El Constitucional convalida unas pruebas restringidas de acceso a la funci¨®n p¨²blica
El Tribunal Constitucional ha declarado v¨¢lido, "por una sola vez", el sistema de acceso a la funci¨®n p¨²blica mediante pruebas convocadas por la Junta de Andaluc¨ªa y el Gobierno canario de las que quedaron excluidos el personal contratado e interino transferido por la Administraci¨®n del Estado e interinos que superaron pruebas selectivas. La sentencia resuelve las cuestiones de inconstitucionalidad acumuladas en las que el tribunal de lo contencioso que las elev¨® se?alaba que las restricciones previas que se impusieron a los participantes "las convirti¨® en pruebas para personas determinadas".El Tribunal Constitucional indica que el derecho a la igualdad en el acceso a la funci¨®n p¨²blica "supone una limitaci¨®n fundamental a las llamadas pruebas restringidas', las cuales, en general, han de considerarse como un procedimiento proscrito en el art¨ªculo 23.2 de la Constituci¨®n".
Sin embargo, "no cabe excluir que, en determinados casos excepcionales", dice el Constitucional,-la diferencia de trato establecida en la ley en favor de unos y en perjuicio de otros; pueda considerarse como razonable, proporcionada y no arbitraria, ( ... ) siempre que dicha diferenciaci¨®n se demuestre como un medio excepcional y adecuado para resolver una situci¨®n tambi¨¦n excepcional".
Para el alto tribunal, las disposiciones impugnadas trataban de resolver "una situaci¨®n singular, derivada de un proceso ¨²nico e irrepetible de creaci¨®n de una nueva forma de de organizaci¨®n de las administraciones auton¨®micas". Este proceso dio lugar a la necesidad de adscribir, de forma inmediata, a personal en r¨¦gimen de derecho administrativo "cuando ni exist¨ªan plantillas de funcionarios ni hab¨ªa tiempo para acudir a las formas normales de ingreso en la administraci¨®n p¨²blica como funcionario."
La sentencia del Constitucional, de la que ha sido ponente el magistrado Vicente Gimeno Sendra, vuelve a referirse a que "la excepcionalidad de la situaci¨®n" puede "justificar este sacrificio de la igualdad de trato", aunque m¨¢s adelante se a?ade que en modo alguno "ha de resultar generalizable o extensible a otros supuestos".
Administraci¨®n eficaz
Mediante dichas disposiciones, seg¨²n la sentencia, lo que se persegu¨ªa era atender exclusivamente las expectativas de acceso a la funci¨®n p¨²blica "creadas por la necesidad de instaurar una nueva administraci¨®n auton¨®mica y contribuir a la estabilidad y eficacia de la misma".
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