El Supremo condena a un teniente por las torturas de dos subordinados suyos
El Tribunal Supremo ha condenado a un teniente del servicio de informaci¨®n de la Guardia Civil a seis meses de c¨¢rcel como autor de un delito de torturas por permitir en 1980 que dos subordinados suyos torturaran en Bilbao a Josu Torre Altonaga. Asimismo, el Supremo, frente al criterio de la Audiencia de Bilbao, niega que el asesinato de seis guardias civiles antes del interrogatorio a Torre sirva de atenuante a los torturadores.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Bilbao de 20 de julio de 1987, ahora anulada, conden¨® al cabo primero Jos¨¦ V¨¢zquez Dom¨ªnguez y al guardia segundo Lucio de Sosa Robledo, como autores de los delitos de torturas y amenazas, a cinco meses y dos d¨ªas de arresto y seis a?os de inhabilitaci¨®n. Al teniente Jos¨¦ Velasco Ciudad le impuso igual pena inhabilitaci¨®n, por no haber perseguido los delitos cometidos por sus subordinados, pero no le conden¨® por torturas, en las que no particip¨®.La Sala Segunda del Tribunal Supremo, en una sentencia de la que ha sido ponente su presidente, Enrique Ruiz Vadillo, estima el recurso de casaci¨®n de Torre y condena al teniente Velasco como autor responsable del delito de torturas a seis meses de c¨¢rcel y seis a?os de inhabilitaci¨®n. La sala aplica el art¨ªculo 204 bis del C¨®digo Penal, cuando establece que las penas por torturas se impondr¨¢n tambi¨¦n "a la autoridad o funcionario que, faltando a los deberes de su cargo, permitiese que otras personas ejecuten" las torturas.
Consentimiento
Aznar anuncia el lanzamiento de una contraofensiva pol¨ªtica
Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar, presidente nacional del Partido Popular, lanzar¨¢ una contraofensiva pol¨ªtica a partir del pr¨®ximo lunes, una vez que la junta directiva nacional del PP -m¨¢ximo ¨®rgano del partido entre congresos- haya debatido sobre el origen y las consecuencias del caso Naseiro. En el curso de la cena con todo el Grupo Parlamentario Popular, Aznar defendi¨® el pasado mi¨¦rcoles que "resistir es vencer" y pidi¨® serenidad a todo el partido para llevar a cabo una "defensa s¨®lida que permita despu¨¦s lanzar un buen contraataque".La sala acepta el razonamiento de Jos¨¦ Esteban Armentia, letrado de Torre Altunaga, y considera que Velasco incurri¨® en tortura, "dada su condici¨®n relevante y su intervenci¨®n, m¨¢s o menos directa o indirecta, pero con su consentimiento, en los hechos realizados por quienes le estaban subordinados, que conoci¨® en su iniciaci¨®n, desarrollo y final".
En cuanto a la atenuante de "arrebato, obcecaci¨®n u otro estado pasional", como consecuencia de que poco antes de la detenci¨®n de Torre Altunaga fueron asesinados seis guardias civiles en Lequeitio (Vizcaya) y que el inicio de los interrogatorios coincidi¨® con los funerales por las v¨ªctimas en el acuartelamiento de La Salve, el Supremo declara incorrecta su aplicaci¨®n por la Audiencia de Bilbao. La sala declara que "sin desconocer ni dejar de valorar el significado y trascendencia de las dram¨¢ticas circunstancias inmediatamente precedentes y contempor¨¢neas que se viv¨ªan, no pueden funcionar ¨¦stas", asegura, "como circunstancias de atenuaci¨®n".
La sentencia del Supremo se?ala que "el ejercicio de determinadas funciones p¨²blicas y en grado especialmente relevante las de las Fuerzas de Seguridad del Estado, obliga ( ... ) a un comportamiento riguroso de las normas por las que los institutos que las componen se rigen". La sala recuerda que la Constituci¨®n les atribuye "la misi¨®n de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y de garantizar la seguridad ciudadana, principio esencial que al mismo tiempo que dota de especial relieve a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, les impone un comportamiento tambi¨¦n especial respecto a la dignidad, libertad y seguridad de las personas".
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