El Supremo eleva de 10 a 23 a?os la condena impuesta al homicida del ni?o de Maials
El Tribunal Supremo ha elevado a 23 a?os de reclusi¨®n mayor la condena de 10 a?os y cuatro meses impuesta por la Audiencia Provincial de L¨¦rida al joven Francesc Xavier Jov¨¦ Mora como autor del homicidio del ni?o Ramon Josep Florensa Mateu, de ocho a?os, ocurrido el 10 de febrero de 1988 en la localidad leridana de Maials, seg¨²n inform¨® ayer el diario Segre. El Supremo ha aumentado en 13 a?os la pena al tipificar el delito como asesinato alevoso.
La sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que a¨²n no ha sido notificada a las partes recoge en sus fundamentos jur¨ªdicos la parte sustancial de la tesis mantenida por la acusaci¨®n particular en la vista del recurso de casaci¨®n, celebrada el pasado d¨ªa 5 en Madrid. El abogado que representa a los padres de la v¨ªctima solicit¨® que el acusado fuera condenado a 36 a?os de prisi¨®n por asesinato, en lugar de por homicidio. Esta parte aleg¨® que en la muerte del menor concurre con las circunstancias agravantes de alevos¨ªa, premeditaci¨®n y ensa?amiento. La defensa de Jov¨¦ no pudo defender su recurso de casaci¨®n al no haber sido admitido por el Supremo por un defecto de planteamiento, ya que no fundament¨® la vulneraci¨®n de la presunci¨®n de inocencia, uno de los motivos esgrimidos para reclamar la absoluci¨®n de Jov¨¦.La Audiencia Provincial de L¨¦rida conden¨® el 11 de julio de 1989 a Jov¨¦ a 10 a?os y cuatro meses de prisi¨®n por homicidio y abusos deshonestos. La sentencia fij¨® tambi¨¦n una indemnizaci¨®n civil de ocho millones de pesetas para los padres de la v¨ªctima. El tribunal aplic¨® entonces las atenuantes de minor¨ªa de edad -Jov¨¦ ten¨ªa 17 a?os cuando cometi¨® el crimen- y de padecer una enfermedad leve que disminu¨ªa discretamente su imputabilidad, as¨ª como los agravantes de nocturnidad, despoblado, abuso de superioridad y astucia. La sentencia a?adi¨® la prohibici¨®n al condenado de volver a Maials durante 12 a?os, salvo autorizaci¨®n del tribunal.
La sentencia del Supremo no admite ya nuevos recursos, salvo el de amparo ante el Tribunal Constitucional. De haberse confirmado la anterior sentencia de la Audiencia de L¨¦rida, Jov¨¦, ingresado desde su detenci¨®n en la prisi¨®n de L¨¦rida 1, habr¨ªa podido obtener su primer permiso de salida la pr¨®xima primavera.
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