A prop¨®sito del IRPF
Aun a riesgo de parecer reiterativo (son ya muchos a?os insistiendo en lo mismo), y a pesar de las declaraciones (tambi¨¦n reiteradas) de los representantes de la Administraci¨®n, tengo la convicci¨®n de que no existe una voluntad pol¨ªtica de combatir el fraude fiscal. Las normas que se han ido publicando sucesivamente (entre las que destacan la modificaci¨®n en 1985 de la Ley General Tributaria y la Disposici¨®n Adicional Cuarta de la Ley de Tasas y Precios P¨²blicos) considero han tratado ¨²nicamente de incrementar la recaudaci¨®n, nunca prevenir, perseguir y sancionar el fraude fiscal. Sirvan de ejemplo la pretensi¨®n (felizmente modificada a posteriori) de sancionar por igual el retraso de un d¨ªa en el ingreso de una declaraci¨®n y la no presentaci¨®n de la misma, el hecho de atender para sancionar a la disposici¨®n econ¨®mica de? sancionado (si ello es correcto, y as¨ª parece entenderlo el Tribunal Constitucional, sorprende que no se incluya la posici¨®n econ¨®mica como circunstancia agravante en toda tipificaci¨®n de conducta susceptible de sanci¨®n; as¨ª, por ejemplo, como sugiere un amigo y compa?ero, deber¨ªa imponerse mayor sanci¨®n al propietario de un Mercedes que al de un Seat 600) y, c¨®mo no, la evidencia de que en toda Delegaci¨®n de Hacienda que se precie se informe, de manera m¨¢s o menos directa, de los baremos aplicables para fijar un valor a declarar que, aun siendo inferior al precio efectivamente satisfecho, permita evitar el riesgo de que se incoen expedientes al amparo de la temida Disposici¨®n Adicional Cuarta de la Ley de Tasas y Precios P¨²blicos. Un ejemplo m¨¢s: la pasividad durante muchos a?os de la Administraci¨®n, y su generosa colaboraci¨®n con, entre otros instrumentos, los pagar¨¦s del Tesoro, permite y permitir¨¢ a muchas personas que vienen defraudando sistem¨¢ticamente ponerse al d¨ªa con un coste m¨ªnimo al tributar tan s¨®lo sobre los rendimientos del capital ocultado en su d¨ªa y que, por el transcurso de los plazos de prescripci¨®n, no podr¨¢n ser, a su vez, objeto de gravamen. ?Podr¨ªa decirnos el Ministerio de Hacienda cu¨¢nto piensa recaudar realmente en el aireado tema de las primas ¨²nicas? ?Cree realmente que someter¨¢ a tributaci¨®n la totalidad de las cifras que ha facilitado a la prensa? ?Cu¨¢ntos de esos contribuyentes no le demostrar¨¢n que han transcurrido m¨¢s de cinco a?os desde que generaron el grueso de los fondos descubiertos?Pura demagogia
El no afrontar con rigor y seriedad estos problemas es pura demagogia. ?Tiene la seguridad el Ministerio de Hacienda de que los propios funcionarios adscritos al servicio de inspecci¨®n declaran correctamente la totalidad de sus transacciones? La transmutaci¨®n que sufren muchos de esos funcionarios al abandonar la Administraci¨®n y pasarse al sector privado, defendiendo ahora lo que antes dec¨ªan rechazar, ?tiene lugar de manera autom¨¢tica y repentina al solicitar la excedencia?, ?d¨®nde estaba el error: en la normativa presuntamente aplicable, o en las personas encargadas de velar por su aplicaci¨®n? A un nivel m¨¢s cotidiano: ?Habr¨¢ alg¨²n lector que no tenga un amigo funcionario que le diga: "Eso no te molestes en declararlo..."?
Desde otro punto de vista: ?Disponen los verdaderos funcionarios de los medios precisos para realizar su trabajo? ?Existe una voluntad de apoyo a sus iniciativas, a las propuestas de soluci¨®n de problemas que detectan en el d¨ªa a d¨ªa de su actividad?
Personalmente soy un convencido de que si todo el mundo declarase correctamente, los que declaramos la totalidad de nuestros ingresos pagar¨ªamos menos impuestos, por cuanto la tarifa progresiva, que ahora nos abruma, deber¨ªa reducirse al privar a nuestros gobernantes de su m¨¢s socorrido leit-motiv: la tarifa es alta porque no se declara todo.
Desde ese convencimiento, y en la creencia de que el impuesto debe cumplir una funci¨®n verdaderamente redistributiva, al estar al servicio de otros principios no exclusivamente recaudatorios, me permito exponer algunas sugerencias.
