Control sindical: un debate est¨¦ril
Cuando toda Europa se prepara para cortar la cinta inaugural del Mercado ¨²nico, que nos permitir¨¢ iniciar una nueva etapa econ¨®mica internacionalizada y abierta; mientras en cada pa¨ªs, empresas, instituciones y administraciones p¨²blicas se aprestan para competir en la nueva situaci¨®n; nosotros, en Espa?a, lejos de preocupaciones m¨¢s trascendentes, asistimos a un agrio debate interno en torno al control sindical de la contrataci¨®n laboral, como si eso fuera lo ¨²nico, o lo m¨¢s importante, que est¨¢ sucediendo en nuestro entorno.Y ¨¦ste es el caso del proyectado control sindical de los contratos, otorgamiento pol¨ªtico que no parece responder a una demanda social leg¨ªtima y actual. Ese compromiso del Gobierno con los sindicatos, que desde enero viene enrareciendo el deseable clima para cualquier tipo de concertaci¨®n, constituye en el fondo un reflejo m¨¢s de esa cultura de la seguridad en la que ha vivido inmersa la sociedad espa?ola durante tantos a?os. Porque los cambios operados ¨²ltimamente con el prop¨®sito de destrabar rigideces e intervenciones no han conseguido desahuciar del todo viejas inercias que est¨¢n tambi¨¦n asentadas en el mundo econ¨®mico y sindical. La falta de flexibilidad de nuestra sociedad es singularmente acusada en el ¨¢mbito del mercado de trabajo, donde esas rigideces tienen ra¨ªces hist¨®ricas profundas, basadas en el principio de inmovilidad a cambio de bienestar, o estabilidad de la relaci¨®n laboral individual a cambio de limitaciones en los derechos colectivos.Nueva suerteEn el caso que ahora nos ocupa, se trata de alumbrar una nueva suerte de intervenci¨®n de terceros (sindicatos) en una relaci¨®n de dos (empleador/empleado), invocando la seguridad de los trabajadores pero con el prop¨®sito subyacente de garantizarse unas competencias que tal vez den m¨¢s contenido o m¨¢s relevancia social a las actividades propias del sindicato pero que corresponden a los poderes p¨²blicos.
Porque, en efecto, el control de la legalidad, en materia laboral como en cualquier otra, corresponde en v¨ªa ejecutiva a los ¨®rganos competentes del Estado y en v¨ªa jurisdiccional a los tribunales de justicia, conforme a los m¨¢s elementales principios constitucionales. La colaboraci¨®n de los ciudadanos, de forma individual o a trav¨¦s de entidades representativas, no puede traducirse en sustituir a aqu¨¦llos en esas funciones indelegables, incluso por ley, ni tampoco en interferir de alguna forma en su ejercicio. Sin embargo, el acuerdo suscrito por Gobierno y sindicatos compromete la independencia de la Inspecci¨®n de Trabajo al encomendar a futuras comisiones de seguimiento la funci¨®n de establecer criterios para la elaboraci¨®n de planes y programas de control del fraude a desarrollar por la Inspecci¨®n. Lo mismo sucede cuando se anuncia la regulaci¨®n de consultas preceptivas a los sindicatos m¨¢s representativos sobre los planes de inspecci¨®n. De establecerse en normas de car¨¢cter legal, ¨¦stas y otras previsiones del acuerdo podr¨ªan incidir en serios reparos de ilegalidad e incluso de inconstitucionalidad.
