucional asume la resoluci¨®n de los recursos por la anulaci¨®n de elecciones legislativas
El pleno del Tribunal Constitucional acord¨® ayer asumir el conocimiento de los seis recursos de amparo de cuya resoluci¨®n depende, entre otras cosas, que el PSOE obtenga o pierda definitivamente la mayor¨ªa absoluta en el Congreso de los Diputados surgido de las elecciones del pasado 29 de octubre. El alto tribunal, a propuesta de su presidente, Francisco Tom¨¢s y Valiente, estima conveniente que participen los 12 magistrados que lo integran, y no s¨®lo los seis que forman la sala primera, en la resoluci¨®n de unos recursos que, entre otros aspectos, impugnan la decisi¨®n de tribunales superiores de justicia de celebrar nuevas elecciones en Murcia, Pontevedra y Melilla.
, El acuerdo se produjo en aplicaci¨®n del art¨ªculo 10 de la ley org¨¢nica del Tribunal Constitucional, seg¨²n el cual, entre los asuntos de los que conoce el pleno figuran aquellos que, "siendo competencia del Tribunal, recabe para s¨ª el pleno, a propuesta del presidente o de tres magistrados".Frente a las informaciones que vinculan esta propuesta a la supuesta divisi¨®n existente entre los seis magistrados de la Sala Primera sobre los recursos por resolver, fuentes del alto tribunal negaron tal divisi¨®n y la consideraron "imposible, ya que no se ha comenzado a deliberar sobre el fondo de los recursos". Seg¨²n tales fuentes, en la reuni¨®n celebrada el lunes pasado por la Sala Primera del tribunal -que preside Tom¨¢s y Valiente y de la que tambi¨¦n forman parte Fernando Garc¨ªa-Mon, Carlos de la Vega, Jes¨²s Leguina, Luis L¨®pez Guerra y Vicente Gimeno Sendra-, ni siquiera figuraba en el orden del d¨ªa el estudio de los recursos".
Sin embargo, en esa reuni¨®n se conoci¨® la decisi¨®n del presidente de hacer uso del derecho de proponer al pleno que recabara el conocimiento sobre los recursos de amparo, que habitualmente son resueltos por las salas, a diferencia de los recursos y cuestiones de institucionalidad y los conflictos de competencia que son conocidos siempre por el pleno.
Tras recabar el conocimiento de los recursos de amparo, el pleno del tribunal acept¨® ayer la personaci¨®n en los mismos de nuevas partes. As¨ª, en el recurso del PSOE contra las sentencias de los tribunales superiores de Murcia, Galicia y Andaluc¨ªa que anularon las elecciones en Murcia, Pontevedra y Melilla, respectivamente, se ha aceptado la personaci¨®n de Izquierda Unida, el Partido Popular y el CDS. En el formulado por el CDS sobre la anulaci¨®n de las elecciones en Murcia y Pontevedra se ha acepta do la personaci¨®n del PSOE.
Otro de los seis recursos presentados es el del PP, sobre la elecci¨®n al Senado en ?vila, en la que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n adjudic¨® el esca?o a un candi dato del CDS.
Sentencia en febrero
Seg¨²n c¨¢lculos efectuados en medios jur¨ªdicos, la sentencia que resuelva los recursos de amparo se conocer¨¢ en febrero. La decisi¨®n sobre la suspensi¨®n de las sentencias impugnadas se producir¨¢ probablemente dentro de este mes, va que el pleno concedi¨® ayer tres d¨ªas a las nuevas partes personadas para que aleguen lo que estimen procedente sobre la suspensi¨®n, que podr¨ªa quedar acordada o rechazada por el pleno la semana pr¨®xima. Fuentes oficiosas del alto tribunal hicieron ver que la importancia de la suspensi¨®n de las sentencias decrece en la misma propoci¨®n que se acelera la resoluci¨®n definitiva, mediante sentencia, de la controversia electoral, ya que si tal decisi¨®n se produce antes de que acabe el plazo para la convocatoria de elecciones parciales fijado en las sentencias impugnadas, la suspensi¨®n o no de ¨¦stas carecer¨¢ de trascendencia pr¨¢ctica.
La suspensi¨®n de las sentencias judiciales contra las que se pide el amparo s¨®lo est¨¢ prevista en la ley para aquellos casos en que "la ejecuci¨®n hubiere de ocasionar un perjuicio que har¨ªa perder al amparo su finalidad".
El pleno del Tribunal Constitucional concedi¨® ayer 10 d¨ªas a todas las partes personadas para que, a la vista de las actuaciones, formulen alegaciones sobre el fondo de los recursos. Asimismo les pidi¨® que dentro de ese mismo per¨ªodo de 10 d¨ªas se pronuncien sobre la procedencia o no de acumular los distintos recursos de amparo. Fuentes jur¨ªdicas se?alaron la conveniencia de esta acumulaci¨®n, a fin de que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre el conjunto de problemas resueltos por los tribunales superiores de justicia con criterios a veces contrapuestos y sentar doctrina constitucional en materia electoral.
Nuevas sentencias
Tales fuentes recordaron, no obstante, que la resoluci¨®n de los recursos de amparo tiene como finalidad preservar o restablecer derechos fundamentales violados, y que debe abstenerse el Tribunal Constitucional "de cualquier otra consideraci¨®n sobre la actuaci¨®n de los ¨®rganos jurisdiccionales".
Seg¨²n la ley org¨¢nica del alto tribunal, la sentencia que otorgue el amparo podr¨¢ declarar la nulidad de la decisi¨®n judicial que haya impedido el pleno ejercicio de los derechos o libertades protegidos, pero no puede suplir la actividad judicial en materia electoral, por lo que en caso de anular la resoluci¨®n impugnada lo m¨¢s probable es que exija que los tribunales superiores dicten nuevas sentencias, en las que tendr¨¢n que sujetarse a las doctrina constitucional establecida por "el m¨¢ximo int¨¦rprete" de la Carta Magna.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.