Una obligacion razonable
Cada 10 a?os, la inmensa mayor¨ªa de los pa¨ªses del mundo procede a un rito estad¨ªstico, la elaboraci¨®n de unos censos de poblaci¨®n y viviendas, cuya tradici¨®n es muy antigua en Espa?a: el primer censo, el de Floridablanca, data de 1787. Las Naciones Unidas han elaborado una serie de recomendaciones para que los censos se efect¨²en todos los a?os terminados en uno e incluyan un conjunto de preguntas que faciliten la comparaci¨®n internacional de los datos demogr¨¢ficos, econ¨®micos y sociales. Aunque todos cumplen con los requisitos m¨ªnimos de las Naciones Unidas, la mayor¨ªa de los pa¨ªses ampl¨ªa los cuestionarios para adaptarlos a sus necesidades espec¨ªficas. Espa?a no es, ni mucho menos, el pa¨ªs que propone el cuestionarlo m¨¢s extenso. Un ejemplo de cuestionario complejo y detallado es el de Estados Unidos, en el que se incluyen preguntas sobre el nivel de ingresos, la raza, la confesi¨®n religiosa, etc¨¦tera.Para entender la utilidad de los censos es necesario comprender que la base del conocimiento en los campos de la demograf¨ªa y de la sociolog¨ªa, de la econom¨ªa, se encuentra en el concepto de agregaci¨®n. Para el dem¨®grafo o el soci¨®logo, s¨®lo adquiere sentido la acumulaci¨®n de un gran n¨²mero de datos individuales, clasificados en categor¨ªas que se derivan de un an¨¢lisis cient¨ªfico de la realidad social. As¨ª se estudiar¨¢ la movilidad, o la fecundidad, en funci¨®n del sexo, de la edad, de la relaci¨®n con la actividad, etc¨¦tera, porque esas caracter¨ªsticas intervienen en modelos causales de los fen¨®menos estudiados. El dato individual, por muy llamativo que sea, no tiene cabida en los planteamientos de los investigadores sociales. Adem¨¢s, los datos personales que se recogen en los censos son muy limitados, si se comparan con los obtenidos en la mayor¨ªa de las encuestas. Las preguntas propuestas son muy elementales y es trivial conocer las respuestas de una persona en particular, ¨¦stas s¨®lo adquieren alg¨²n valor cuando se agregan y, por tanto, desaparece toda referencia a los individuos concretos.
Necesidades actuales
Los an¨¢lisis demogr¨¢ficos y sociol¨®gicos que permiten los censos, adem¨¢s de su inter¨¦s cient¨ªfico, constituyen la base necesaria para descubrir las necesidades sociales actuales y para proyectar la poblaci¨®n futura como base de la planificaci¨®n de la sanidad, de la educaci¨®n, de la vivienda, etc¨¦tera. Es posible por ejemplo, mediante los estudios que se derivan de los censos, abordar problemas como el progresivo envejecimiento de la poblaci¨®n, que exigen actuaciones programadas con mucha antelaci¨®n, anticipando la demanda sanitaria y de servicios sociales de la tercera edad en las distintas regiones espa?olas. Tampoco podr¨ªa plantearse una pol¨ªtica eficaz de creaci¨®n de empleo sin el conocimiento de los desequilibrios que afectan al mercado de trabajo en funci¨®n de la estructura por edades, por sexo o por niveles de formaci¨®n. ?Y c¨®mo planificar adecuadamente la construcci¨®n de viviendas sin un conocimiento previo de la situaci¨®n del parque existente, de sus formas de tenencia y de las tendencias de los flujos migratorios en nuestro pa¨ªs? Estas acciones suponen unos beneficios muy tangibles para los ciudadanos porque permiten adecuar las pol¨ªticas sectoriales a las necesidades reales y evitan el despilfarro de recursos.
Se podr¨ªa argumentar que, aun admitiendo su utilidad social, la operaci¨®n censal representa un peligro para la intimidad de las personas porque sus datos pueden ser conocidos por terceros, u otras administraciones. Pero, en el caso del censo, la protecci¨®n de la intimidad de las personas est¨¢ debidamente garantizada por la Ley de la Funci¨®n Estad¨ªstica P¨²blica. La confusi¨®n es m¨¢s pintoresca cuando se acusa al censo, ya que son precisamente las estad¨ªsticas (y el censo como referencia y base de la mayor¨ªa de ellas) las que cuentan desde 1989 con una protecci¨®n jur¨ªdica completa.
El secreto estad¨ªstico, que la ley regula con todo detalle, constituye uno de los pilares del funcionamiento de los sistemas estad¨ªsticos en todos los pa¨ªses modernos porque impide a los organismos p¨²bl¨ªcos sometidos a su cumplimiento difundir datos personales a los particulares o a las otras administraciones y organismos p¨²blicos. Los ciudadanos pueden tener la seguridad de que sus respuestas a las preguntas censales s¨®lo van a ser utilizadas para fines estad¨ªsticos, contrapartida necesaria a la obligatoriedad de aportar los datos solicitados.
No hay que confundir los censos de poblaci¨®n y vivienda que elabora el INE con la renovaci¨®n de los padrones municipales de habitantes que realizan., tambi¨¦n en estas fechas, todos los municipios espa?oles. Mientras que los censos est¨¢n sometidos al secreto estad¨ªstico, el Padr¨®n Municipal de Habitantes es un documento p¨²blico. Por esta raz¨®n, las dos operaciones, que se realizan al mismo tiempo, no se realizan conjuntamente, aunque ello suponga una molestia adicional para los ciudadanos. Por esta raz¨®n tambi¨¦n, en el padr¨®n s¨®lo figuran los datos de identificaci¨®n personal que se recogen en los censos, para facilitar las labores de campo, no se graban, es decir, no se informatizan, ni se han grabado nunca antes de ahora. Ni los nombres, ni los apellidos, ni la direcci¨®n de los individuos van a figurar entre los datos informatizados de los censos, de manera que, aunque alg¨²n dato pueda ser confidencial, es imposible identificar a qu¨¦ persona se refiere. La ausencia de nombres y direcciones hace adem¨¢s imposible relacionar los datos personales del censo con los de otras fuentes informatizadas.
La obligaci¨®n que cada uno de nosotros tiene de aportar una informaci¨®n veraz, debidamente protegida por el secreto estad¨ªstico, constituye una peque?a, aunque importante, contribuci¨®n a la com¨²n tarea de que, nuestra sociedad funcione mejor.
es director del Instituto de Demograf¨ªa, CSIC. Luis Garrido Medina es profesor de Sociolog¨ªa de la UNED y director de la Fundaci¨®n IESA. Joaqu¨ªn Leguina Herr¨¢n es dem¨®grafo y presidente de la Comunidad de Madrid.
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