El Supremo anula la pena de destierro a un condenado por parricidio frustrado
El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de siete a?os de prisi¨®n a un parricida frustrado, pero ha anulado la prohibici¨®n al condenado de volver a la ciudad de Zaragoza durante 15 a?os. Esta prohibici¨®n, prevista en el art¨ªculo 67 del C¨®digo Penal, puede ser aplicada facultativamente por los tribunales, pero debe ser previamente solicitada por las acusaciones para no dejar en indefensi¨®n al procesado, seg¨²n la sentencia del Tribunal Supremo.Bernardo Lobato Guti¨¦rrez, de 53 a?os, casado y con cuatro hijos, se asent¨® en Zaragoza tras residir en varias ciudades. Su personalidad depresiva y la frecuente ingesti¨®n de bebidas alcoh¨®licas deterioraron la convivencia del matrimonio, que lleg¨® a la separaci¨®n debido a las amenazas y malos tratos de Bernardo Lobato a su esposa.
Tras la separaci¨®n, Bernardo Lobato se autolesion¨® en varias ocasiones. En una de ellas, en septiembre de 1987, se roci¨® el cuerpo con un l¨ªquido inflamable y se prendi¨® fuego ante el bar que regentaba su ex esposa.
En 1988, Bernardo Lobato fue al domicilio de su ex esposa para visitar al hijo menor. Encontr¨® a su ex esposa en la calle y la apu?al¨® repetidas veces. La mujer pas¨® un mes en el hospital y no pudo trabajar durante seis meses. Para el Supremo la prohibici¨®n de volver a Zaragoza en 15 a?os, decretada por la Audiencia Provincial, es "una medida asimilada a una pena, concretamente la de destierro", que afecta al derecho constitucional a la libertad de residencia.
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