Los j¨®venes lesionados en la 'mili' cobrar¨¢n una pensi¨®n de 1,8 a 2,5 millones de pesetas anuales
Los j¨®venes que sufran con motivo de la realizaci¨®n del servicio militar lesiones que limiten fuertemente o impidan su futura actividad lahoral percibir¨¢n una pensi¨®n aproximada de 1.800.000 a 2.500.000 pesetas al a?o. Las lesiones no incapacitantes dar¨¢n derecho a cobrar, por una sola vez, una indemnizaci¨®n que oscilar¨¢ entre las 200.000 pesetas y los 3,5 millones, seg¨²n su gravedad. El Gobierno aprob¨® ayer un decreto sobre pensiones e indemnizaciones a los j¨®venes que hacen la mili y a los alumnos de los centros docentes militares, con efecto retroactivo desde enero de 1985.
El decreto establece que los j¨®venes que sufran una lesi¨®n de car¨¢cter permanente que les incapacite para el ejercicio de cualquier profesi¨®n u oficio percibir¨¢n una pensi¨®n equivalente al 100 por 100 del doble del haber regulador anual de la clase de tropa profesional. Seg¨²n fuentes del Ministerio de Defensa, esto significa actualmente en torno a 2.500.000 pesetas al a?o, pagaderas en 12 pagas de alrededor de 200.000 pesetas. Quienes sufran una lesi¨®n que limite gravemente su futura actividad, pero no les incapacite para el ejercicio de cualquier profesi¨®n u oficio., que hasta ahora no ten¨ªan derecho a pensi¨®n, cobrar¨¢n igualmente el 70 por ciento del doble de dicho haber regulador: aproximadamente, 1.800.000 pesetas, en 12 pagas de unas 150.000.Las lesiones que, por no incapacitar laboralmente, no generen derecho a pensi¨®n, que hasta el presente tampoco ten¨ªan ninguna cobertura, ser¨¢n indemnizadas por una sola vez con una cantidad que var¨ªa en funci¨®n de su gravedad. La indemnizaci¨®n va desde el 10% de la pensi¨®n anual (alrededor de 200.000 pesetas) para las lesiones menos graves, como la amputaci¨®n de la falange de un dedo del pie; al 150% (unos 3.500.000 de pesetas) para las lesiones m¨¢s graves, como la p¨¦rdida de la mano derecha. Otras lesiones intermedias, entre las que figura la amputaci¨®n total de la lengua, ser¨¢n indemnizadas con el 100% de la pensi¨®n: en torno a 2.500.000 pesetas. Fuentes de Defensa aseguraron ayer que este sistema es .m¨¢s beneficioso" que el de la Seguridad Social para los accidentes laborales.
Acto de servicio
Pensiones e indemnizaciones ser¨¢n incompatibles y el cobro de alguna de ellas s¨®lo ser¨¢ posible cuando el accidente se produzca en acto de servicio. Se entiende por tal, el acaecido con ocasi¨®n o como consecuencia de las actividades propias de la mili (incluidos los desplazamientos del domicilio al cuartel y viceversa) y, en general, todo el que se produzca en los recintos militares, salvo que exista imprudencia temeraria o dolo, como es el caso de las autolesiones. El sistema ampara tambi¨¦n las enfermedades adquiridas durante el servicio militar y el agravamiento, por causa de la mili, de las contra¨ªdas con anterioridad.La cobertura asistencial se completa con una disposici¨®n, incluida en la ley de Presupuestos de 1991, que contempla el pago de dos millones de pesetas como indemnizaci¨®n para los hijos, c¨®nyuges o padres de soldados y marineros fallecidos con motivo del servicio militar desde 1985; y con la suscripci¨®n de un seguro privado, que debe entrar en vigor el 1 de enero del a?o pr¨®ximo, para cubrir todos los casos no amparados por las pensiones e indemnizaciones, como los accidentes durante los permisos. El ministro de Defensa, Narc¨ªs Serra, asegur¨® ayer que, con el nuevo sistema, "la cobertura de los soldados durante la mili ser¨¢ absoluta", informa
Carlos Arroyo.
El decreto, que se aplicar¨¢ a la Guardia Civil y la Cruz Roja, prev¨¦ la concesi¨®n de la tarjeta de asistencia sanitaria al personal al que se reconozca derecho a pensi¨®n y garantiza la atenci¨®n m¨¦dica hasta la total curaci¨®n de las lesiones sufridas en acto de servicio. La normativa agiliza y simplifica los tr¨¢mites burocr¨¢ticos para la concesi¨®n de pensiones e indemnizaciones, cuya tramitaci¨®n no podr¨¢ prolongarse m¨¢s de seis meses y cuya resoluci¨®n podr¨¢ ser recurrida.El nuevo sistema pretende resolver el problema creado en 1985, cuando se suspendi¨® el ingreso en el Cuerpo de Mutilados de los j¨®venes accidentados en la mili. Desde ese fecha, el Ministerio de Defensa s¨®lo ha concedido 28 pensiones, pese a reconocer que, entre ese a?o y 1989, un m¨ªnimo de 162 soldados han resultado muertos y 1.403 heridos graves en acto de servicio. Las cifras se elevan a 942 muertos y casi 10.000 heridos, en el mismo periodo, si se contabilizan todos los accidentes, sean o no en acto de servicio. La legislaci¨®n vigente hasta ahora s¨®lo permit¨ªa indemnizar a los j¨®venes que resultaran inhabilita dos para toda profesi¨®n u oficio y a los familiares que dependieran econ¨®micamente de los soldados fallecidos.
Nombramientos
Por otra parte, el Gobierno nombr¨® ayer a Lorenzo Gonz¨¢lez Alonso como embajador de Espa?a en Ghana y a Antonio Nabal Recio, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n, como director general de Relaciones con la Administraci¨®n de Justicia del Ministerio de Justicia.
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