La Comisi¨®n Europea aprueba tres proyectos de directivas sobre el empleo temporal
ENVIADO ESPECIAL La Comisi¨®n Europea aprob¨® ayer en Estrasburgo tres proyectos de directivas para regular los contratos temporales, el trabajo a tiempo parcial y la subcontrataci¨®n o utilizaci¨®n de trabajadores de una empresa para realizar sus servicios en otra. Estas propuestas, para garantizar unas condiciones m¨ªnimas a quienes realizan un trabajo at¨ªpico o en precario, forman parte del programa de desarrollo de la Carta Social, reducida a una simple declaraci¨®n solemne, adoptada por mayor¨ªa en la cumbre de Estrasburgo del pasado mes de diciembre.
El veto del Reino Unido priv¨® al texto de la Carta Social de car¨¢cter vinculante. Las propuestas d¨¦ la Comisi¨®n necesitar¨¢n para su aprobaci¨®n definitiva por los doce de mayor¨ªa cualificada, pero por esta v¨ªa se intenta llevar adelante medidas concretas de un conjunto de derechos b¨¢sicos para el que no se consigui¨® la unanimidad.
Los trabajadores en precario no podr¨¢n ser discriminados en lo que se refiere a vacaciones anuales, indemnizaci¨®n por despido y derechos de antig¨¹edad, calculado siempre en proporci¨®n a la duraci¨®n del contrato o de la jornada de trabajo. La contrataci¨®n temporal de un trabajador en una misma empresa tendr¨¢ una duraci¨®n m¨¢xima de tres a?os.
Las garant¨ªas que persiguen los tres proyectos de directivas son asegurar a estos colectivos condiciones comparables a las de los fijos de plantilla en lo que respecta a Formaci¨®n Profesional, asistencia social y prestaciones no salariales. Los textos proponen una representaci¨®n sindical igualitaria, aunque ponderada de acuerdo a la duraci¨®n de los contratos, para estos trabajadores. Asimismo, deber¨¢n ser informados de las plazas fijas que se creen en la empresa para que puedan optar a ellas.
Los Estados miembros estar¨¢n obligados a declarar nulas de pleno derecho las normas que impidan a las empresas que utilizan subcontratados poder contratarlos directamente. Los empresarios, por su parte, tendr¨¢n que indicar en los contratos temporales los motivos por los que recurren a este tipo de relaci¨®n laboral m¨¢s restrictiva.
El trabajo at¨ªpico o en precario es una figura en franca expansi¨®n en todos los pa¨ªses de la CE, afirm¨® la comisaria Vasso Papandreu, responsable de la pol¨ªtica social de la CE. A finales de 1988, seg¨²n las estad¨ªsticas de la Comisi¨®n Europea, Espa?a contaba con un 22% de trabajadores contratados temporalmente, a los que se sumaba otro 4,7% de empleados a tiempo parcial.
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