Interior deber¨¢ pagar tres millones al ciudadano al que confundi¨® con un etarra
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al Ministerio del Interior y al ex director de la Seguridad del Estado Juli¨¢n San Crist¨®bal a indemnizar solidariamente con tres millones de pesetas a Francisco Javier Soares Gamboa por haber difundido en octubre de 1986 su foto por error en lugar de la de su hermano Juan Manuel, presunto etarra. El fallo sostiene que se ha producido una "intromisi¨®n ileg¨ªtima en el derecho al honor y a la propia imagen". La sentencia obliga a que la Administraci¨®n difunda el fallo por los mismos medios por los que hizo p¨²blica la foto.
El fallo ahora producido sobre el error en la foto de Soares Gamboa es obra de la secci¨®n decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, a la que recurri¨® Fernando Salas, abogado del perjudicado, tras verse desestimada esta demanda en el juzgado de primera instancia n¨²mero 17 de Madrid. Los demandados inicialmente eran los entonces director general de la Seguridad del Estado, Juli¨¢n San Crist¨®bal; el secretario para la Seguridad del Estado, Rafael Vera; el ministro del Interior, Jos¨¦ Barrionuevo y la Administraci¨®n del Estado. El procesamiento de este ¨²ltimo no fue posible al impedir la mayor¨ªa socialista en el Congreso la admisi¨®n del suplicatorio.
Campa?a institucional
La sentencia recuerda que el 9 de octubre de 1986 la direcci¨®n general del Estado inici¨® una campa?a institucional que fue ampliamente difundida por todos los medios de comunicaci¨®n social en la que se ped¨ªa la colaboraci¨®n ciudadana para localizar a cuatro presuntos terroristas ante el temor de que estuvieran preparando un atentado. Esta informaci¨®n inclu¨ªa cuatro fotograf¨ªas de los cuatro supuestos integrantes del comando Madrid. En una de ellas aparec¨ªa el demandante, aunque el pie de foto reflejaba el nombre de su hermano Juan Manuel Soares Gamboa.Francisco Javier, al advertir el error, acudi¨® al d¨ªa siguiente, 10 de octubre, al delegado del Gobierno en la Rioja, comunidad donde resid¨ªa. El perjudicado hizo ver el peligro que para su persona supon¨ªa tal confusi¨®n. No obstante, la misma fotograf¨ªa continu¨® public¨¢ndose en los medios de comunicaci¨®n social hasta el 13 de octubre, d¨ªa en que aqu¨¦llos rectificaron. No obstante, TVE en informaciones del 16 y 17 de enero de 1987 volvi¨® a emitir la foto de Francisco Javier Soares como uno de los terroristas a¨²n no detenidos por la polic¨ªa.
La sentencia considera irrelevante que en una posterior intervenci¨®n parlamentaria el ministro del Interior Jos¨¦ Barrionuevo reconociera el error cometido.
El fallo estima que es de aplicaci¨®n en este caso "la ley org¨¢nica sobre protecci¨®n jurisdiccional de los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen en cuanto que su art¨ªculo primero determina que esos derechos fundamentales ser¨¢n protegidos civilmente frente a todo g¨¦nero de intromisiones ileg¨ªtimas". Y como tales, seg¨²n la sentencia, cabe considerar "la divulgaci¨®n de expresiones o hechos concernientes a una persona cuando la difame o la haga desmerecer en la consideraci¨®n ajena". "En el caso que nos ocupa", seg¨²n el tribunal, "guarda ¨ªntima relaci¨®n con la protecci¨®n a la propia imagen la publicaci¨®n de su fotograffia como elemento identificador de aqu¨¦lla, a la que le atribuyen conductas o participaci¨®n en actividades que inexcusablemente le hacen desmerecer del p¨²blico aprecio y son reprochables en la conciencia ciudadana". El tribunal entiende que la vulneraci¨®n por el error cometido entre los d¨ªas 9 y 13 de octubre de 1986 legal alcanza la responsabilidad civil del entonces director general de la Seguridad del Estado, Juli¨¢n San Crist¨®bal, si bien descarta extender aquella al hecho de que se difundiera nuevamente la foto equivocada posteriormente por TVE, y no consta que esta nueva informaci¨®n procediera de Interior ni organismo oficial alguno.
El tribunal fija "prudente y razonablemente" en tres millones de pesetas la indemnizaci¨®n que deben abonar solidariamente San Crist¨®bal y la Administraci¨®n del Estado, frente a los 200 millones exigidos por el demandante.
Por otro lado, la Administraci¨®n del Estado deber¨¢ costear a trav¨¦s de los mismos medios a trav¨¦s de los cuales difundi¨® la foto err¨®nea la publicaci¨®n del contenido del encabezamiento y fallo de la sentencia. Salas destac¨® ayer que el fallo "marca los l¨ªmites en la actuaci¨®n del Estado, ampara el derecho al honor y la propia imagen, se?ala responsables de la intromisi¨®n con nombres y apellidos, no justifica el grave erros cometido en la lucha contra el terrorismo, que se debe producir dentro de los l¨ªmites legales".
Un portavoz del Ministerio afirm¨® ayer que el equipo jur¨ªdico no hab¨ªa tenido a¨²n notificaci¨®n de la sentencia. Asimismo, indic¨® que cuando se recibiera el fallo, los expertos estudiar¨ªan la viabilidad de recurrirlo. No obstante, este portavoz puso el acento en que Interior acataba esta sentencia.
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