Los vigilantes pueden evitar con fuerza el reparto en comercios de publicidad sindical
Los vigilantes jurados pueden recurrir al uso de la fuerza para impedir el reparto de propaganda sindical en los centros comerciales que custodian, seg¨²n una sentencia dictada el 15 de febrero por el Juzgado de lo Penal n¨²mero 18 de Madrid. La sentencia desestima la denuncia presentada por 12 sindicalistas de CC OO que fueron expulsadas por el jefe de seguridad de La Vaguada, ?ngel Segador, cuando repart¨ªan propaganda de la huelga del 14-D en dicho centro.La acusaci¨®n particular pidi¨® para Segador cuatro meses y un d¨ªa de arresto y una multa de 700.000 pesetas por sendos delitos contra la libertad de expresi¨®n y de coacciones, y 10 d¨ªas de arresto por lesiones.
El juez considera probado que el vigilante emple¨® la violencia despu¨¦s de ser insultado por las sindicalistas, pero "obrando en cumplimiento de su deber o en el ejercicio leg¨ªtimo de su oficio".
Para el juez, el vigilante actu¨® "leg¨ªtimamente autorizado" y sin extralimitarse. Por ello, asegura que "no se le puede hacer responsable criminalmente de una falta de lesiones".
El vigilante, seg¨²n el juez, actu¨® "en el leg¨ªtimo uso de la fuerza", al expulsar a la sindicalista del centro de cuya seguridad estaba encargado. Obr¨® "como aut¨¦ntico agente de la autoridad, de cuya categor¨ªa se hallaba investido". La actuaci¨®n del guarda est¨¢ amparada, seg¨²n el juez, por la "ley de reglamentos" entre ellos, el de r¨¦gimen interior de La Vaguada, que prohibe repartir folletos en el recinto.
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