1. Desde 1982 aproximadamente, y desde estas p¨¢ginas, hemos propugnado el establecimiento de un turno de oficio en los colegios con titulaci¨®n adecuada (economistas, abogados, etc¨¦tera) para asistir,- gratuitamente o con un coste simb¨®lico, a los contribuyentes que hoy acuden indefensos a su cita con la inspecci¨®n (los que saben y pueden defenderse ya se encargan de acudir y utilizar los medios adecuados). Ello posibilitar¨ªa que los esfuerzos de la inspecci¨®n, en aras de una estricta relaci¨®n coste-beneficio, se concentrasen all¨ª donde la ocultaci¨®n fuera mayor y no se acudiese al f¨¢cil recurso de recaudar, obteniendo una m¨®dica cantidad de todos y cada uno de los indefensos ciudadanos que se sientan frente a la inspecci¨®n presos de un at¨¢vico temor reverencial impensable en un verdadero Estado de derecho.
2. Tambi¨¦n desde esa fecha, y tambi¨¦n desde estas p¨¢ginas, solicit¨¢bamos una deducci¨®n en la. cuota por el pago de alquileres (tema hoy recobrado), siempre que se acreditasen los datos del arrendador o se aportase copia del contrato de arrendamiento. No persegu¨ªamos ninguna actuaci¨®n de tipo econ¨®mico en el sector de la vivienda (aun cuando se producir¨ªa una cierta aproximaci¨®n en el tratamiento fiscal de la vivienda adquirida y alquilada), sino obtener los datos precisos para que se investigase una de las bolsas tradicionales de fraude inmobiliario, objetivo que por s¨ª solo justificar¨ªa tal medida.
Limitar las exenciones
3. Limitaci¨®n de la exenci¨®n por reinversi¨®n en la enajenaci¨®n de la vivienda habitual. Entiendo que no debe primarse una cadena sin fin de transmisiones en pos de una vivienda cada vez m¨¢s suntuaria, sino establecer un l¨ªmite que podr¨ªamos considerar como el coste de una vivienda digna, a la que toda persona tiene derecho (recordemos que antes de la liberalizaci¨®n total ahora existente, el l¨ªmite eran 31 millones de pesetas en n¨²meros redondos, que alguien debi¨® considerar insuficiente). Por exceder del prop¨®sito de estas l¨ªneas, no entro a comentar el absurdo, y creo que injusto, tratamiento que se da en nuestro ordenamiento a las plusval¨ªas y que podr¨ªa ser la otra cara de la moneda.
4. Coherentemente con el extremo anterior, la deducci¨®n por inversi¨®n en vivienda deber¨ªa limitarse a la cuant¨ªa en que se fijase el coste de esa vivienda digna a la que antes alud¨ªamos, y los intereses deducibles lo ser¨ªan tan s¨®lo en la proporci¨®n que correspondiese al capital coincidente con el coste anterior.
5. Por ¨²ltimo nos encontramos ante una serie de imputaciones de rendimientos (entre los que destacan los de la vivienda propia: 2% del valor catastral), que casan mal con la leg¨ªtima aspiraci¨®n y justa exigencia de tributar atendiendo a los rendimientos efectivamente percibidos.
Son s¨®lo unos ejemplos de algunas de las cuestiones m¨¢s usuales en las declaraciones, y cuya incidencia no ser¨ªa especialmente relevante en la mayor¨ªa de los contribuyentes, sino en los de rentas m¨¢s elevadas. ?nase a lo anterior la fijaci¨®n de un umbral m¨ªnimo de tributaci¨®n en concepto de rendimientos del trabajo personal, m¨¢s acorde con el m¨ªnimo vital que exige la sociedad actual, por debajo del cual no ser¨ªa preciso presentar declaraci¨®n, y cuya tributaci¨®n se limitar¨ªa a una retenci¨®n a cuenta de car¨¢cter simb¨®lico (2%, por ejemplo), que tendr¨ªa el car¨¢cter de imposici¨®n sin derecho a devoluci¨®n, y tendr¨ªamos un impuesto m¨¢s justo y progresivo.
Las medidas anteriores deber¨ªan ir acompa?adas de una reducci¨®n de la tarifa y de su adaptaci¨®n anual en funci¨®n de la inflaci¨®n. Ello conllevar¨ªa una disminuci¨®n de la recaudaci¨®n de car¨¢cter coyuntural, compensada con la reducci¨®n de los costes de gesti¨®n al disminuir el n¨²mero de declaraciones, y el aumento de los ingresos por actuaciones inspectoras, que podr¨ªan concentrarse en los sectores m¨¢s conflictivos, con m¨¢s medios humanos y materiales en la lucha contra el fraude.
Y ahora coja el lector las 206 p¨¢ginas de la gu¨ªa pr¨¢ctica que facilita el Ministerio de Hacienda y... ?suerte!
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