Requisitos m¨¢s duros para la creaci¨®n de universidades privadas en el nuevo decreto
Las universidades de nueva creaci¨®n, tanto p¨²blicas como privadas, deber¨¢n garantizar que "al menos el 60% de su profesorado ejerza sus funciones con dedicaci¨®n a tiempo completo o similar", seg¨²n el anteproyecto de real decreto de creaci¨®n y reconocimiento de universidades y centros universitarios. Tal requisito, junto con el relativo al tipo de ense?anzas m¨ªnimas a impartir, aumenta el grado de exigencia para la creaci¨®n de universidades privadas.
De mantenerse la redacci¨®n actual del anteproyecto, que el pr¨®ximo martes ser¨¢ estudiado por el Consejo de Universidades, se recrudecer¨¢ el actual regimen de incompatibilidades del profesorado universitario. R¨¦gimen de incompatibilidades que permite en la actualidad que, en bastantes casos, incluso profesores con dedicaci¨®n a tiempo completo a una universidad p¨²blica est¨¦n impartiendo ense?anzas en colegios universitarios de titularidad privada.En este sentido, adem¨¢s de exigir dedicaci¨®n plena al 60% de la plantilla docente, el anteproyecto establece que el profesorado de las universidades privadas "no podr¨¢ ser funcionario de cuerpo docente universitario en situaci¨®n de activo y destino en una universidad p¨²blica".
Ambas exigencias pretenden evitar, seg¨²n explicaron a este peri¨®dico diversas fuentes acad¨¦micas, que las futuras universidades privadas se sustenten ¨²nicamente sobre la pr¨¢ctica de "cierto parasitismo" respecto de las p¨²blicas. Ello suceder¨ªa, seg¨²n dichas fuentes, si la parte principal del sostenimiento del personal docente de las nuevas instituciones de ense?anza superior privadas corriera por cuenta de las p¨²blicas, al permitir que la mayor¨ªa de su profesorado, como sucede actualmente en gran parte de los colegios universitarios no estatales, estuviera compuesto por profesores de la universidad p¨²blica. La parte m¨¢s importante del coste de dicho profesorado -el sueldo base y las prestaciones de la Seguridad Social- seguir¨ªa siendo sufragada, en ese supuesto, por las correspondientes administraciones.
Las mismas fuentes explicaron que algunos de los actuales miembros del Consejo de Universidades de designaci¨®n parlamentaria han sugerido la conveniencia de que el futuro decreto incluya una disposici¨®n transitoria que demore durante alg¨²n tiempo las condiciones que en materia de personal docente impone el texto del anteproyecto.
Ganar tiempo
La iniciativa de dichos consejeros intenta asegurar a los centros privados actuales la posibilidad de acogerse de inmediato al decreto, mientras tratan de reclutar el m¨ªnimo de profesorado que re¨²na las condiciones impuestas.Otra novedad importante en relaci¨®n al ¨²ltimo anteproyecto conocido (su tramitaci¨®n se paraliz¨® a ra¨ªz de la ¨²ltima disoluci¨®n de las Cortes) es que las nuevas universidades deber¨¢n impartir, como m¨ªnimo, las ense?anzas conducentes a la obtenci¨®n de ocho t¨ªtulos de car¨¢cter oficial. De los ocho, no menos de tres deber¨¢n ser de segundo cielo y uno de ellos, al menos, de ciencias experimentales o estudios t¨¦cnicos.
Dichas fuentes a?adieron que los requisitos relativos al profesorado y a la modalidad de ense?anzas "se inspiran en una misma filosof¨ªa, compartida por la mayor¨ªa de las autoridades acad¨¦micas de las universidades estatales, y esa filosof¨ªa no es otra que la de garantizar la libre competencia, sin que ¨¦sta se produzca a costa de nadie".
Con ello se pretende que las iniciativas para la creaci¨®n de universidades privadas no queden reducidas al ¨¢mbito de las ense?anzas de Humanidades o de las Ciencias Sociales de mayor demanda, como Econ¨®micas, Empresariales y Derecho, olvidando otros campos de la ciencia y la investigaci¨®n, simplemente porque requieren una infraestructura m¨¢s costosa. Es es el caso de las ense?anzas de F¨ªsica, Qu¨ªmica, Biolog¨ªa, Geolog¨ªa, Medicina, Farmacia o Veterinaria y las de cualquier ingenier¨ªa superior.
En cuanto a la titulaci¨®n del profesorado, el anteproyecto fija la misma exigencia para las universidades p¨²blicas y privadas: un 30% de doctores para las ense?anzas del primer ciclo (diplomatura) y un 70% de doctores para las del segundo (licenciatura). El profesorado del tercer ciclo (doctorado), deber¨¢ estar compuesto en su totalidad por doctores. "En cualquier caso", precisa el anteproyecto, "el total de profesores de la Universidad con t¨ªtulo de doctor no podr¨¢ ser inferior al 50% de la plantilla.
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