Acuerdo en el convenio de construcci¨®n, con un aumento del 6%, m¨¢s un 2,5%, por productividad
Los sindicatos UGT y CC OO y la patronal de construcci¨®n, CNC, han alcanzado un acuerdo en el convenio general del sector que recoge un incremento salarial sobre tablas del 8,5%. De esa subida, el 2,5% corresponde al alto incremento de productividad que el sector ha tenido en 1989 y que prev¨¦ tener en 1990. La cl¨¢usula de revisi¨®n garantiza una mejora dos puntos superior a la inflaci¨®n real.
Los incrementos salariales que se aplicar¨¢n este a?o en la construcci¨®n se han pactado calculando el incremento de productividad de 1989, para lo cual se ha valorado el crecimiento del sector, los 90.000 empleos creados y otros par¨¢metros que dan una subida del 13%. Las previsiones indican que a lo largo de 1990 la productividad tendr¨¢ una evoluci¨®n similar.Con ello, empresarios y sindicatos cumplen las directrices dadas por sus c¨²pulas respectivas En el caso de la patronal, la junta directiva de CEOE acord¨® recomendar a sus organizaciones incrementos que permitan mantener el poder adquisitivo de lo trabajadores y, para ello, la cifra indicada con car¨¢cter general e el 6%, subida que puede ser superior cuando se vincule a aumentos de la productividad.
Tambi¨¦n UGT y Comisiones Obreras aplican sus propias re soluciones, ya que ambos sindicatos han establecido en una plataforma unitaria para la negociaci¨®n colectiva de este a?o reclamar subidas salariales en torno al 9%.
Con este convenio general se iguala la estructura de las percepciones econ¨®micas para todas las provincias y subsectores, de forma que el salario base debe alcanzar entre el 65% y el 75% de los emolumentos; los pluses extrasalariales, el 10%; y el plus de convenio, el resto. En este cap¨ªtulo se aconseja que se pueden volver a utilizar los complementos por calidad del trabajo y por puesto de trabajo.
El acuerdo logrado por la patronal de construcci¨®n y los dos sindicatos mayoritarios en el sector afecta a algo m¨¢s de un mill¨®n de trabajadores. Se empez¨® a negociar en el pasado mes de septiembre y hoy tendr¨¢ lugar la firma formal por parte de los secretarios generales de las federaciones de construcci¨®n de CC OO, UGT y CNC. Es el primero que se suscribe este a?o con car¨¢cter sectorial y abre pr¨¢cticamente la negociaci¨®n colectiva de 1990 que estaba estancada con la ¨²nica excepci¨®n de convenios aislados de empresas.
Contrato fijo por obra
En el pacto general de la construcci¨®n se regula el contrato fijo por obra, de forma que esta figura podr¨¢ aplicarse por un total de tres a?os aunque el trabajador desempe?e su tarea en distintos centros de trabajo siempre que est¨¦n en la misma provincia. El cese de la relaci¨®n laboral se aplicar¨¢ cuando el cierre no sea imputable al empresario.El resto de modalidades de contrataci¨®n se mantiene, aunque se recomienda a las empresas y sectores provinciales que apliquen fundamentalmente el contrato fijo por obra, y no se ha pactado ning¨²n tipo de control sindical de los contratos.
La jornada laboral anual queda fijada en 1.800 horas, frente a las 1.808 de media que ha habido durante el pasado ejercicio. Ese total de horas de trabajo puede tener una distribuci¨®n variable a lo largo del ejercicio, seg¨²n las condiciones climatol¨®gicas de cada zona particular. En formaci¨®n profesional y seguridad e higiene, sindicatos y empresarios han acordado crear dos comisiones paritarias que han de marcar las condiciones generales que deben regir en el sector.
Para la negociaci¨®n provincial, el convenio general del sector reserva la discusi¨®n de los puntos del art¨ªculo 18 del acuerdo marco firmado el pasado a?o y que son, entre otros, los per¨ªodos de prueba, la clasificaci¨®n, la ordenaci¨®n del trabajo, las vacaciones anuales y la formaci¨®n profesional.
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