Riesgos electorales
LO AJUSTADO de los resultados de las elecciones legislativas de octubre de 1989 -un esca?o en disputa determinaba la existencia o no de mayor¨ªa absoluta- ayud¨® a tomar conciencia de las imperfecciones del sistema electoral vigente: censos no actualizados, imprecisi¨®n de la legislaci¨®n electoral, desconocimiento de las normas, falta de medios para la vigilancia activa del proceso y, en general, inexperiencia de una Administraci¨®n electoral que se improvisa a ra¨ªz de cada convocatoria. Males que, si bien no distorsionan la expresi¨®n de la voluntad popular, s¨ª pueden provocar serios percances pol¨ªticos. Algunos de ellos se hicieron visibles de inmediato tras las citadas elecciones de 1989: meses de provisionalidad y de inestabilidad pol¨ªtico-parlamentaria hasta la proclamaci¨®n. definitiva de los resultados electorales, descalificaciones apenas veladas del sistema electoral en su conjunto y cierto encorsetamiento en las iniciativas del Ejecutivo. Que este riesgo sea excepcional y que vaya unido a circunstancias muy espec¨ªficas no justifica la pasividad en la adopci¨®n de las medidas necesarias para neutralizarlo.La reforma de la Ley General Electoral de 1985 actualmente en debate en el Parlamento pretende evitar la repetici¨®n de estos perniciosos efectos. De ah¨ª, la propuesta de diversas medidas plasmadas en dos proposiciones de ley suscritas por todos los grupos parlamentarios y un proyecto del Gobierno, tendentes a racionalizar el calendario electoral, reducir los gastos y reforzar las garant¨ªas de transparencia y de pureza en la emisi¨®n del sufragio. Sin embargo, la plasmaci¨®n de esta reforma en disposiciones consensuadas no es tarea f¨¢cil. Y ello a pesar de la expresa voluntad de abordarla puesta de manifiesto desde el primer instante por todas las fuerzas pol¨ªticas.
El Grupo Popular e Izquierda Unida se descolgaron del pacto en el Pleno del Congreso que ayer aprob¨® la reforma electoral. Sin embargo, la abstenci¨®n -del grupo mayoritario de la oposici¨®n deja abierta la posibilidad del acuerdo en el tr¨¢mite del Senado. Ser¨ªa dif¨ªcilmente explicable que el Grupo Popular quedara marginado de la reforma de una ley b¨¢sica para el funcionamiento del sistema democr¨¢tico despu¨¦s de haber prestado su apoyo a la Ley General Electoral de 1985. Tambi¨¦n lo ser¨ªa el apartamiento (le Izquierda Unida.
Sin duda, los criterios e intereses sobre la reforma son distintos. Pero es dificil de entender que los grupos pol¨ªticos no hayan podido alcanzar un acuerdo sobre los aspectos b¨¢sicos y urgentes de la reforma, de naturaleza eminentemente t¨¦cnico-jur¨ªdica, en los largos meses que han integrado la comisi¨®n parlamentaria correspondiente. Y m¨¢s cuando el Tribunal Constitucional les ha desbrozado, en parte, el camino conla sentencia dictada en el proceso contencioso-electoral abierto tras la anulaci¨®n de las elecciones del 29 de octubre en Murcia, Melilla y Pontevedra.
Los problemas de fondo detectados entonces en el proceso electoral fueron, entre otros, la desproporci¨®n existente entre determinadas irregularidades y el efecto de repetici¨®n de elecciones (de ah¨ª la necesidad, por ejemplo, de precisar m¨¢s los conceptos de elector y votante en la legislacion electoral); las carencias en la elaboraci¨®n del censo y en la infraestructura electoral y la ausencia de una ¨²ltima instancia jurisdiccional para la unificaci¨®n de criterios. Son estas cuestiones las que debe abordar la reforma, y, si es posible, con el m¨¢ximo acuerdo parlamentario. Y no deber¨ªa ser obst¨¢culo la disputa sobre otras cuestiones importantes pero menores, como la de dilucidar si la subvenci¨®n p¨²blica para el env¨ªo por correo de las papeletas electorales debe ser igual para todos los partidos o proporcional a los votos.
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