Reforma electoral
QUE LA democracia se aprende con su uso fue un axioma muy citado en los medios de la oposici¨®n antifranquista de los a?os sesenta y setenta. Tras casi tres lustros de aprendizaje democr¨¢tico tal vez haya llegado el momento de dar un paso m¨¢s: la democra cia se fortalece reform¨¢ndose. A condici¨®n, sin em bargo, de que las reformas sean consecuencia de expe riencias pr¨¢cticas y no de las obsesiones doctrinarias de unos u otros.Tras el dictamen favorable de la Comisi¨®n Constitucional del Senado, el pr¨®ximo d¨ªa 13 ser¨¢n definitivamente aprobadas algunas reformas menores de la Ley Electoral. Varias de ellas tienen su origen en las disfuncionalidades puestas de manifiesto a ra¨ªz de las elecciones generales de octubre de 1989. El hecho de que la mayor¨ªa absoluta dependiera de un esca?o en disputa ayud¨® a tomar conciencia de algunas imperfecciones del sistema electoral vigente (en relaci¨®n a cuestiones como la actualizaci¨®n de los censos o criterios que aplicar en caso de impugnaci¨®n de votaciones). Con las reformas planteadas se intenta tambi¨¦n responder al deseo de no aumentar los gastos electorales mediante, entre otras iniciativas, una racionalizaci¨®n del calendario electoral que evite una excesiva dispersi¨®n de las convocatorias.
Esa voluntad de ahorro resulta, sin embargo, m¨¢s bien contradictoria con la decisi¨®n de institucionalizar la financiaci¨®n p¨²blica del env¨ªo de papeletas a los electores (mailing o buzoneo), asunto sobre cuyo principio ha existido un amplio acuerdo general, si bien el Partido Popular (PP) se ha opuesto a la f¨®rmula concreta defendida por el resto de las fuerzas parlamentarias. Dicha f¨®rmula garantiza la subvenci¨®n ¨ªntegra del mailing con la sola condici¨®n de obtener grupo parlamentario, lo que a juicio del PP favorece a partidos como el CDS. Los populares propon¨ªan que esa financiaci¨®n fuera proporcional a los votos obtenidos. Otro punto planteado por el PP que no ha prosperado se refiere a la obligatoriedad del paso de los votantes por cabinas antes de emitir su voto, a fin de reforzar las garant¨ªas del secreto del mismo.
Es lamentable que en cuestiones como ¨¦stas no se haya conseguido un acuerdo m¨¢s amplio. Especialmente a la vista de la discutible raz¨®n aducida: falta de tiempo, dado que se quiere que la nueva normativa se aplique ya en las elecciones de mayo. Pero una cosa es que sea lamentable y otra que sea dram¨¢tico. El desacuerdo sobre esas eventuales modificaciones no significa, como se ha pretendido desde algunas tribunas, que se haya roto el consenso sobre las reglas del juego electoral. Los rasgos fundamentales del sistema electoral, y especialmente los criterios de representaci¨®n adoptados, se mantienen en los t¨¦rminos que han venido rigiendo desde 1977 y que fueron un¨¢nimemente ratificados en la Ley Electoral de 1985.
A su vez, si ese acuerdo b¨¢sico persiste es porque las alternativas que a veces se proponen plantean tantos problemas como los que aspiran a resolver. Las principales impugnaciones al sistema vigente hacen referencia a dos cuestiones fundamentales: las distorsiones del principio de proporcionalidad derivadas de la aplicaci¨®n de la regla D'Hont y de la asignaci¨®n a cada circunscripci¨®n (la provincia, de acuerdo con la Constituci¨®n) de un m¨ªnimo fijo de esca?os, independientemente de su poblaci¨®n, y el alejamiento entre electores y elegidos -falta de personalizaci¨®n del mandato-, consecuencia en buena medida del sistema de listas cerradas y bloqueadas (por el cual las candidaturas, designadas por las direcciones centrales de los partidos, se votan en conjunto, sin poder combinar nombresde varias de ellas o cambiar el orden en que figuran los candidatos).
La dificultad es que los remedios imaginables para resolver cada uno de esos problemas agravar¨ªan el otro o har¨ªan surgir nuevos: una mayor personalizaci¨®n del mandato implicar¨ªa optar por circunscripciones m¨¢s peque?as, con candidaturas uninominales, pero ello significar¨ªa aumentar la distorsi¨®n global voto-esca?o hasta el punto de llegar a falsear la voluntad popular; y una proporcionalidad m¨¢s estricta favorecer¨ªa la proliferaci¨®n de peque?os partidos, a los que los juegos de alianzas otorgar¨ªan una fuerza desproporcionada a su apoyo real, con. el riesgo de distorsionar en no menor medida esa misma voluntad popular.
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