La Ley Electoral incumple los convenios sobre el voto de los europeos
La Ley Electoral aprobada en el Congreso impide el voto de los residentes europeos el pr¨®ximo 26 de mayo en las elecciones municIpales, pese a los acuerdos ¨ªnternacionales suscritos con anterioridad por Asuntos Exteriores.El primero de ellos, con Holanda, fue firmado el 14 de febrero de 1989 y se public¨® en el Bolet¨ªn Oficial del Estado el 8 de agosto de 1990, hace m¨¢s de siete meses. El segundo, con Dinamarca, se pact¨® en julio y se public¨® el 30 de noviembre. El Congreso los ratific¨® en cada caso.
La Oficina de Informaci¨®n Diplom¨¢tica ha se?alado que, en efecto, est¨¢n plenamente en vigor ambos convenios sobre reciprocidad del derecho de voto en las municipales y que su puesta en pr¨¢ctica -que no estaba afectada por plazo alguno- no compete a Exteriores.
Fuentes del Ministerio de Relaciones con las Cortes explicaron que el aplazamiento en el ejercicio del derecho al voto de esos ciudadanos se debe a cuestiones t¨¦cnicas de elaboraci¨®n del censo. Estas fuentes resaltaron que la Ley Electoral prev¨¦ que voten en los siguientes comicios locales (1995) .
Fuentes de las embajadas han confirmado que, no obstante, los espa?oles que residan en esos dos pa¨ªses podr¨¢n votar en los pr¨®ximos comicios para elegir alcaldes. Estas fuentes diplom¨¢ticas extranjeras agregaron que se enteran de estos hechos cuando esperaban conocer los formularios para que sus- ciudadanos se inscribiesen en el censo.
Los dos acuerdos espa?oles publicados oficialmente imponen una serie de condiciones para el voto de los extranjeros. Entre ellas figuran ser mayor de edad y no estar inhabilitado legalmente; disponer de permiso de residencia; haber vivido en Espa?a ininterrumpidamente los tres ¨²ltimos a?os; estar inscritos en el padr¨®n municipal; y figurar en las listas electorales de extranjeros residentes en Espa?a.
El texto aprobado en el Congreso se?alaba textualmente: "Lo previsto para los ciudadanos extranjeros residentes en Espa?a (...) solamente ser¨¢ de aplicaci¨®n a partir de las primeras elecciones municipales convocadas con posterioridad a 1992".
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