Seis divorciados, condenados a prisi¨®n en Canarias por no pagar la pensi¨®n econ¨®mica a sus hijos
Cuatro juzgados de lo Penal de Las Palmas de Gran Canaria han condenado a un mes y un d¨ªa de arresto mayor a seis divorciados por el incumplimiento reiterado del pago de las prestaciones econ¨®micas a sus ex esposas y a los hijos bajo la tutela de ¨¦stas. Es una de las primeras sentencias de este tipo tras la reforma del C¨®digo Penal de 1989.
Los c¨®nyuges morosos podr¨¢n ser penalizados con la c¨¢rcel, a partir de ahora, por lo que se considera un delito de abandono familiar. La Fiscal¨ªa General del Estado envi¨® recientemente una circular a todos los fiscales, con el fin de intensificar la persecuci¨®n de oficio de esta clase de impagos, como una medida eficaz para proteger a los menores.La actitud de la fiscal¨ªa ha sido celebrada en medios de la abogac¨ªa, ya que el nuevo art¨ªculo del C¨®digo Penal hab¨ªa suscitado controversias. Alicia Herrera Rivera, presidenta de la asociaci¨®n de mujeres juristas Themis, cuyas integrantes han presentado hasta ahora 230 querellas por abandono de familia, conf¨ªa en que la circular de la Fiscal¨ªa General sirva para desbloquear la tramitaci¨®n de dichas demandas en los juzgados.
"Muchos jueces archivan nuestras denuncias porque consideran que no hay delito o se declaran, simplemente, incompetentes", se?ala Herrera Rivera. La asociaci¨®n Themis celebrar¨¢ el pr¨®ximo octubre una asamblea nacional para valorar esta clase de acciones judiciales, que est¨¢n subvencionadas por el Instituto de la Mujer, del Ministerio de Asuntos Sociales. El fiscal Vicente Garrido, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, reconoce que las instrucciones dadas por el fiscal general, Leopoldo Torres, "han despejado cualquier laguna o dudas de interpretaci¨®n sobre el art¨ªculo 397 bis, que ha sido objeto de muchas divergencias".
Delito p¨²blico
La Fiscal¨ªa General ha sido contundente sobre el particular: "El que examinamos es un delito p¨²blico, por lo que ha de ser perseguido de oficio tanto por el juez que, a trav¨¦s del procedimiento a ¨¦l sometido, tenga conocimiento de los incumplimientos punibles como por el ministerio fiscal que llegue a igual noticia, en especial si existen menores o incapacitados afectados por tales incumplimientos", reza dicha circular. Vicente Garrido indic¨® que ¨¦l misrno ya ha puesto en marcha varios procedimientos por abandono familiar. Algunas de las sentencias dictadas por los juzgados de lo Penal n¨²meros 1, 2, 3 y 4 ya han sido declaradas firmes por la Audiencia Provincial.La abogada Rivera Herrera valora las sentencias de Canarias como uno de los primeros precedentes conocidos en que el abandono familiar, por impago de la prestaci¨®n asistencial, es calificado como un acto criminal. Aunque las penas impuestas por los juzgados de las islas (un mes y un d¨ªa de arresto mayor) no implican el ingreso en prisi¨®n de los maridos morosos, la letrada se da por satisfecha, ya que, seg¨²n indica, "se trata de sentencias conminatorias que s¨ª provocar¨ªan el internamiento de los condenados en caso de que ¨¦stos reincidieran". La presidenta de la asociaci¨®n Themis muestra adem¨¢s su optimismo por el hecho de que Leopoldo Torres haya alentado a los fiscales a vigilar el cumplimiento de las pensiones asistenciales que se impongan a uno de los c¨®nyuges a favor del otro y de sus hijos, como consecuencia de la resoluci¨®n judicial en un divorcio, separaci¨®n legal o declaraci¨®n de nulidad matrimonial.
Hasta ahora no era facil castigar penalmente a quienes estaban obligados por sentencia a abonar mensualmente estas pensiones y no lo hac¨ªan.
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