La parte salvable del acuerdo es la preocupaci¨®n por los posibles fraudes y abusos en ciertas modalidades de contrataci¨®n; preocupaci¨®n que tambi¨¦n compartimos los empresarios, ya que el fraude, aqu¨ª al igual que en el ¨¢mbito de lo fiscal, es siempre competencia desleal por parte del que lo realiza respecto a los dem¨¢s. Asumimos la necesidad de luchar contra el fraude laboral, as¨ª como la de exigir el correcto cumplimiento de las normas de contrataci¨®n temporal. Pero eso va por otros caminos; primero, estableciendo una normativa clara, sin lagunas, y llevando un control riguroso y eficaz por parte de los poderes p¨²blicos. Contamos hoy con demasiadas normas, con demasiadas modalidades de contrataci¨®n temporal, formadas por aluvi¨®n, y que tal vez permitan que en esa mara?a normativa se aprovechen algunas ventajas concebidas para otros fines. Reducir y simplificar esas variantes y configurarlas de un modo m¨¢s n¨ªtido ser¨ªa una de las primeras medidas a adoptar. Y en lo que se refiere a la Inspecci¨®n de Trabajo, si los sindicatos advierten insuficiencias, no parece que el remedio sea suplantarla sino reforzar sus efectivos.
V¨ªa muertaPero sinceramente creo que con estas discusiones nos situamos en v¨ªa muerta, mientras el tren para Europa marcha por otro lado. Nuestra preocupaci¨®n, y as¨ª lo hemos expresado muchas veces desde el C¨ªrculo de Empresarios, debe ser lograr la m¨¢xima competitividad de nuestra econom¨ªa para que el sistema productivo espa?ol pueda explotar todas las ventajas que representa una mayor apertura internacional. Y eso s¨®lo se consigue con la mayor flexibilizaci¨®n de todos nuestros mercados, entre ellos el mercado de trabajo, que est¨¢ a¨²n maniatado por rigideces, normativas caducas, y muy vinculado a lo que antes denomin¨¢bamos "cultura de la seguridad".
Para que el funcionamiento del mercado de trabajo, sin nuevas e innecesarias intervenciones, contribuya a la dinamizaci¨®n de la econom¨ªa que es obligada consecuencia de su internacionalizaci¨®n, debe cumplir tres exigencias b¨¢sicas.
Primera. Permitir el paralelismo o adecuaci¨®n nacional entre situaciones laborales y situaciones productivas. Es decir, no mantener puestos de trabajo que no sean necesarios.
Segunda. Establecer una relaci¨®n esencial entre retribuci¨®n y rendimiento. O lo que es igual, ganar m¨¢s y producir m¨¢s, o al contrario.
Tercera. Sacar del mercado de trabajo lo que son acciones de pura pol¨ªtica redistributiva, que deben situarse en otro marco m¨¢s adecuado.
El mercado espa?ol de trabajo dista mucho de ofrecer las citadas condiciones y -nos guste o no- deber¨¢ evolucionar en ese sentido, con el gradualismo adecuado y, sin olvidar la diversidad de situaciones de constricci¨®n a que se enfrenta cada empresa en particular. Porque s¨®lo un mercado de trabajo en condiciones de flexibilidad suficiente producir¨¢ efectos beneficiosos en el conjunto de la econom¨ªa espa?ola, en especial en cuanto ata?e a la formaci¨®n y gesti¨®n de su capital humano y a la creaci¨®n de empleo.
Los empresarios creemos que estos condicionantes son imprescindibles para ser competitivos, y la competitividad va a ser nuestro salvoconducto para circular por Europa. Y no nos olvidemos de que a Europa vamos todos. Los empresarios, por supuesto, pero tambi¨¦n los trabajadores y los sindicatos. La meta es ¨²nica para unos y otros y tambi¨¦n debe serio nuestro compromiso.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Patronal
- Opini¨®n
- Derecho internacional
- Mercado ?nico
- Legislaci¨®n laboral
- Convenios colectivos
- Organizaciones empresariales
- Negociaci¨®n colectiva
- Pol¨ªtica econ¨®mica
- Uni¨®n Europea
- Sindicatos
- Organizaciones internacionales
- Empleo
- Sindicalismo
- Empresas
- Pol¨ªtica laboral
- Relaciones exteriores
- Relaciones laborales
- Econom¨ªa
- Comercio
- Derecho laboral
- Trabajo